Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2010 (21/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2010

judicial correspondiente, conforme lo senalado en el tercer parrafo del articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a los anteriores titulares respecto a la embarcacion pesquera citada en el articulo 1º de la presente Resolucion, y excluirlos del listado de embarcaciones pesqueras publicado por Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.L. como la nueva titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "JOSE MORDAZA II" con matricula Nº PT-3937-CM, en el listado de embarcaciones pesqueras publicado por Resolucion Ministerial Nº 0852007-PRODUCE. Articulo 5º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 6º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca presentada por la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.L. armador de la embarcacion pesquera "JOSE MORDAZA V" con matricula Nº PT-11711-CM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 482991-8 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 133-2010-PRODUCE/DGEPP 4 de marzo del 2010 Visto el escrito de Registro Nº 00083632-2009 y Adjuntos 1 y 2 de fechas 23 de octubre, 17 de diciembre del 2009 y Registro Nº 00016667-2010 de fecha 24 de febrero del 2010, presentado por la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 140-95-PE/ DNE de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgo permiso de pesca, entre otros, a las empresas PEEA PESQUERA MORDAZA S.R.Ltda y PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., para operar las embarcaciones pesqueras "REGION CHAVIN I" de matricula CE-2465-PM y "REGION CHAVIN II" de matricula CE-0211-PM, de 350 TM de capacidad de bodega respectivamente, para la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm);

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 504-97-PE/ DNE de fecha 03 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca, entre otros, a la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "REGION CHAVIN IV" de matricula CE-11490-PM, de 279 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 163-98PE/DNE de fecha 22 de MORDAZA de 1998, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca a favor de la empresa PESQUERA HAMER S.A. para operar las embarcaciones pesqueras "REGION CHAVIN I" de matricula CE-2465-PM con 368.15 m3 de capacidad de bodega, "REGION CHAVIN II" de matricula CE-0211PM con 364.51 m3 de capacidad de bodega y "REGION CHAVIN IV" de matricula CE-11490-PM con 279.00 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que otorgado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 249-98-PE/ DNE de fecha 11 de agosto de 1998, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa PESQUERA HAMMER S.A. para operar la embarcaciones pesquera de bandera nacional denominada "MARIA I" de matricula CE-17380-PM de 370.00 m3 de capacidad de bodega, refrigerada con sistema RSW y 250 TM de carga MORDAZA de pescado, equipada con red de cerco de ½ pulgada (13 mm) como tamano minimo de malla para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina destinados al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 350-98PE/DNE de fecha 26 de noviembre de 1998, se rectifico la denominacion social del recurrente senalado en la Resolucion Directoral Nº 249-98-PE/DNE, entendiendose que el armador titular del permiso de pesca sera PESQUERA HAMER S.A.; Que, a la fecha las embarcaciones pesqueras "MARIA I" de matricula CE-17380-PM de 370.00 m3 de capacidad de bodega, "REGION CHAVIN I" de matricula CE-2465-PM de 368.15 m3 de capacidad de bodega, "REGION CHAVIN II" de matricula CE-0211PM de 364.51 m3 de capacidad de bodega y "REGION CHAVIN IV" de matricula CE-11490-PM de 279.00 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE; Que, mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C., solicito cambio de titular del permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras "REGION CHAVIN I" de matricula CE-2465-PM y "REGION CHAVIN II" de matricula CE-0211-PM, acreditando su derecho a las citadas embarcaciones a traves de los Certificados Compendioso de Dominio, expedido en la Oficina de Registral de Chimbote ­ MORDAZA Registral Nº VII ­ Sede Huaraz; asimismo, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras "MARIA I" de matricula CE-17380-PM y "REGION CHAVIN IV" de matricula CE-11490-PM acreditando su derecho en los contratos de Arrendamiento Financiero suscritos con el Banco Internacional del Peru ­ INTERBANK y Scotiabank Peru S.A.A. respectivamente, Entidades Financieras que autorizan al administrado solicitar el cambio de titular del permiso de pesca; Que, de la MORDAZA a los Certificados de Matricula de las embarcaciones pesqueras "MARIA I" de matricula CE-17380-PM, "REGION CHAVIN I" de matricula CE2465-PM y "REGION CHAVIN II" de matricula CE-0211PM, consignan las capacidades de bodega concordante con sus permisos de pesca; siendo que la embarcacion pesquera "REGION CHAVIN IV" de matricula CE-11490PM, consigna de capacidad de bodega 283.37 m3, encontrandose dentro de los margenes de tolerancia establecidos en el Decreto Supremo Nº 028-2003PRODUCE; Que, mediante Oficio Nº 796-2009-PRODUCE/ OGA/OEC, de fecha 26 de octubre de 2009, la Oficina de Ejecucion Coactiva informo que respecto a las embarcaciones pesqueras "MARIA I" de matricula CE17380-PM, "REGION CHAVIN I" de matricula CE-2465PM, "REGION CHAVIN II" de matricula CE-0211-PM y

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