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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (22/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de abril de 2010 417631 distribuido y de los ingresos que se obtendrá por el mismo, conforme al siguiente detalle: Primera.- En la Ordenanza Nº 1323, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 20 de diciembre del 2009 (Página Nº 408338) y en el Informe Técnico anexo, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano” el 31 de diciembre del 2009 (Página 410202), respecto a las fechas de vencimiento: DICE: DEBE DECIR: Primer trimestre 28 de febrero de 2010 Primer trimestre 28 de febrero de 2010 Primer trimestre 31 de mayo de 2010 Segundo trimestre 31 de mayo de 2010 Primer trimestre 31 de agosto de 2010 Tercer trimestre 31 de agosto de 2010 Primer trimestre 30 de noviembre de 2010 Cuarto trimestre 30 de noviembre de 2010 Segunda.- En el Informe Técnico anexo que sustenta la precitada Ordenanza, Página Nº 410203 del Diario Ofi cial El Peruano, publicado el 31 de diciembre del 2009, lo siguiente; DICE: ESTIMACIÓN DE INGRESOS SERVICIO DE SERENAZGO TIPO DE PREDIOS NÚMERO DE PREDIOS CONSIDERADOS COSTO 2010 S/. MONTO 2010 DISTRIBUIDO % RECAUDACIÓN INGRESO 2010 AFECTOS 2,537 57,065.90 57,065.90 100% 57,065.90 DEBE DECIR: ESTIMACIÓN DE INGRESOS SERVICIO DE SERENAZGO TIPO DE PREDIOS NÚMERO DE PREDIOS CONSIDERADOS COSTO 2010 S/. MONTO 2010 DISTRIBUIDO % RECAUDACIÓN INGRESO 2010 AFECTOS 2,537 230,157.36 230,157.36 100% 230,157.36 POR TANTO, Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 16 de marzo de 2010 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 483186-1 Ratifican la Ordenanza Nº 238-MDS, que fija monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2010 en el distrito de Surquillo ACUERDO DE CONCEJO Nº 150 Lima, 13 de abril de 2010 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de abril del 2010, el Informe Nº 004-181-00000137 del 24 de marzo del 2010 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria, emite opinión técnico y legal favorable con relación a la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº 238-MDS, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2010 en el Distrito de Surquillo. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, éstas deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción. Que asimismo, la Cuarta Disposición Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1ro. de enero de cada ejercicio (S/. 14.40). Que, en el caso de la Provincia de Lima, a través del Edicto Nº 227 se otorgó al Servicio de Administración Tributaria, la facultad de emitir opinión técnico legal acerca de las ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que sean sometidas a la ratifi cación del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima (inciso s) del artículo 6º). Que, mediante Ofi cio Nº 043-2010/ALC-MDS de fecha 30 de marzo del2010, la Municipalidad Distrital de Surquillo reingresó la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº 238- MDS, que derogó la Ordenanza Nº 236-MDS inicialmente enviada a ratifi car, a través de la cual establece los montos por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2010. Que, mediante Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo del 2004, la Municipalidad Metropolitana de Lima estableció un nuevo procedimiento para la ratifi cación de las Ordenanzas tributarias, cuya Sexta Disposición Final indica que sus disposiciones serán de aplicación para la tramitación de los procedimientos de ratifi cación de Ordenanzas tributarias distritales que aprueban derechos, por lo que corresponde que la presente solicitud sea tramitada según lo establecido en dicha Ordenanza. Que, el Servicio de Administración Tributaria ha procedido a la evaluación legal y técnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 607, emitiendo la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria, el Informe Técnico Legal Nº 004-181-00000140 de fecha 5 de abril del 2010, con opinión favorable, el mismo que concluye en lo siguiente: 1. La Ordenanza Nº 238-MDS, mediante la cual la Municipalidad Distrital de Surquillo establece los montos por concepto de derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2010, se encuentra conforme con las disposiciones sobre la materia recogidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, en donde se señala que la emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, debe alcanzar a un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio (S/. 14.40). 2. El monto por concepto del derecho de emisión mecanizada del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2010 exigible a los contribuyentes por el primer predio asciende a S/. 6.02; y por cada predio adicional un monto equivalente a S/. 0.73. Asimismo, se fi jó en S/. 0.44 el importe por concepto de emisión de arbitrios municipales; los cuales han sido determinados de acuerdo al costo efectivo de la prestación del servicio. 3. De la evaluación técnica efectuada se ha considerado que los costos establecidos en la Ordenanza Nº 238-MDS han sido determinados siguiendo los lineamientos de la Directiva Nº 001-006-00000001, cumpliendo por tal motivo con los requisitos técnicos requeridos para tal efecto. Asimismo, se ha verifi cado que los ingresos anuales estimados por el servicio de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales cubren el 99.98% y 99.92% de los costos respectivamente. 4. La procedencia de la aplicación de la Ordenanza Nº 238.MDS se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicación del texto íntegro de la citada norma, en especial de la última versión de sus Anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos, respectivamente.