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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (22/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de abril de 2010 417630 CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 37 de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, establece: “Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, el cual comprende: 1.- Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA (...)”; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es un documento de gestión que uniforma, reduce, simplifi ca y unifi ca la información relativa al trámite de la solicitud que el administrado presenta a la entidad en el ejercicio de su derecho de petición, es de carácter descriptivo e informativo que orienta a los agentes económicos y administrados en general sobre los procedimientos y servicios administrativos que realicen o presten los órganos de línea de la entidad, y en determinados casos los órganos de apoyo; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, se aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), asimismo la Resolución Ministerial Nº 139-2008-MEM/DM, aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas o del órgano competente para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas; Que, mediante Ofi cio Nº 019-2010-GGR-PR/GOB. REG.TACNA de fecha 18.Enero.2010, el señor Presidente Regional, Econ. Hugo Ordóñez Salazar, solicita al Consejo Regional, la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna; adjuntando el Informe Nº 001-2010-GGR-GOB.REG.TACNA de la Gerencia General Regional, el Ofi cio Nº 015-2010-SGPI- GRDE/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, el Informe Nº 240-2009-ORA- OECONT/GOB.REG.TACNA de la Ofi cina Ejecutiva de Contabilidad, el Informe Nº 455-2009-ORAJ/GOB.REG. TACNA de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 314-2009-SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de la Sub-Gerencia de Desarrollo Organizacional, el Ofi cio Nº 351-2009-OTA-DREM/GOB.REG.TACNA y el Ofi cio Nº 742-2009-DREMT-OTA/GOB.REG.TACNA de la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna; todos los documentos señalan que resulta técnica y legalmente viable la propuesta normativa; Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, luego de analizar y debatir el tema, emite el Dictamen Nº 004-2010-CR-COPPAT, el cual aprueba por unanimidad la propuesta normativa; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE ENERGÍA Y MINAS DE TACNA, el cual contiene cuarenta y nueve (49) Procedimientos; documento que adjunto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna, la implementación de la presente norma regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo el anexo se publicará en el portal electrónico de la institución, www.regiontacna.gob.pe, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día trece de abril del año dos mil diez. JAVIER TELLEZ MAITA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día quince de abril del año dos mil diez. HUGO ORDÓÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 483581-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Rectifican Ordenanza Nº 1323 e Informe Técnico referente a los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo en el Centro Poblado Santa María de Huachipa ORDENANZA Nº 1358 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de marzo del 2010, los Documentos Simples Nos. 15028- 10 y 23854-10, mediante los cuales la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa solicita rectifi cación de la Ordenanza Nº 1323, que “Establece la Vigencia de los Importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del año 2009, para el Ejercicio Fiscal 2010”, en su Jurisdicción, debido a errores materiales observados en los mismos; y De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 060-2010-MML-CMAEO; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE PRECISA LA ORDENANZA Nº 1323, PUBLICADA EL 20 DE DICIEMBRE DEL 2009, ASI COMO DEL INFORME TECNICO, PUBLICADO EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2009, QUE “ESTABLECE LA VIGENCIA DE LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO DEL AÑO 2009, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010, EN EL CENTRO POBLADO SANTA MARÍA DE HUACHIPA Artículo Único.- Precisar la Ordenanza Nº 1323 y el Informe Técnico emitido por el Servicio de Administración Tributaria, por el cual se “Establece la vigencia de los importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, del año 2009, para el Ejercicio Fiscal 2010, en el Centro Poblado Santa María de Huachipa, en la medida que se consignó por error en ambos, los datos relacionados a los trimestres de vencimiento del pago del tributo; y en el último citado, el monto del costo total del arbitrio de Serenazgo, del costo