Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2010 (22/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2010

5. Sin perjuicio de lo MORDAZA mencionado, en aplicacion del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades y lo establecido en las Sentencias recaidas en los Expedientes Nº 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, las Ordenanzas que aprueban tributos municipales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad; por lo que su aplicacion sin la publicacion del Acuerdo de Concejo Metropolitano o sin la ratificacion provincial correspondiente resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. 6. Cabe precisar que tambien es responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad la aplicacion estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza en ratificacion, cuya fiscalizacion se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. 7. El analisis tecnico legal realizado se baso en la documentacion presentada por la Municipalidad Distrital de Surquillo, teniendo dicha informacion el caracter de declaracion jurada segun lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2º de la Ordenanza Nº 607 que regula el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas distritales para la Provincia de Lima. 8. Finalmente, corresponde senalar que en la medida que la ordenanza en ratificacion se encuentra conforme con las disposiciones tecnicas y legales vigentes, el Servicio de Administracion Tributaria emite opinion tecnico legal favorable en este caso. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en su Dictamen Nº 095-2010-MML-CMAEO; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 238-MDS, que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2010 en el Distrito de Surquillo, dado que cumple con las disposiciones tecnicas y legales establecidas en el MORDAZA legal para su aprobacion y vigencia. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion y del Texto de la Ordenanza Nº 238-MDSD, asi como la MORDAZA version de los Anexos; que contiene los MORDAZA de estructura de costos y estimacion de ingresos respectivamente, por lo que su aplicacion sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PARA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

desempeno, de economia de recursos y de minimizacion de residuos e impactos ambientales, lo cual se traducira a su vez en un ahorro economico para el Estado, precisando que la Oficina General de Administracion o la que haga sus veces en cada entidad dispondra su implementacion; Que, la "Guia para la Implementacion de Buenas Practicas de Ecoeficiencia en Instituciones del Sector Publico", elaborada por el Ministerio del Ambiente ­ MINAM en su condicion de ente rector de la Politica Nacional Ambiental, expresa en el numeral 2.3 de su seccion relativa a Ecoeficiencia en Instituciones del Sector Publico, la necesidad de que al interior de cada Entidad se constituya un Comite de Ecoeficiencia, cuyas tareas principales se deberan focalizar en elaborar la linea base y el Plan de Ecoeficiencia, monitorear y asegurar su correcta ejecucion, asi como fomentar y estimular al personal para que adopte buenas practicas de ecoeficiencia; Que, en esta Guia se senala que el Comite de Ecoeficiencia deberia estar integrado por las siguientes areas: Oficina General de Administracion (Coordinador), Mantenimiento y Servicios Internos, Recursos Humanos o Area de Personal, Oficina de Planificacion, otros (Imagen Institucional); Que, la constitucion del indicado Comite permitira cumplir con lo dispuesto en el numeral 7.5 del articulo 7º de la Ley Nº 29289 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 017-2009, que establecio que las entidades publicas deberian adoptar, a traves de sus respectivas oficinas generales de administracion, medidas de ecoeficiencia, tales como el ahorro en el consumo de energia, agua y papel, asi como en los gastos de combustible de sus vehiculos, entre otras, debiendo ser aprobadas dentro del primer trimestre de cada ano y publicadas en el MORDAZA institucional de la entidad; Que, asimismo, la Decima Cuarta Disposicion Final de la Ley Nº 29465 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, obliga a continuar fortaleciendo las medidas de ecoeficiencia acotadas en el considerando anterior, las mismas que deben ser aprobadas dentro del primer trimestre del ano en curso y publicadas en el MORDAZA institucional de la entidad; Que, en tal sentido, resulta conveniente emitir el acto por el cual se constituya el Comite de Ecoeficiencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, acogiendo la propuesta planteada por la Gerencia de Administracion mediante el documento del visto; Conforme a lo senalado en los considerandos que anteceden, en ejercicio de la facultad otorgada en el inciso 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades y acorde con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM ­ Medidas de Ecoeficiencia para el Sector Publico y la "Guia para la Implementacion de Buenas Practicas de Ecoeficiencia en Instituciones del Sector Publico", elaborada por el Ministerio del Ambiente ­ MINAM; Que, por Informe Nº 171 ­ 2010 ­ MML / GAJ, de fecha 24 de marzo del 2010, la Gerencia de Asuntos Juridicos ha emitido la opinion legal correspondiente; Con el visto de la Gerencia Municipal Metropolitana, SE RESUELVE:

483318-1

Constituyen Comite de Ecoeficiencia de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 101
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 VISTO; el Oficio Nº 133-2010-MML-GA de fecha 29 de marzo de 2010, de la Gerencia de Administracion; CONSIDERANDO: Que, los articulos 2º, 3º y 7º del Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM, que aprobo las Medidas de Ecoeficiencia para el Sector Publico, preceptuan que dichas medidas son acciones de aplicacion obligatoria en todas las entidades del Sector Publico que permiten la mejora continua del servicio publico, a traves del uso de menos recursos, asi como la generacion de menos impactos negativos en el ambiente, siendo que el resultado de su implementacion debe reflejarse en los indicadores de

Articulo Primero.- Constituir el Comite de Ecoeficiencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, el cual estara conformado por los siguientes funcionarios: - El Subgerente de Servicios Generales o su representante, quien actuara como Coordinador. - El Subgerente de Personal o su representante. - El Subgerente de Planes y Programas Corporativo o su representante. - El Subgerente de Presupuesto o su representante. - El Subgerente de Logistica Corporativa o su representante. - El Subgerente de Prensa y Comunicaciones. - El Subgerente de Medio Ambiente. Articulo Segundo.- El Comite de Ecoeficiencia ejercera sus funciones de conformidad con lo previsto en la "Guia para la Implementacion de Buenas Practicas de Ecoeficiencia en Instituciones del Sector Publico", elaborada por el Ministerio del Ambiente ­ MINAM, y publicada en su MORDAZA web (www.minam.gob.pe), promoviendo la participacion de los organos desconcentrados, los organismos publicos descentralizados y empresas municipales.

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