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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de agosto de 2010 423112 BAJO, Provincia de Chupaca, Departamento de Junín, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES TECNICO PRODUCTIVAS PARA LA CRIANZA DE GANADO VACUNO EN LA COMUNIDAD CAMPESINA DE PUMPUNYA, DISTRITO DE CHONGOS BAJO, PROVINCIA CHUPACA - JUNIN” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 011/2010/MDCHB; Ofi cio Nº 054-A-MDSJJ-2010 suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE JARPA, Provincia de Chupaca, Departamento de Junín, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “OPTIMIZAR LA PRODUCCION AGROPECUARIA MEDIANTE LA MECANIZACION AGRICOLA EN LA COMUNIDAD DE MISQUIPATA, DISTRITO DE SAN JUAN DE JARPA – CHUPACA - JUNIN” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 036-A-MDSJJ-2010; Ofi cio Nº 069-2010-MDJ/A suscrito por la Alcaldesa de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JANJAILLO, Provincia de Jauja, Departamento de Junín, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES PRODUCTIVAS PARA LA PRODUCCION DE GANADO VACUNO DE DOBLE PROPOSITO EN EL DISTRITO DE JANJAILLO - PROVINCIA DE JAUJA - JUNIN” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 087-2010-MDJ/A; Ofi cio Nº 074-2010-MDH/A suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUERTAS, Provincia de Jauja, Departamento de Junín, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “FORTALECIMIENTO EN MECANIZACION AGRICOLA PARA ELEVAR EL DESARROLLO AGROPECUARIO EN LA COMUNIDAD CAMPESINA DE HUERTAS DISTRITO DE HUERTAS - JAUJA - JUNIN” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 064-2010-MDH/A; Ofi cio Nº 092-MDM-2010 suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MUQUI, Provincia de Jauja, Departamento de Junín, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION AGROPECURIA MEDIANTE LA MECANIZACION AGRICOLA EN LA LOCALIDAD DE MUQUI, DISTRITO DE MUQUI – JAUJA - JUNIN” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 045-MDM-2010; Ofi cio Nº 0046-2010-A/MDP suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMACANCHA, Provincia de Jauja, Departamento de Junín, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “MEJORAMIENTO GENETICO DE GANADO VACUNO PARA LA COMUNIDAD DE SANTO DOMINGO DE CACHI CACHI, PROVINCIA DE JAUJA - JUNIN” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 018-2010-A/MDP; Ofi cio Nº 087-2010- MDPH/A suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPA HERMOSA, Provincia de SATIPO, Departamento de JUNIN, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION GANADERA EN EL CC.PP. DE CALABAZA, DISTRITO DE PAMPA HERMOSA, PROVINCIA DE SATIPO - JUNIN” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 091-2010-MDPH/A; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 546-2009-PCM de fecha 30 de diciembre de 2009 se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2010 y los recursos que lo fi nancian de conformidad con la Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Que, la Ley Nº 28592, crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR y se aprueba su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2008-JUS, estableciendo los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, según los Memoranda de visto, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, comunica que los Gobiernos Locales detallados en el Cuadro Nº 01 de los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Junín han cumplido con el procedimiento establecido por la CMAN y que los Expedientes Técnicos para la ejecución de las intervenciones contempladas en el marco del Programa de Reparaciones Colectivas (PRC), cuentan con la correspondiente aprobación; por lo que solicitan la disponibilidad de recursos y la gestión de la Resolución Ministerial de transferencia fi nanciera a dichos gobiernos locales para lo cual remiten treinta y tres (33) proyectos de Convenios de Transferencia Financiera; Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias fi nancieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, y debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, conforme a la disponibilidad de recursos y deducciones del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, a la fecha existe crédito presupuestario disponible para la atención de las transferencias fi nancieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentación y normatividad vigente; Contando con el visado de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM y Decreto Supremo Nº 010-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales señalados en el Cuadro Nº 01, que forma parte de la presente Resolución, por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTINUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 299 000,00) en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, para la ejecución de las intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas, a partir de la suscripción de los Convenios de Transferencias Financieras entre la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución de las intervenciones detalladas en el Cuadro Nº 01, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, Función: 23 Protección Social; Programa: 051 Asistencia Social; Sub- Programa: 0005 Planeamiento Institucional; Actividad: 1.021325 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Componente: 3.121086 Perú Repara – Programa de Reparaciones Colectivas, Finalidad: Transferencia de Recursos a entidades y la disponibilidad de recursos autorizada. Artículo 3º.- La transferencia fi nanciera autorizada se efectuará conforme al Cronograma de Desembolsos, Términos y Obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de las intervenciones a que hace referencia el artículo 1º y que forma parte de la presente Resolución en Anexo “A”. Artículo 4º.- En el marco de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, los Gobiernos Locales citados en el Anexo “A” que cuenten con página web publicarán necesariamente en ella y aquellos Gobiernos Locales que no cuenten con página web, publicarán necesariamente en los diarios de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad el resultado de las acciones y detalle de gastos, dentro del cuarto trimestre del Año Fiscal 2010 de los recursos transferidos, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan.