Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2010 (03/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 3 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

423117

Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 525584-2

de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 525274-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 797-2010-DE/SG MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2010

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Brasil, MORDAZA y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 796-2010-DE/SG MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 805, de fecha 20 de MORDAZA de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA del "Acuerdo de Integracion Transfronterizo Brasil-Peru (TRAFLUAM)", personal de la MORDAZA de Brasil, realizara una visita para participar en la mision Tecnica del Subgrupo de Trabajo sobre Cooperacion en Materia de Transportes Fluviales en MORDAZA Amazonicos; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la MORDAZA de Brasil, del 31 de MORDAZA al 11 de agosto de 2010, para participar en la Mision Tecnica del Subgrupo de Trabajo sobre Cooperacion en Materia de Transportes Fluviales en MORDAZA Amazonicos, en el ambito del Acuerdo de Integracion Transfronteriza Brasil -Peru (TRAFLUAM):
1. CAPITAN DE NAVIO MORDAZA MORDAZA DE GAMA HERNRIQUE 2. CAPITAN DE FRAGATA TUXAUA QUINTELLA DE LINHARES 3. CAPITAN DE FRAGATA TELIO FERREIRA DA MORDAZA MORDAZA

CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 829 de fecha 27 de MORDAZA de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la "I Conferencia de Seguridad Sudamericana" llevada a cabo entre los paises de Sudamerica en la MORDAZA de Cartagena de Indias, se acordo realizar la "II Conferencia de Seguridad Sudamericana" en nuestro pais; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de los siguientes efectivos de la Armada de la Republica de MORDAZA, del 02 al 05 de agosto de 2010, para participar en la "II Conferencia de Seguridad Sudamericana":
1. GENERAL DE DIVISION MORDAZA LE DANTEC MORDAZA 2. COMANDANTE DE GRUPO MORDAZA PUELMA BRIONES

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 525274-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 798-2010-DE/SG MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 813 de fecha 20 de MORDAZA de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que

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