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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (03/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de agosto de 2010 423118 y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, dentro del programa de Intercambio de Expertos entre la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América (USAF) y Perú, se tiene programada una visita a la Fuerza Aérea del Perú para el desempeño correspondiente del mencionado programa de Intercambio; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, detallado a continuación, para efectuar un Intercambio de Expertos con personal de la Fuerza Aérea del Perú, del 12 al 30 de agosto de 2010: 1. TENIENTE CORONEL STUART MOORE 2. CAPITÁN TAYLOR JOHNSTON 3. CAPITÁN BRENDAN T. ALLAN Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 525274-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 799-2010-DE/SG Lima, 27 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 810 de fecha 20 de julio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, durante los meses de noviembre y diciembre se tiene programado la visita del Barco de Alta Velocidad (HSV2) “SWIFT” a nuestro país; Que, personal militar de los Estados Unidos de América, realizará un estudio de sitio en apoyo al Barco de Alta Velocidad (HSV2) “SWIFT en nuestro país; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, del siguiente personal militar sin armas de guerra de la Marina de los Estados Unidos de América, del 13 al 22 de agosto de 2010, para efectuar un estudio de sitio (PDSS) en apoyo al Barco de Alta Velocidad (HSV2) “SWIFT que visitará nuestro país en el transcurso del presente año: 1. CAPITAN DE CORBETA JOSE DE LA FUENTE 2. TENIENTE PRIMERO JASON SCHECHTER 3. TECNICO SUPERVISOR TIMOTHY MURPHY Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 525274-4 Modifican Estatuto de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército Sociedad Anónima Cerrada - FAME SAC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 803-2010-DE/SG Lima, 27 de julio de 2010 Visto; la solicitud del Gerente General de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejercito – FAME SAC, para la modifi cación y ampliación de su Estatuto, aprobado por Resolución Ministerial Nº259-2009-DE/SG, y rectifi cado por Resolución Ministerial Nº 611-2009-DE/SG. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29314 crea la empresa “Fabrica de Armas y Municiones del Ejército Sociedad Anónima Cerrada” -FAME SAC- bajo el ámbito del sector Defensa, de acuerdo a la Única Disposición Modifi catoria contenida en la citada Ley; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 29314 dispone que la FAME SAC, se rige por su Ley de creación y la Ley Nº 29075, Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencia y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, y supletoriamente por el Decreto Legislativo Nº 1031 que promueve la efi ciencia de la actividad empresarial del Estado, y la Ley General de Sociedades; Que, mediante Resolución Ministerial Nº259-2009-DE/ SG, rectifi cada mediante Resolución Ministerial Nº 611- 2009-DE/SG, se aprobó el Estatuto de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército SAC; Que, por Ley Nº 29411, se modifi can los artículos 2º y 6º y la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº29314, lo que hace necesaria la modifi cación de los Estatutos en concordancia con esta última norma;