Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2010 (03/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 3 de agosto de 2010

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Publicos, conformado por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, con Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobo el Reglamento del Regimen Laboral de los Gerentes Publicos, habiendose determinado su Politica Remunerativa a traves del Decreto Supremo Nº 1082009-EF; Que, mediante Oficio Nº 773-2009-J-OPE/INS de fecha 22 de junio del 2009, el Instituto Nacional de Salud solicito a la Autoridad Nacional del Servicio Civil la asignacion de un Gerente Publico para que desempene el cargo de Director Ejecutivo de Planificacion, Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Asesoria Tecnica; Que, como consecuencia del MORDAZA MORDAZA de Seleccion para la Incorporacion de profesionales al Cuerpo de Gerentes Publicos, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 078-2010-ANSC-PE la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ha incorporado al senor Jim MORDAZA MORDAZA MORDAZA al Cuerpo de Gerente Publico y mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 0512010-ANSC-PE se ha dispuesto que el citado Gerente, sea asignado al Instituto Nacional de Salud, al cargo de Director Ejecutivo de Planificacion, Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Asesoria Tecnica; Que, el cargo es considerado de confianza, sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el articulo 10º del Reglamento del Regimen Laboral de los Gerentes Publicos, creado por el Decreto Legislativo Nº 1024, la condicion de confianza del cargo se suspendera durante el periodo de asignacion del Gerente Publico; Que, el Gerente Publico es asignado a la entidad solicitante por el periodo de tres anos renovable, a pedido de esta; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se designe al senor Jim MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director Ejecutivo de Planificacion, Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Asesoria Tecnica del Instituto Nacional de Salud; Con el visto MORDAZA del Sub Jefe y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Instituto Nacional de Salud; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1024 que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; y en uso de las atribuciones establecidas en el articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir del 02 de agosto de 2010, al senor Jim MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Publico del Cuerpo de Gerentes Publicos, en el cargo de Director Ejecutivo Planificacion, Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Asesoria Tecnica del Instituto Nacional de Salud, por el periodo de 3 anos. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion al interesado, a la Oficina Ejecutiva de Personal y al Organo de Control Institucional, para los fines correspondientes. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Informacion y Sistemas, la actualizacion inmediata del Directorio Institucional que aparece en la pagina web, en atencion a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Jefe 525354-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican la Resolucion de Superintendencia Nº 021-2007/SUNAT que establece la prorroga automatica de los plazos de vencimiento por desastres naturales para regular los casos de nuevas declaratorias de estado de emergencia por el mismo desastre y respecto de zonas que hubieran sido materia de declaratorias de emergencia anteriores
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 220-2010/SUNAT MORDAZA, 2 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 29º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y en las normas que regulan los tributos que administra la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, la SUNAT aprueba mediante Resolucion de Superintendencia los cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias; Que asimismo, el ultimo parrafo del articulo 29º del TUO del Codigo Tributario indica que el plazo para el pago podra ser prorrogado con caracter general por la Administracion Tributaria; Que en base a las facultades MORDAZA citadas, el articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia Nº 021-2007/ SUNAT establece -para aquellos deudores tributarios que tengan su domicilio fiscal en una MORDAZA declarada en emergencia por desastre natural mediante Decreto Supremo- una prorroga automatica de las fechas de vencimiento de determinadas obligaciones tributarias; Que como fluye del considerando precedente, la aplicacion de la prorroga automatica del articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia MORDAZA citada opera cuando se declara el estado de emergencia por desastre natural de una determinada MORDAZA geografica; Que si bien el objetivo de la referida MORDAZA es brindar facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los sujetos afectados por un desastre natural ocurrido recientemente, se han venido presentando casos en que con posterioridad a una declaratoria de estado de emergencia se han expedido decretos supremos que han vuelto a declarar la misma MORDAZA en emergencia, por el mismo desastre natural acaecido tiempo atras, haciendose necesario modificar el articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia Nº 021-2007/SUNAT a efecto que la prorroga automatica de las fechas de vencimiento no se aplique en dicho supuesto; Que de otro lado, resulta conveniente ajustar el texto del articulo MORDAZA citado en vista que mediante Decreto Supremo Nº 167-2008-EF se dejo sin efecto la obligacion de realizar pagos a cuenta semanales del Impuesto Selectivo al Consumo; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 29º del TUO del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, el articulo 10º del Texto del MORDAZA Regimen Unico Simplificado aprobado por el Decreto Legislativo Nº 937 y modificatorias, el articulo 30º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo aprobado por el Decreto Supremo Nº 05599-EF y modificatorias, el articulo 79º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y modificatorias, el articulo 7º de la Ley Nº 28424 que crea el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) y el articulo 7 del Reglamento

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