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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de agosto de 2010 423326 - Sur: Colinda con terrenos de cultivo en línea de cuatro tramos con 323.00 ml., 250.00 ml., 228.00 ml., y 158.00 ml. - Este: Colinda con terrenos de cultivo en línea de tres tramos con 225.00 ml., 390.00 ml., y 160.00 ml. - Oeste: Colinda con la Carretera Panamericana Norte en línea de dos tramos con 579.00 ml. y 215.00 ml. Planeamiento Integral que comprende el diseño urbano, sus parámetros urbanísticos en términos de zonifi cación, usos y vías que deberán de garantizar su óptimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura conforme a los planos signados con los números PT-01, PV-01, PZ-01 y la memoria descriptiva correspondiente, que forman parte integrante de la presente ordenanza y que facilitaran la realización correcta de dichas actividades. Artículo 2º.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral defi ne los módulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas, jardines y bermas de estacionamiento, así como el Diseño Urbano para las futuras edifi caciones que considera la reserva de áreas con fi nes de recreación pública y otros usos; conforme a las normas vigentes, quedando las secciones de vías de acuerdo al plano Nº PV-01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- ESTABLECER que el planeamiento integral que se aprueba mediante la presente ordenanza tendrá una vigencia de 10 años de acuerdo al artículo 39 de la Norma GH.020 del Reglamento Nacional de Edifi caciones aprobada por Decreto Supremo Nº 011- 2006-VIVIENDA. Artículo 4º.- DISPONER que los interesados realicen la inscripción registral del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. Artículo 5º,- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Dirección de Desarrollo Urbano y Rural, para su conocimiento y fi nes. Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 526587-1 Modifican Ordenanza que aprobó el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados y el Cuadro de Infracciones y Sanciones en el distrito de Chancay ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2010-MDCH/A Chancay, 26 de julio del 2010. EL HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY POR CUANTO: VISTO; En Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha el proyecto de Ordenanza que actualiza el Reglamento del servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores y motorizados y no motorizados, así como el cuadro de infracciones y sanciones; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades tienen Autonomía Política Económica, Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 81º , inciso 3), párrafo 3.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Distritales otorgan licencias de circulación de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial; Que, mediante Ley Nº 27181 se promulgó la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre estableciendo los lineamientos generales económicos, organizacionales y reglamentarios del transporte y tránsito terrestre en todo el territorio de la República; Que, por Ley Nº 27189, se aprobó la Ley del servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos motorizados y no motorizados, con el objeto de reconocer y normar el carácter y la naturaleza del servicio del transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, mototaxis y similares, complementarios y auxiliares, como un medio de transporte vehicular terrestre; Que, a su vez mediante Decreto Supremo Nº 004-2000- MTC se aprobó el Reglamento General de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados, estableciéndose que la Municipalidad Distrital de la Jurisdicción donde se presta el servicio público de transporte especial de pasajeros de vehículos menores es la encargada de autorizar dicho servicio y aplicar las sanciones por infracción al referido reglamento y las disposiciones complementarias que dicten las Municipalidades ejerciendo su función reguladora de servicio especial; Que, la Municipalidad Distrital de Chancay mediante Ordenanza Nº 014-2004-MDCH, aprobó el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados y el Cuadro de Infracciones y Sanciones en el Distrito de Chancay; Que, la seguridad de los ciudadanos es uno de los principales objetivos de la actual Administración Municipal, siendo por lo tanto necesario dictar normas que garanticen el orden en la ciudad y permitan un mejor control y fi scalización del servicio de transporte público especial de pasajeros y de carga en vehículos menores, por lo cual resulta necesario dictar normas modifi catorias y reglamentarias en relación a la prestación de dicho servicio; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto mayoritario del pleno de Concejo y con la dispensa del trámite de lectura del acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA que modifi ca e incorpora diversos artículos a la ORDENANZA Nº 014-2004-MDCH y Reglamenta aspectos relacionados a ella, que consta de 8º artículos y 7 Disposiciones Finales y Transitorias, contenidas en el anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y de su Anexo en el Portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- Deróguese toda disposición que contravenga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 526590-1