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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (06/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de agosto de 2010 423319 dominio a favor del Estado Peruano del terreno descrito en el artículo primero. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los dos (02) días del mes de agosto del dos mil diez. Regístrese y comuníquese. BERLY JOSE GONZÁLES ARIAS Gerente General Regional 526379-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican derechos correspondientes a 36 procedimientos y servicios administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco ACUERDO DE CONCEJO Nº 296 Lima, 27 de julio de 2010 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de julio del 2010, el Informe Nº 004-181-00000160 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria, emite opinión técnica y legal con relación a la solicitud de ratificación de la Ordenanza Nº 363-MSS, que modifica la Ordenanza Nº 358-MSS, que aprobó y modificó los derechos de trámites de los procedimientos de las habilitaciones urbanas y edificaciones aprobados por la Ordenanza Nº 332-MSS y modifi catorias, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, éstas deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción. Que, en el caso de la Provincia de Lima, a través del Edicto Nº 227 se otorgó al Servicio de Administración Tributaria, la facultad de emitir opinión técnica acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que sean sometidas a la ratifi cación del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, en esa misma línea y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Metropolitana Nº 607, respecto a que las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de Lima deberán formular sus solicitudes de ratifi cación ante el Servicio de Administración Tributaria, dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 727, la cual precisa que la presentación de las solicitudes de ratifi cación de las Ordenanzas que aprueban derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) deberán de efectuarse hasta el último día hábil del mes de junio. Que en el presente caso, mediante Ofi cio Nº 358-2010- SG-MSS de fecha 23 de abril del 2010, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, solicitó la ratifi cación de la Ordenanza Nº 358-MSS, a través del cual modifi ca los derechos de trámite de los procedimientos de habilitaciones urbanas y edifi caciones aprobados por la Ordenanza Nº 332- MSS y modifi catorias, contenidos en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional, siendo ésta materia de observaciones técnicas y legales detectadas por el Servicio de Administración Tributaria mediante Ofi cio Nº 004-090-00006505 de fecha 27 de mayo del 2010; por lo que mediante Ofi cio Nº 665-2010-SG-MSS de fecha 23 de junio del 2010, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco procede al envío de la Ordenanza Nº 363-MSS, que modifi ca la Ordenanza Nº 358-MSS, así como información sustentatoria correspondiente. Que, cabe señalar que dicha solicitud ha sido tramitada y evaluada según la Ordenanza Nº 607, de acuerdo con lo establecido en su Sexta Disposición Final, en la que se dispone su aplicación respecto de las solicitudes de ratifi cación de Ordenanzas que aprueben derechos administrativos ingresadas a partir del 1ro. de julio de 2004, así como, de conformidad con los lineamientos de la Directiva Nº 001-006-00000001; en atención a lo preceptuado en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, en cuya Primera Disposición Transitoria se dispuso que en tanto se implemente la nueva metodología de costos en todas las entidades de la Administración Pública, éstas podrán aprobar, modifi car o ratifi car sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos utilizando las pautas metodológicas contenidas en la Directiva Nº 001- 95-INAP/DTSA (referida en el Decreto Supremo Nº 079- 2007-PCM), para efectos de sustentar técnicamente los Procedimientos Administrativos de sus TUPA, siempre que ésta haya sido expedida con anterioridad a la publicación del citado Decreto Supremo. Que, el Servicio de Administración Tributaria ha procedido a la evaluación legal y técnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones de la Ordenanza Nº 607, la Directiva Nº 001-006-00000001, a través de las cuales se estableció el procedimiento para la ratifi cación de las Ordenanzas tributarias por las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de Lima, así como las normas legales vigentes a efectos de determinar la legalidad y racionalidad del establecimiento de los derechos de trámite correspondiente a cada procedimiento establecido, respectivamente, emitiendo en este caso la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria, el Informe Técnico Legal Nº 004-181-00000160 de fecha 13 de julio del 2010, el mismo que concluye en lo siguiente: 1. Los 46 derechos correspondientes a un total de 36 procedimientos y servicios administrativos de habilitaciones urbanas y edifi caciones, que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenidos en la Ordenanza Nº 363-MSS y modifi catorias, que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del Informe Nº 004-181- 00000160, han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simplifi cación administrativa. 2. En atención a que en la Ordenanza Nº 363-MSS y modifi catorias, se ha establecidos el derecho de trámite de un procedimiento cuyo costo ha sido observado, la opinión favorable no alcanza al derecho de trámite establecido respecto al procedimiento siguiente: • Procedimientos 09.17.01 denominado “Licencia de edifi cación – modalidad D, con evaluación por comisión técnica” de la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas. 3. De la evaluación técnica efectuada se concluye que los ingresos que la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco piensa percibir, producto de aplicación de derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos listado en el anexo 1, fi nanciarán el 99.95% de los costos por la prestación de los mismos, la diferencia de los costos deberá ser cubierta por la Municipalidad Distrital. Costo Proyectado (S/.) Ingreso Proyectado (S/.) Procedimientos y servicios administrativos: 36 Derechos: 46 1,771,909.30 1,770,981.00 Total 1,771.909.30 1,770.981.00 Fuente: Expediente Ordenanzas Nºs. 363 y 358-MSS Elaboración: SAT - Gerencia de Asuntos Legales