Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2010 (07/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, con Resolucion Suprema N° 068-2007-IN/PNP de 11 de octubre de 2007, se autorizo al administrado el viaje al extranjero para recibir tratamiento medico especializado de oftalmologia, en el Instituto de Cornea Ltda. de Bogota-Colombia, por un periodo de cuarenta y cinco (45) dias, siendo necesario autorizar mediante Resolucion Suprema N° 086-2009-IN del 22 de diciembre de 2009, la ampliacion de permanencia en el extranjero, para continuar con el tratamiento medico especializado de oftalmologia, por un tiempo de ocho (08) dias, con efectividad a partir del 21 de MORDAZA de 2008 al 28 de MORDAZA de 2008; Que, de acuerdo a lo informado por la Direccion de Salud de la Policia Nacional del Peru, mediante las Actas de Junta Medica N° 941-2008-DIRSAL-PNP-DIREJOSS. HN.LNS.PNP.DIV.CIR.DEP.OFT del 17 de noviembre de 2008 y de la Junta Medica Intersanidades N° 04-2008DIRSAL-PNP/DIREJOSS.HN.LNS.DIVCIR.DEP.OFT del 3 de diciembre de 2008, se acordo que el Suboficial de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, requiere continuar con su tratamiento medico especializado de oftalmologia, en el Instituto de Cornea Ltda. de BogotaColombia, para el "trasplante de cornea ojo derecho", por padecer de "descompensacion corneal ojo derecho", por un periodo de cuarenta y cinco (45) dias, debiendo ser acompanado de un familiar directo; Que, el citado Instituto de Cornea Ltda. de BogotaColombia, senala que el Suboficial de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debe permanecer cuarenta y cinco (45) dias, en la MORDAZA de Bogota-Colombia, cuyo costo de su tratamiento medico especializado de oftalmologia, en dicho instituto asciende a la cantidad de Tres Mil Seiscientos con 00/100 Dolares Americanos (US$ 3,600.00); Que mediante Devolucion N° 046-2009-SD-FOSPOLI del 24 de febrero de 2009, el Secretario del Directorio del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, informa que en la Sesion Ordinaria N° 11 del 24 de febrero de 2009, se acordo autorizar a la Gerencia General del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, para que realice la transferencia economica por el importe de Tres Mil Seiscientos con 00/100 Dolares Americanos (US$ 3,600.00) al Instituto de Cornea Ltda. de BogotaColombia, para el tratamiento medico especializado de oftalmologia del Suboficial de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de "trasplante de cornea ojo derecho", asimismo financiara el gasto por concepto de pasaje por cada persona la cantidad de Novecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Dolares Americanos (US$ 964.00) y Treinta con 02/100 Dolares Americanos (US$ 30.02) por concepto de Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto para el MORDAZA y su acompanante; Que, mediante Oficio N° 136-2009-DIRGEN-PNP/GG. FOSPOLI-DTE. del 19 de marzo de 2009, el Gerente General del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, solicita la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el viaje al extranjero del Suboficial de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para recibir tratamiento medico especializado de oftalmologia de "trasplante de cornea ojo derecho", por un periodo de cuarenta y cinco (45) dias, en el Instituto de Cornea Ltda. de BogotaColombia; asimismo, informa que el Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru realizara la transferencia de Tres Mil Seiscientos con 00/100 Dolares Americanos (US$ 3,600.00) al mencionado nosocomio y sufragara el gasto por concepto de pasaje por cada persona la cantidad de Novecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Dolares Americanos (US$ 964.00) y Treinta con 02/100 Dolares Americanos (US$ 30.02) por concepto de Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto para el mencionado Suboficial de la Policia Nacional del Peru y su acompanante; Que, mediante el Informe N° 41-2010-DIRECFINPNP-DIVADyB-DEPADM.SV del 16 marzo de 2010, se establece que la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, abonara el concepto de remuneracion por tratamiento medico especializado de oftalmologia en el extranjero, ascendente a la suma de Tres Mil Doscientos Noventa y Nueve con 85/100 Dolares Americanos (US$ 3,299.85), monto que se encuentra presupuestado de conformidad a la Certificacion de

Credito Presupuestario N° 291-2010-DIRECFIN-PNPDIVPRE del 16 de MORDAZA de 2010; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN del 11 de marzo de 2009, hace extensivo al personal policial y civil de la Policia Nacional del Peru, los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modificado por el Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004, el Decreto Supremo N° 0282006-DE-SG del 13 de diciembre de 2006 y el Decreto Supremo N° 004-2009-DE/SG del 3 de febrero de 2009, que aprueba el "Reglamento de viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa", en el cual se establece que el Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas, tiene derecho a recibir tratamiento medico especializado en el extranjero cuando no MORDAZA logrado su total recuperacion en el pais; Que, de acuerdo a los dispositivos legales MORDAZA mencionados y teniendo en cuenta la importancia del viaje al extranjero del Suboficial de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para recibir tratamiento medico especializado de oftalmologia, en el Instituto de Cornea Ltda. de Bogota-Colombia, se encuentra presupuestada, resulta viable la autorizacion correspondiente; y, De conformidad con la Ley N° 29465 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, Ley N° 27238 ­ Ley de la Policia Nacional del Peru, Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29334, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005-IN, modificado por Decreto Supremo N° 003-2007-IN y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, aprobado por Resolucion Ministerial N° 024-2009-IN/PNP del 16 de enero de 2009. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, el viaje al extranjero, del Suboficial de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en compania de un familiar directo, para ser sometido a tratamiento medico especializado de oftalmologia, en el Instituto de Cornea Ltda. de Bogota-Colombia, por un periodo de cuarenta y cinco (45) dias, a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion. Articulo 2°.- La Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, abonara al Suboficial de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la cantidad de tres mil doscientos noventa y nueve con 85/100 Dolares Americanos (US$ 3,299.85), por concepto de remuneracion por tratamiento medico en el extranjero. Articulo 3°.- El Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru cubrira los gastos que demande el tratamiento medico especializado de oftalmologia del Suboficial de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el Instituto de Cornea Ltda. de Bogota-Colombia; ascendente a la cantidad de Tres Mil Seiscientos con 00/100 Dolares Americanos (US$ 3,600.00) y sufragara el gasto por concepto de pasaje la cantidad de Novecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Dolares Americanos (US$ 964.00) y treinta con 02/100 Dolares Americanos (US$ 30.02), por concepto de impuesto a la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial para el MORDAZA y Novecientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Dolares Americanos (US$ 964.00), por concepto de pasaje y Treinta con 02/100 Dolares Americanos (US$ 30.02), por concepto de Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto para el acompanante. Articulo 4°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial autorizado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 5°.- Dentro de los siete (07) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial autorizado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, al Presidente de la Republica a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros.

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