Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2010 (07/08/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

423411

Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 220 91.9 236 95.1 248 97.5 260 99.9 272 102.3 296 107.1 Total de MORDAZA : 6 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera de 0.1 KW. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 525116-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban criterios para la aplicacion de la sancion prevista en el Rubro 13 de la escala de multas y sanciones por infracciones generales correspondientes a la actividad minera, aprobada por Res. N° 185-2008-OS/CD
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 527 MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Memorando GFM-498-2010 de la Gerencia de Fiscalizacion Minera, por el cual remite el Proyecto que aprueba los criterios de gradualidad para la aplicacion de la sancion por incumplimiento de recomendaciones, prevista en la Resolucion de Consejo Directivo N° 2572009-OS/CD; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley Nº 27699, establece que el Consejo Directivo de OSINERGMIN se encuentra facultado a tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, asi como a graduar las sanciones y aprobar la escala de multas y sanciones; Que, conforme a lo establecido por el articulo 13º de la Ley que Transfiere Competencias de Supervision y Fiscalizacion de las Actividades Mineras al OSINERG, Ley Nº 28964, para fines de la supervision y fiscalizacion de la actividad minera, el Consejo Directivo de OSINERGMIN esta facultado para aprobar la escala de multas y sanciones;

Que, por Resolucion del Consejo Directivo Nº 2332009-OS/CD, se aprobo el Reglamento del procedimiento administrativo sancionador de OSINERGMIN y conforme al articulo 13º de dicha Resolucion se aprueban criterios de gradualidad para los casos en que corresponda graduar la sancion, por haberse establecido un rango en la tipificacion de infracciones y escala de multas y sanciones; Que, por Resolucion de Consejo Directivo Nº 185-2008-OS/CD, publicada el 7 de marzo de 2008, se aprobo la Tipificacion de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aplicable para la supervision y fiscalizacion de la actividad minera; Que, por Resolucion de Consejo Directivo N° 2572009-OS/CD, publicada el 19 de diciembre de 2009, se modifico la Resolucion de Consejo Directivo N° 1852008-OS/CD, y se incorporo el Rubro 13, referido a la infraccion por incumplimiento de las recomendaciones en la forma, modo y/o plazo establecido por los supervisores; Que, resulta necesario aprobar los criterios de gradualidad para la aplicacion de sanciones de multa por el incumplimiento de las recomendaciones en la forma, modo y/o plazo efectuadas en ejercicio de la funcion supervisora de OSINERGMIN; De conformidad con lo establecido en la Ley de Creacion de OSINERGMIN, Ley Nº 26734; Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332; Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley Nº 27699; Ley que transfiere las competencias en materia de supervision y fiscalizacion de las actividades mineras, Ley Nº 28964; Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de OSINERGMIN, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 233-2009-OS/CD; y la Resolucion del Consejo Directivo Nº 185-2008-OS/CD; Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y la Oficina de Estudios Economicos. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los criterios que se tomaran en cuenta para la aplicacion de la sancion prevista en el Rubro 13 de la escala de multas y sanciones por infracciones generales correspondientes a la actividad minera, aprobada por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 185-2008-OS/CD, que en anexo adjunto forma parte integrante de esta Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion sera publicada en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA electronico institucional de OSINERGMIN. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General ANEXO CRITERIOS ESPECIFICOS QUE SE DEBERAN TOMAR EN CUENTA PARA LA APLICACION DE LA ESCALA DE MULTAS APROBADAS POR LA RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 185-2008-OS/CD
Rubro de la Tipificacion de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones

Sancion por Ocurrencia Infraccion 1º vez Incumplir las recomendaciones en la forma, modo y/o plazo establecido por los supervisores 2º vez 3º vez 4º vez en adelante

13

2 UIT

4UIT

6UIT

8UIT

Nota: Para determinar la sancion se verificara el incumplimiento respecto de la misma recomendacion. 527492-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.