Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2010 (23/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional y dictaminado por la Comision Ordinaria de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional, es procedente su aprobacion mediante la MORDAZA regional correspondiente. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 014, mediante Acuerdo Nº 126-2010 de fecha 22 de MORDAZA del 2010, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º y Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Se emite la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Direccion Regional de Salud Amazonas, el mismo que forma parte del MORDAZA del Gobierno Regional Amazonas, que en 209 folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y su inclusion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas. En Chachapoyas, a los 5 dias del mes de agosto del 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado Gobierno Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 10 dias del mes de agosto del 2010. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas 533391-1

Aprueban el MORDAZA del Hospital Regional Virgen de MORDAZA de Chachapoyas
ORDENANZA REGIONAL N° 267 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias; en Sesion Ordinaria de fecha 22 de MORDAZA del 2010, ha emitido por unanimidad la presente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, es atribucion del Consejo Regional regular la organizacion del Gobierno Regional, a traves de mecanismos establecidos, de conformidad a lo previsto en el Art. 15°, Inc. "a" de la Ley N° 27867 que senala: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional", concordante con el Art. 38º del mismo cuerpo normativo, que senala: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su

competencia", ademas agrega: que son aprobados por el Consejo Regional y promulgados por la Presidencia Regional; en consecuencia es atribucion del Consejo Regional aprobar los documentos de gestion de las entidades o Sectores que forman parte del Gobierno Regional Amazonas; Que, el Hospital Regional Virgen de MORDAZA de la MORDAZA de Chachapoyas, ha presentado al Gobierno Regional su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) reformulado, para su aprobacion, el mismo que siendo evaluado se ha determinado que su modificacion se sustenta en la necesidad de actualizar los Procedimientos Administrativos acorde a las normas vigentes que regulan su finalidad, en este caso el D.S. Nº 079-2007-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboracion del MORDAZA y Disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobado mediante la Ley Nº 29060, asi como del D.S. Nº 062-2009-PCM, que aprueba los formatos para su uso en la reformulacion del TUPA; del mismo modo actualiza sus procedimientos administrativos de acuerdo a los servicios de atencion que presta el Hospital su categoria de Hospital Regional; Que, considerando que el indicado documento de gestion cumple con los requisitos que exigen las normas y su formulacion ademas se encuadra dentro de las disposiciones establecidos en los Arts. 36º, 37º y 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; constituyendose en un instrumento legal que establece el regimen juridico aplicable a la proteccion del interes general, garantizando los derechos de los administrados, con sujecion al ordenamiento constitucional; conforme a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica del Hospital Regional Virgen de MORDAZA, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informatica de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional y dictaminado por la Comision Ordinaria de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional, es procedente su aprobacion mediante la MORDAZA regional correspondiente. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional N° 014, mediante Acuerdo N° 127-2010 de fecha 22 de MORDAZA del 2010, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° y Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Se emite la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Hospital Regional Virgen de MORDAZA de Chachapoyas, el mismo que forma parte del MORDAZA del Gobierno Regioinal Amazonas, que en 31 folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y su inclusion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas. En Chachapoyas, a los 05 dias del mes de agosto del 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado Gobierno Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 10 dias del mes de agosto del 2010. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas 533390-1

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