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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (23/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 23 de agosto de 2010 424301 de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional y dictaminado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional, es procedente su aprobación mediante la norma regional correspondiente. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 014, mediante Acuerdo Nº 126-2010 de fecha 22 de Julio del 2010, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º y Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modifi catoria Nº 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se emite la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Salud Amazonas, el mismo que forma parte del TUPA del Gobierno Regional Amazonas, que en 209 folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y su inclusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. En Chachapoyas, a los 5 días del mes de agosto del 2010. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado Gobierno Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 10 días del mes de agosto del 2010. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente del Gobierno Regional Amazonas 533391-1 Aprueban el TUPA del Hospital Regional Virgen de Fátima de Chachapoyas ORDENANZA REGIONAL N° 267 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de la Región Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Julio del 2010, ha emitido por unanimidad la presente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, es atribución del Consejo Regional regular la organización del Gobierno Regional, a través de mecanismos establecidos, de conformidad a lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867 que señala: “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”, concordante con el Art. 38º del mismo cuerpo normativo, que señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”, además agrega: que son aprobados por el Consejo Regional y promulgados por la Presidencia Regional; en consecuencia es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión de las entidades o Sectores que forman parte del Gobierno Regional Amazonas; Que, el Hospital Regional Virgen de Fátima de la ciudad de Chachapoyas, ha presentado al Gobierno Regional su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) reformulado, para su aprobación, el mismo que siendo evaluado se ha determinado que su modifi cación se sustenta en la necesidad de actualizar los Procedimientos Administrativos acorde a las normas vigentes que regulan su fi nalidad, en este caso el D.S. Nº 079-2007-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración del TUPA y Disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobado mediante la Ley Nº 29060, así como del D.S. Nº 062-2009-PCM, que aprueba los formatos para su uso en la reformulación del TUPA; del mismo modo actualiza sus procedimientos administrativos de acuerdo a los servicios de atención que presta el Hospital su categoría de Hospital Regional; Que, considerando que el indicado documento de gestión cumple con los requisitos que exigen las normas y su formulación además se encuadra dentro de las disposiciones establecidos en los Arts. 36º, 37º y 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; constituyéndose en un instrumento legal que establece el régimen jurídico aplicable a la protección del interés general, garantizando los derechos de los administrados, con sujeción al ordenamiento constitucional; conforme a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Hospital Regional Virgen de Fátima, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional y dictaminado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional, es procedente su aprobación mediante la norma regional correspondiente. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 014, mediante Acuerdo N° 127-2010 de fecha 22 de Julio del 2010, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° y Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modifi catoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se emite la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Hospital Regional Virgen de Fátima de Chachapoyas, el mismo que forma parte del TUPA del Gobierno Regioinal Amazonas, que en 31 folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y su inclusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. En Chachapoyas, a los 05 días del mes de agosto del 2010. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado Gobierno Regional de Amazonas POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 10 días del mes de agosto del 2010. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente del Gobierno Regional Amazonas 533390-1