Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2010 (23/08/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

424291

Articulo 3°.- Declarar que los demas extremos de las Resoluciones Ministeriales N° 541-2009/MINSA y N° 4132010/MINSA, mantienen su plena validez. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 533901-5

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Aprueban la Directiva N° 001-2010SERVIR/GDCR "Directiva que regula el desarrollo de los diagnosticos de conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas Administrativos del Estado"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 58-2010-SERVIR/PE MORDAZA, 20 de agosto de 2010 Visto, el Informe Nº 003-2010-SERVIR/GDCR de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del articulo 10 del Decreto Legislativo N° 1023, es funcion, entre otras, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, planificar y formular las politicas nacionales en temas de capacitacion y evaluacion; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1025 se aprueban las normas de capacitacion y rendimiento para el sector publico con la finalidad de regular la capacitacion y evaluacion de las personas al servicio del Estado, correspondiendole a SERVIR la funcion de planificar, desarrollar, asi como gestionar y evaluar la politica de capacitacion para el sector publico; Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 055-2009-ANSC-PE se aprobo la Directiva N° 0012009-ANSC/GDCR "Directiva para la elaboracion del diagnostico de conocimiento de las personas del Sistema Nacional de Inversion Publica; cuya finalidad era medir los conocimientos y necesidades de capacitacion de las personas al servicio del Estado que se encuentren desempenando funciones directamente relacionadas con el Sistema Nacional de Inversion Publica - SNIP, con el fin de recolectar informacion util para un diseno eficiente de capacitacion respecto de este Sistema Administrativo; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento, organo encargado de implementar politicas de desarrollo de capacidades, y evaluacion de desempeno en el MORDAZA de la gestion del rendimiento, a traves del desarrollo de procesos, instrumentos, metodologias, lineamientos, entre otros; ha propuesto, luego de analizada la informacion obtenida de la aplicacion de la Directiva N° 001-2009ANSC/GDCR y conforme a la planificacion realizada; que el MORDAZA de implementacion de politicas de evaluacion e identificacion de necesidades de capacitacion se realice de manera progresiva, partiendo de la evaluacion de competencias y especificamente del Diagnostico de Conocimientos de los operadores de los Sistemas

Administrativos del Estado en los diferentes niveles de gobierno; Que, la propuesta de la mencionada Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento, se encuentra contendida en la "Directiva que regula el desarrollo de los diagnosticos de conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas Administrativos del Estado; Que, el Consejo Directivo en la sesion del 20 de agosto de 2010 aprobo la propuesta presentada por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento, encargando a la Presidenta Ejecutiva emitir la Resolucion respectiva; Con la visacion de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion de la Directiva Aprobar la Directiva N° 001-2010-SERVIR/GDCR "Directiva que regula el desarrollo de los diagnosticos de conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas Administrativos del Estado". Articulo 2°.- Finalidad Medir las brechas de conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas Administrativos del Estado, con el fin de adecuar las estrategias de capacitacion a las necesidades que se identifiquen; y de esa forma, contribuir a la mejora continua de la administracion publica a traves del fortalecimiento del Servicio Civil. Articulo 3°.- Base Legal 3.1 Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo. 3.2 Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como Organismo Tecnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos. 3.3 Decreto Legislativo Nº 1025, que aprueba normas de capacitacion y rendimiento para el Sector Publico. 3.4 Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. 3.5 Decreto Supremo Nº 009-2010-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025. Articulo 4°.- Alcance La presente Directiva es de aplicacion y cumplimiento por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en adelante SERVIR, en su calidad de organo rector del Sistema Administrativo de la Gestion de los Recursos Humanos del Estado; asi como por los entes rectores de los Sistemas Administrativos del Estado. Asimismo, es de aplicacion y cumplimiento por las entidades publicas que conforman los Sistemas Administrativos y sus respectivas Oficinas de Recursos Humanos; asi como por las personas al servicio del Estado de dichas entidades en los diferentes niveles de gobierno. Articulo 5°.- Definiciones Para efectos de la presente Directiva, se consideran las siguientes definiciones: Brecha de conocimientos: Diferencia entre las exigencias del puesto y/o desempeno esperado contra los conocimientos actuales del ocupante del puesto. Centros: Universidades, institutos y cualquier otra institucion publica o privada con sede en el territorio nacional que brinden capacitacion profesional y/o tecnica, y que se encuentren habilitadas para emitir las certificaciones correspondientes.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.