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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (25/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de agosto de 2010 424336 Disponen publicar relación de ganadores del Segundo Concurso de Recursos No Reembolsables para Planes de Negocios Agrícolas, Pecuarios y Agroindustriales en el Portal del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0540-2010-AG Lima, 24 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2009-AG, se aprobó el Reglamento de Fondos Concursables del Ministerio de Agricultura, el cual establece los procedimientos generales para otorgar fi nanciamiento no reembolsable a través de mecanismos concursables, a organizaciones de pequeños y medianos productores agrarios, que promuevan planes de negocios debidamente sustentados; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 12º del referido Reglamento, mediante Resolución Ministerial Nº 0699-2009-AG, modificado por Resolución Ministerial Nº 089-2010-AG, se aprobaron las Bases del Concurso de Recursos No Reembolsables para Planes de Negocios Agropecuarios, y sus Anexos; Que, por Resolución Ministerial Nº 0906-2009-AG, se conformó la Comisión de Evaluación encargada de seleccionar los Planes de Negocios que presenten las organizaciones de productores en el marco de los Fondos Concursables del Ministerio de Agricultura; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 279-2010- AG, se convocó al Segundo Concurso de Recursos No Reembolsables, disponiendo además, modifi car las Bases del Concurso aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 699-2009-AG; Que, la Comisión Evaluadora ha concluido con el proceso de selección y evaluación del Segundo Concurso de Recursos No Reembolsables para Planes de Negocios Agrícolas, Pecuarios y Agroindustriales, según Acta de fecha 13 de agosto de 2010, la cual contiene los resultados de la evaluación de los Planes de Negocio; Que, la Dirección General de Competitividad Agraria mediante Ofi cio Nº 1990-2010-AG-DGCA/DCSA, ha alcanzado el Informe Técnico Nº 014-2010-DGCA/ DCSA/ASN, otorgando su conformidad al proceso de evaluación; Que, en ese sentido y de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 19º del Reglamento de los Fondos Concursables, corresponde publicar en el Portal Electrónico del Ministerio de Agricultura la relación de las organizaciones benefi ciarias del fi nanciamiento estatal; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Agricultura, y el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar en el Portal del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe) la relación de ganadores del Segundo Concurso de Recursos No Reembolsables para Planes de Negocios Agrícolas, Pecuarios y Agroindustriales, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Competitividad Agraria el proceso de negociación y suscripción de contratos con los ganadores del Segundo Concurso de Recursos No Reembolsables para Planes de Negocios Agrícolas, Pecuarios y Agroindustriales. Artículo 3º.- El plazo de negociación entre la Dirección General de Competividad Agraria y los ganadores del Segundo Concurso, para la suscripción del contrato será de treinta (30) días de publicada la presente Resolución. Artículo 4º.- La suscripción de los contratos se hará en un plazo máximo de diez (10) días contados a partir del día siguiente de concluida la etapa de negociación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 534873-2 Prorrogan plazo de proceso de implementación de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI) RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 536-2010-ANA Lima, 24 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997 se crea la Autoridad Nacional del Agua como órgano público adscrito al Ministerio de Agricultura, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, según el artículo 17º y 23º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua cuenta con Autoridades Administrativas del Agua como órganos desconcentrados, a través de los cuáles ejerce presencia a nivel nacional; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 546-2009-ANA, se aprobó la delimitación de los ámbitos territoriales de los catorce (14) órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua, entre ellos la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI) con una área de extensión de 85 599 km2; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 361-2010-ANA se encargaron las funciones de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI) al señor LUIS FELIPE CASTAÑEDA LEÒN, estableciendo asimismo en su artículo segundo, un proceso de implementación de sesenta días computados a partir de la publicación de dicha resolución. Que, a fi n de garantizar el adecuado funcionamiento de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI) y poder brindar el servicio esperado por los administrados, es necesario prorrogar el proceso de implementación de dicho órgano desconcentrado; Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Prorrogar el proceso de implementación de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI) hasta el 30 de setiembre del 2010, debiendo las Autoridades Locales de Agua del ámbito de dicha Autoridad Administrativa del Agua continuar ejerciendo la función de primera instancia administrativa hasta el término de dicho plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CARRASCO AGUILAR Jefe Autoridad Nacional del Agua 534894-1