Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2010 (30/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 4 642 560,00) para que cumpla con elaborar la Cartografia detallada y actualizada de la MORDAZA del VRAE, y de este modo las Fuerzas Armadas cuenten con elementos de apoyo para cumplir sus funciones de lucha contra el narcotrafico en dicha zona. 2.3 Autorizase al pliego Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI a incorporar en su presupuesto institucional y ejecutar hasta la suma de UN MILLON DOSCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 204 592,00), con el objeto de atender los servicios de inspeccion tecnica de seguridad de defensa civil, delegaturas y verificaciones ad hoc; asi como, a ejecutar los recursos necesarios para realizar acciones relacionadas a la prevencion y atencion de desastres hasta por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VENTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 382 228,00). Asimismo, se autoriza al referido pliego a realizar, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes, las modificaciones en el nivel institucional que MORDAZA necesarias, a efectos de asignar recursos a los Gobiernos Regionales hasta por la suma de DOSCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 213 409,00), en el MORDAZA de transferencias de funciones dentro del MORDAZA de descentralizacion, con el fin de que los mismos puedan realizar sus acciones vinculadas a la atencion de desastres. 2.4 Autorizase al pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para que modifique con el mismo nivel de MORDAZA, la Resolucion Suprema N° 072-2010-MINCETUR, a efectos de reprogramar su presupuesto aprobado de proyectos de inversion en ejecucion para el presente ano, quedando exonerada de los limites de gastos fiscales vigentes a la fecha. Articulo 3°.- Modificacion Presupuestaria Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas para que mediante Decreto Supremo apruebe las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego Ministerio de la Produccion a favor del pliego Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES hasta por el monto de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 850 000,00) y a favor del pliego Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP hasta por el monto de SETECIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 740 000,00), para que realicen actividades cientificas y tecnologicas de referencia para cumplir con los estandares internacionales de pesca, en el MORDAZA de inspecciones oficiales que se realizaran proximamente, por parte de la Autoridad Sanitaria de la Comunidad Europea. Articulo 4°.- Medidas adicionales Establezcase, de manera excepcional que el Ministerio de Economia y Finanzas, en un plazo de cinco (05) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente MORDAZA, mediante Resolucion Ministerial y a propuesta de la Direccion General del Presupuesto Publico, previa opinion favorable de la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales, podra autorizar, para casos urgentes, nuevos limites de gasto en bienes y servicios y proyectos de inversion a cargo de las entidades, en el MORDAZA de sus respectivos presupuestos institucionales, conforme al objetivo establecido en el articulo 1° de la presente norma; asi como autorizar para que conforme a las disposiciones legales vigentes, se incorporen los recursos adicionales de ser necesarios, para los objetivos MORDAZA mencionados. Para efecto de lo establecido en el parrafo precedente, solo se tomara en cuenta los requerimientos que hayan sido presentados al Ministerio de Economia y Finanzas a la fecha de publicacion del presente Decreto de Urgencia y que resulten de urgente atencion. Articulo 5°.- Del seguimiento y la transparencia 5.1 Las Oficinas de Presupuesto y Administracion de los pliegos autorizados son responsables del seguimiento y monitoreo de la ejecucion de los gastos que se realicen con cargo a la autorizacion establecida en la presente MORDAZA, con sujecion a las disposiciones legales vigentes. 5.2 Los pliegos autorizados publican en sus respectivos portales institucionales, dentro del primer trimestre del ano 2011, un informe respecto a las acciones realizadas en el MORDAZA de la presente norma. 5.3 Las autorizaciones que se establecen en el articulo 2° precedente o que se establezcan a traves de la

Resolucion Ministerial en el MORDAZA del presente Decreto de Urgencia, se cinen solo a aspectos de orden fiscal. Articulo 6°.- De la suspension Para efecto de la aplicacion del presente Decreto de Urgencia, dejese en suspenso las disposiciones legales y administrativas en materia presupuestal y financiera que establezcan limites o restricciones de orden fiscal. Articulo 7°.- Del refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de la Produccion y la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

537012-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Incorporan al Ministerio a ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 560-2010-MIMDES
MORDAZA, 27 de agosto de 2010 Vista la Nota Nº 364-2010-MIMDES/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos y el Memorando Nº 1024-2010-MIMDES/OGPP de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promocion de la inversion privada y en las entidades del Sector Publico y Gobiernos Locales, se dispuso que los ex-trabajadores cuyos ceses hayan sido declarados irregulares pueden optar, excluyentemente, entre otros, por el beneficio de la reincorporacion o reubicacion laboral; Que, por Resolucion Ministerial Nº 374-2009-TR, modificada por Resolucion Ministerial Nº 005-2010-TR, se establecieron las disposiciones para la ejecucion del beneficio de reincorporacion o reubicacion laboral, asi como se determino las etapas para la ejecucion del referido beneficio, precisando, entre otros, que la etapa de reubicacion laboral general se encuentra a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, con Resolucion Ministerial Nº 309-2010-MIMDES, se aprobo el Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP del periodo Enero ­ Diciembre 2010 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; Que, en el MORDAZA del procedimiento establecido en la Resolucion Ministerial Nº 374-2009-TR, modificada por Resolucion Ministerial Nº 005-2010-TR, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a traves de la Resolucion

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