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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (30/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 30 de agosto de 2010 424714 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Huancavelica, Lambayeque, Lima, La Libertad e Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1802/INC Lima, 23 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 1042-2010-LPE/SDIC/ DA/DREPH/INC de fecha 19 de mayo de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología concluye que los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos delimitados en el marco del “Proyecto de rescate del sitio arqueológico HF 35 Carnicería en el DdV del Gasoducto de Perú LNG S.R.L.” a cargo del Lic. José Manuel Escudero Villalta, con R.N.A. Nº CE-0516, no presentan observaciones; Que, mediante Informe N° 2858-2010-MIPS/SDSP/DA/ DREPH/INC de fecha 20 de julio de 2010, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda se declaren patrimonio cultural de la Nación y se aprueben los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos delimitados en el marco del precitado proyecto de evaluación arqueológica; Que, mediante Acuerdo Nº 0914 de fecha 22 de julio de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación y aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los monumentos arqueológicos prehispánicos Carnicería A y Carnicería B, ubicados en la provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Huancavelica Provincia Huaytará Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Carnicería Sector A Sector B Pilpichaca 498009.6894 498201.6894 8513815.1758 8513815.1758 497785.6047 497977.5789 8513449.1311 8513298.9748 Artículo 2º.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del sitio arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Carnicería A PD-01B PD-01A 37,826.85 3.7826 1138.48 Carnicería B PD-01B PD-01A 66,313.31 6.6313 1,080.85 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 536320-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL N° 1803/INC Lima, 23 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 935-2010-SDIC-DA/INC de fecha 03 de mayo de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de tres (03) monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del Programa Qhapaq Ñan, para los cuales se han elaborado las respectivas fi chas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación, fi cha ofi cial de inventario del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 0945 de fecha 05 de agosto de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: Petroglifos Higuerón y Camino Prehispánico Río Lanchaco – Penachi, ubicados en la provincia y departamento de Lambayeque; y Camino Prehispánico Canchachala – Río Lanchaco, ubicado entre las provincias de Ferreñafe y Lambayeque, departamento de Lambayeque; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED;