Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2010 (30/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia concluye que los expedientes tecnicos de los monumentos arqueologicos prehispanicos delimitados en el MORDAZA del "Proyecto de evaluacion arqueologica con excavaciones restringidas con fines de descarte, delimitacion y senalizacion para la habilitacion MORDAZA de Alto Molino, distrito y provincia de MORDAZA, Region Ica" a cargo del Lic. MORDAZA Soriano MORDAZA, con R.N.A. Nº BS-9921, no presentan observaciones; Que, mediante Informe Nº 3106-2010-LDMS/SDSP/ DA/DREPH/INC de fecha 09 de agosto de 2010, la Sub Direccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia recomienda se declaren patrimonio cultural de la Nacion y se aprueben los expedientes tecnicos de los monumentos arqueologicos prehispanicos delimitados en el MORDAZA del precitado proyecto de evaluacion arqueologica; Que, mediante Acuerdo Nº 0981 de fecha 09 de agosto de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo, entre otros, recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nacion y aprobar los expedientes tecnicos (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) de los monumentos arqueologicos prehispanicos Alto El Molino 1 y Alto El Molino 2, ubicados en la provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia Nombre del sitio arqueologico Alto El Molino 1 Alto El Molino 2 Ica MORDAZA Distrito MORDAZA MORDAZA Datum PSAD56 MORDAZA 18 UTM Este 372260 371906 UTM Norte 8484510 8484789 Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este 372029 371675 UTM Norte 8484146 8484425

Rectifican R.D. Nº 1011/INC en lo referente a la direccion de inmueble ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1848/INC
MORDAZA, 25 de agosto de 2010 Visto el Informe Nº 034-2010-LGC-SDR-DPHCR/INC, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1011/ INC de fecha 05 de MORDAZA de 2006, se incorporo en el registro de inmuebles de valor monumental al inmueble ubicado en la Avda. MORDAZA Nº 907-915-935, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, que a la fecha se encuentra ocupado por el Instituto Superior Latino; Que, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano emitio el Informe Nº 034-2010-LGC-SDR-DPHCR/INC, de fecha 09 de agosto de 2010, donde detecta que existe un error en la Resolucion Directoral Nacional Nº 1011/INC, ya que al inmueble declarado no le corresponde la MORDAZA numeracion, conforme se ha podido constatar en la Partida Registral Nº 07010278 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, que corresponde al mencionado inmueble, donde se consigna como direccion del inmueble la Av. MORDAZA 907-915 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Num 210, Urb. MORDAZA MORDAZA, Cercado de Lima; Que, resulta necesario rectificar la numeracion del inmueble como consta en la Partida Registral Nº 07010278 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, por las consideraciones expuestas; Que, el articulo 201º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" senala que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, de otro lado, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo previsto en los articulos III y VII del Titulo Prelimar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura es el organo con competencia y atribuciones para declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los inmuebles de importancia historica y artistica; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion"; la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General"; el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion. SE RESUELVE: Articulo Unico.- RECTIFICAR la Resolucion Directoral Nacional Nº 1011/INC de fecha 05 de MORDAZA de 2006, en el extremo del Anexo referido a la direccion del inmueble inscrito en la Partida Registral Nº 07010278 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, incorporado en el registro de inmuebles de valor monumental, ubicado en el ambito del ambiente MORDAZA monumental de la Av. MORDAZA cuadras 1 al 10, conforme se senala a continuacion: Dice : Inmueble ocupado por el Instituto Superior MORDAZA, ubicado en la Avda. MORDAZA Nº 907-915-935. Debe decir : Inmueble ubicado en la Av. MORDAZA 907 915 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Num 210, Urb. MORDAZA MORDAZA, distrito, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional

Articulo 2º.- Aprobar los expedientes tecnicos (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) de los siguientes monumentos arqueologicos prehispanicos, de acuerdo a los planos, areas y perimetros que a continuacion se consignan:
Nombre del sitio Nº de Plano en Nº de Plano en Area arqueologico Datum PSAD56 Datum WGS84 (m2) Alto El Molino 1 P-01 P-01 3419.799 Alto El Molino 2 P-02 P-02 3405.670 Area (ha) 0.3419 0.3405 Perimetro (m) 235.755 240.680

Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condicion de patrimonio cultural de la Nacion de los monumentos arqueologicos prehispanicos mencionados en el articulo 1º y de los planos senalados en el articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 4º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos prehispanicos declarados patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional

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