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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (03/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de diciembre de 2010 430347 Que, este Planeamiento Integral tiene por fi nalidad continuar con el proceso de régimen especial que permita el saneamiento físico legal del área denominada Ex Fundo Oquendo – Sector Este, permitiendo así unifi car el uso de suelo y el desarrollo de las actividades urbanas de manera coherente, contribuyendo a la consolidación de las mismas y evitar los problemas que hoy se generan, entre otras causas por la falta de vías consolidadas y la organización del espacio urbano, lo que viene afectando a más de ciento veinte organizaciones vecinales, por lo que se hace necesario dar una solución integral tanto urbanística como social al sector; asimismo, señala que en la propuesta se ha considerado el trazo de las vías principales pertenecientes al Sistema Vial Provincial (arteriales, colectoras, expresas, semiexpresas, subregionales y regionales), que permitirá ordenar de manera coherente la ocupación de los pobladores, además, se dará inicio a la regularización de los programas de vivienda, asentamientos humanos y urbanizaciones populares que se ubican en el Sector Este del Ex Fundo Oquendo, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000269 el mismo que aprobó el Nuevo Planeamiento Integral del Ex Fundo Oquendo Sector Este – Cercado del Callao, Provincia Constitucional del Callao, que comprende el ordenamiento urbano, los usos de la totalidad del área y el diseño de las redes y sus componentes viales, respetando el uso del suelo y sin incluir la zona industrial, de acuerdo al Plano de Zonifi cación signado con Código PZ-01, al Plano de Esquema Vial signado con Código V-01-1/2 y al Plano de Corte de Vías V-01-2/2, que forman parte integrante de la presente Ordenanza, el cual tiene como antecedentes el Informe Nº 899-2010-MPC-GGAH-GFRP de la Gerencia de Formalización y Regulación de la Propiedad, adscrita a la Gerencia General de Asentamientos Humanos, el Memorando Nº 3469-2010-MPC/GGDU de la Gerencia General de Desarrollo Urbano que hace suyo el Informe Nº 77-2010- MPC/GGDU/GPUC de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, asimismo, el Informe Nº 1196-2010-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opinando todos ellos de manera favorable a la expedición de la presente Ordenanza por encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL EX FUNDO OQUENDO SECTOR ESTE – CERCADO DEL CALLAO, EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, QUE INCLUYE EL ESQUEMA VIAL Y LA ZONIFICACIÓN Artículo 1. Apruébase el Planeamiento Integral del Ex Fundo Oquendo Sector Este - Cercado del Callao, en la Provincia Constitucional del Callao que comprende el ordenamiento urbano, los usos de la totalidad del área y el diseño de las redes y sus componentes viales, respetando el uso del suelo y sin incluir la zona industrial (quedando vigente para esta zona lo aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 000065-2008 la cual aprobó el Planeamiento Integral del Diseño Urbano y de los Módulos Viales del Sector denominado Ex Fundo Oquendo), de acuerdo al Plano de Zonifi cación signado con Código PZ-01, al Plano de Esquema Vial signado con Código V-01-1/2 y al Plano de Corte de Vías V-01-2/2, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2. Establézcase que el Planeamiento Integral aprobado tendrá una vigencia de diez años, teniendo carácter obligatorio para las habilitaciones o formalizaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los Registros Públicos, encargándose a la Gerencia General de Asentamientos Humanos el cumplimiento de la referida inscripción registral. Artículo 3. Modifícase en lo correspondiente el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 del 5 de octubre de 1995, encargando a la Gerencia General de Desarrollo Urbano incluir en el mismo el Planeamiento Integral del Ex Fundo Oquendo Sector Este – Cercado del Callao. Artículo 4. Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 5. Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y encárgase a la Gerencia de Informática la publicación de la Ordenanza Municipal en el Portal Institucional www.municallao.gob.pe. Artículo 6. La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla PÍO SALAZAR VILLARÁN Alcalde del Callao 573446-1 Modifican Ordenanza que creó el Bono Chalaco de Compensación para Familiares de Víctimas de Accidentes de Tránsito que Fallezcan en las Vías de la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000059 Callao, 17 de noviembre de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 17 de noviembre de 2010, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el artículo 195 inciso 5 señala que los gobiernos locales son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 38 y siguientes, establece que el ordenamiento jurídico de las municipalidades está constituido por las normas emitidas por los órganos de gobierno y administración municipal de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional; Que, por Ordenanza Municipal Nº 000069 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 6 de enero de 2010, se crea el Bono Chalaco de Compensación para Familiares de Víctimas de Accidentes de Tránsito que Fallezcan en las Vías de la Provincia Constitucional del Callao; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000280 el mismo que aprobó la modifi cación del Artículo 4 de la Ordenanza Municipal Nº 000069-2009, en el sentido que será la Gerencia General de Administración, quien gire el cheque a los benefi ciarios del Bono Chalaco, el cual tiene como antecedentes el Informe Nº 416-2010- MPC/GGTU-GTT, de la Gerencia de Transporte y Tránsito, dependiente de la Gerencia General de Transporte Urbano, el Informe Nº 050-2010-MPC/GGTU, de la Gerencia General de Transporte Urbano, el Memorando Nº 925-2010- MPC/GGPPR, de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y el Informe Nº 1009-2010- MPC/GGAJC, de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, todos los cuales son favorables a la promulgación de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000069 DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2009, QUE CREA EL BONO CHALACO DE COMPENSACIÓN PARA FAMILIARES DE VÍCTIMAS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO QUE FALLEZCAN EN LAS VÍAS DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo Primero.- Modifícase el Artículo 4 de la Ordenanza Municipal Nº 000069 del 16 de diciembre de 2009, quedando redactado de la siguiente manera: