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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (06/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 6 de diciembre de 2010 430460 su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; asimismo, en el inciso a) del Artículo 15º establece como atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, con fecha 14 de diciembre de 2007, se publica en el diario ofi cial El Peruano, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, que establece las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el marco del proceso de modernización de la gestión del Estado y en apoyo y fortalecimiento al proceso de descentralización; y con fecha 15 de marzo de 2008, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM, de fecha 26 de julio del 2006, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las Entidades de la Administración Pública, que en el Artículo 2º de la Finalidad, es generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y defi nición de sus funciones y las de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de las Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 111-2006/ GRP-CR, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 10 de septiembre del 2006, se aprobó, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Piura, cuyo texto quedó conformado por diez (10) Títulos, doce (12) Capítulos, ciento dieciséis (116) Artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias y tres (03) Disposiciones Transitorias; Que, mediante Informe Nº 085 -2010/GRP-410300, de fecha 16 de setiembre del 2010, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concluye y recomienda que se modifi que el Reglamento de Organización y Funciones - ROF vigente, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 111-2006/ GRP-CR, y con Informe Nº 260-2010/GRP-460000 de fecha 8 de febrero del 2010, e Informe Nº 430-2010/GRP- 460000 del 04 de marzo de 2010, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Piura emite opinión legal y concluye que es procedente la aprobación del proyecto de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional Piura, por lo que compete al Consejo Regional emitir la Ordenanza Regional correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 11-2010, de fecha 24 de noviembre del 2010, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA. Artículo Primero.- Aprobar la Modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional Piura, aprobado con Ordenanza Regional Nº 111-2006/GRP-CR del 10 de septiembre del 2006, en lo siguiente: 1.- DICE: Artículo 14º .- De la Estructura Orgánica F.- ÓRGANOS DE APOYO • Ofi cina Regional de Administración. - Ofi cina de Contabilidad - Ofi cina de Tesorería - Ofi cina de Recursos Humanos - Ofi cina de Abastecimiento, Servicios Auxiliares y Control Patrimonial - Ofi cina de Recaudación • Ofi cina de Tecnologías de la Información • Ofi cina de Coordinación y Gestión DEBE DECIR: Artículo 14º .- De la Estructura Orgánica F.- ÓRGANOS DE APOYO • Ofi cina Regional de Administración. - Ofi cina de Contabilidad - Ofi cina de Tesorería - Ofi cina de Recursos Humanos - Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares - Ofi cina de Control Patrimonial - Ofi cina de Recaudación • Ofi cina de Tecnologías de la Información • Ofi cina de Coordinación y Gestión 2.- DICE: Artículo 43º .- De la Ofi cina Regional de Administración La Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional Piura es la encargada de proporcionar el apoyo administrativo requerido en la gestión institucional, mediante la administración de los recursos humanos, materiales y fi nancieros, así como la prestación de servicios generales del Gobierno Regional. La Ofi cina Regional de Administración estará a cargo de un Jefe de la Ofi cina Regional, con nivel jerárquico de Gerente Regional, y funcionalmente depende de la Gerencia General del Gobierno Regional. La Ofi cina Regional de administración se organiza y está integrada por las unidades orgánicas siguientes: - Ofi cina de Contabilidad. - Ofi cina de Tesorería. - Ofi cina de Recursos Humanos. - Ofi cina de Abastecimiento, Servicios Auxiliares y Control Patrimonial. - Ofi cina de Recaudación. DEBE DECIR: Artículo 43º .- De la Ofi cina Regional de Administración La Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional Piura es la encargada de proporcionar el apoyo administrativo requerido en la gestión institucional, mediante la administración de los recursos humanos materiales y fi nancieros, así como la prestación de servicios generales del Gobierno Regional. La Ofi cina Regional de Administración estará a cargo de un Jefe de la Ofi cina Regional, con nivel jerárquico de Gerente Regional, y funcionalmente depende de la Gerencia General del Gobierno Regional. La Ofi cina Regional de administración se organiza y está integrada por las unidades orgánicas siguientes: - Ofi cina de Contabilidad. - Ofi cina de Tesorería. - Ofi cina de Recursos Humanos. - Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. - Ofi cina de Control Patrimonial. - Ofi cina de Recaudación. 3.- DICE: Artículo 44º.- Son funciones de la Ofi cina Regional de Administración las siguientes: a.- Proponer las políticas y estrategias referentes a la administración de recursos humanos, materiales y fi nancieros, así como la prestación de servicios generales del Gobierno Regional Piura. b.- Administrar los recursos económicos y fi nancieros en concordancia con el Plan Estratégico y los Planes Operativos del Gobierno Regional Piura.