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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (06/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 6 de diciembre de 2010 430464 exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; asimismo, en el inciso a) del Artículo 15º establece como atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM, de fecha 26 de julio del 2006, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones _ROF de las Entidades de la Administración Pública, que en el Artículo 2º de la Finalidad, es generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y defi nición de sus funciones y las de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de las Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades especifi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 171-2006/GRP-PR, de fecha 16 de Marzo del 2006, se aprobó, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Agricultura - Piura, cuyo texto quedó conformado por seis (06) Títulos, seis (06) Capítulos, veintidós (22) Artículos y Organigrama Estructural; Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales; con Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM de fecha 27 de abril del 2006, se aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0665-2006- AG de fecha 3 de agosto del 2006, declara concluido el proceso de efectivizacion de la transferencia de funciones en materia agraria a diversos Gobiernos Regionales; mediante Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM de fecha 13 de octubre del 2006, establece disposiciones relativas a la culminación de transferencia programadas a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM de fecha 31 de octubre del 2006, modifi can el Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006, aprobado mediante DS Nº 021-2006-PCM; asimismo, con Decreto Supremo Nº 078-2006-AG se dictan disposiciones en materia de aguas sobre dependencia de las Administraciones Técnicas de los Distritos de Riego y para uniformizar procedimientos administrativos a nivel nacional, y con Decreto Supremo Nº 011-2007- AG aprueban transferencia de facultades del INRENA a los Gobiernos Regionales que suscriban acta de entrega recepción; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0811- 2009-AG de fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano el 27 de noviembre del 2009, 4se aprueba la relación de procedimientos administrativos a cargo de las Direcciones Regionales de Agricultura derivados de la función específi ca del literal “n” del artículo Nº 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Ofi cio Nº 336-2010-GRP-420010- DRA-P-OPA de fecha 15 de febrero de 2010 el Director Regional de Agricultura remite una propuesta de Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección a su cargo; con Informe Nº 040-2010/GRP-410300 del 15 de abril de 2010, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional concluye y recomienda que se modifi que el Reglamento de Organización y Funciones vigente de la Dirección Regional de Agricultura aprobado con Resolución Ejecutiva Regional Nº 171-2006/GRP-CR del 16 de marzo de 2006; Que, con Memorándum Nº 995-2010/GRP-400000 del 31 de mayo de 2010, Gerencia General Regional comunicó que es pertinente que el ejercicio de la función “n” relacionada a “Promover, gestionar y administrar el proceso de saneamiento físico legal de la propiedad agraria, con la participación de actores involucrados, cautelando el carácter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas”; Que, asimismo, con Informe Nº 1120-2010/GRP- 460000 del 13 de agosto de 2010, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica concluyó con relación a la función “n” antes mencionada, que resulta recomendable que el Gobierno Regional Piura, establezca que la Dirección Regional de Agricultura de Piura ejerza la mencionada función “n”, por cuanto fue esta dependencia la que ofi cialmente certifi có que contaba con los requisitos mínimos para asumir su ejercicio; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 11-2010, de fecha 24 de noviembre del 2010, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA - PIURA. Artículo Primero.- Aprobar, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Agricultura - Piura, cuyo texto a quedado conformado por seis (06) Títulos, ocho (08) Capítulos, cuarenta y dos (42) Artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias, y una representación gráfi ca de la Estructura Orgánica, cuyo documento anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 171-2006/GRP-PR de fecha 16 de marzo del 2006 que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez. PEDRO ANTONIO VALDIVIEZO PALACIOS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 574175-1 Aprueban Plan de Ordenamiento, Manejo y Desarrollo de la Cuenca Transfronteriza Catamayo - Chira ORDENANZA REGIONAL Nº 196-2010/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modifi catorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demás normas complementarias.