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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 6 de diciembre de 2010 430466 Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Piura, las Direcciones Regionales Sectoriales los Gobiernos Locales y los Organismos sectoriales descentralizados considerados en el ámbito de la Cuenca Transfronteriza Catamayo Chira, solicitarán la asignación presupuestaria correspondiente para ejecutar las acciones específi cas e implementarlas, considerando además el fi nanciamiento de las estrategias vinculadas. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional tiene un ámbito de vigencia, aplicación y ejecutabilidad territorialmente delimitado a la circunscripción del Gobierno Regional Piura, precisándose que para asuntos de integración fronteriza se requiere previamente las coordinaciones con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Piura, realizar el seguimiento, supervisión, aplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, en plena conformidad con los planes operativos anuales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez. PEDRO ANTONIO VALDIVIEZO PALACIOS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 574173-1 Autorizan viaje de funcionarios de CETICOS PAITA a la República Popular China y Singapur, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 668-2010/GRP-CR Piura, 24 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 modifi cada por Ley Nº 27902, establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar en un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, señala “quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas .y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú”; Que, mediante Ofi cio Nº 1252-2010/GG-CETICOS PAITA del 08 de noviembre de 2010, la Gerencia General del Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercio y Servicios de Paita - CETICOS PAITA, comunica que en Sesión Ordinaria Nº 023-2010-CETICOS PAITA de fecha 7 de octubre de 2010, la Junta de Administración aprobó el viaje en comisión de servicios del Presidente de la Junta de Administración, Dr. Jorge Carlos Ayón Ydrogo, y del Gerente General de CETICOS PAITA, Dr. Guillermo Fernando Cabieses Maggiolo a la República Popular China a fi n de realizar visitas de trabajo a las ciudades de Shanghai y Zhoushan, así como también a la ciudad de Singapur para atender la invitación cursada por International Enterprise Singapur (IES), dependencia del Estado, para lo cual, las fechas previstas para dicho viaje de 09 días, serían entre el 27 de noviembre y el 05 de diciembre de 2010; Que, con Informe Nº 2214-2010/GRP-460000 del 11 de noviembre de 2010, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica señala que mediante Ley Nº 29014 se adscribieron los CETICOS a los Gobiernos Regionales, entre ellos el Gobierno Regional Piura; sin embargo sin perjuicio de lo señalado la Ley Nº 28569, los CETICOS mantienen personaría jurídica de derecho público, autonomía administrativa, técnica, económica, fi nanciera y operativo, correspondiendo a los Gobiernos Regionales el supervisar la administración, promoción, y desarrollo de CERICOS; asimismo la LEYº 29465 - Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año 2010 señala que los viajes al exterior se encuentran prohibidos, sin embargo corresponde al Consejo Regional autorizar excepcionalmente los viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos representantes del Estado con cargo a recursos públicos, cuando dichos viajes se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; por ello teniendo como fi nalidad el viaje en mención, el intercambio de información de la normatividad y experiencias entre ambas entidades, captación de su innovación tecnológica y logística, una exposición sobre las ventajas y las exoneraciones tributarias y aduaneras existentes, procedimientos para la instalación de Empresas en CETICOS PAITA, etc., concluyendo que se encuentra justifi cado y conforme a la normatividad legal vigente, recomendando la emisión del Acuerdo de Consejo Regional correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria Nº 11 - 2010, celebrada el día 24 de noviembre de 2010, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en, uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar, en viaje de Comisión de Servicio a las ciudades de Shanghai y Zhoushan en la República Popular China, y a la República de Singapur, al Sr. Jorge Carlos Ayón Ydrogo, Presidente de la Junta de Administración; y Sr. Guillermo Fernando Cabieses Maggiolo, Gerente General del Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercio y Servicios de Paita - CETICOS PAITA, durante los días 27 al 05 de diciembre de 2010, con la fi nalidad de efectuar el intercambio de información de la normatividad y experiencias captación de su innovación tecnológica y logística, exposición sobre las ventajas y las exoneraciones tributarlas y aduaneras existentes, y procedimientos para la instalación de las empresas en CETICOS PAITA, en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, serán cubiertos en su totalidad por el Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios - CETICOS PAITA, según el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje US $ Viáticos US$ TUUA Sr. JORGE CARLOS AYÓN YDROGO 4,333.00 2,340 31.00 Sr. GUILLERMO FERNANDO CABIESES MAGGIOLO 4,333.00 2,340 31.00