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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (06/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 6 de diciembre de 2010 430467 Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional en coordinación con la Gerencia General de CETICOS PAITA, disponga las acciones administrativas para el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los funcionarios autorizados por el artículo primero, presentarán al Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto de la comisión de servicios autorizada, asimismo deberá efectuar la rendición de cuentas a los órganos correspondientes, de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- Disponer, por razones de índole presupuestal, que el Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercio y Servicios de Paita - CETICOS PAITA, publique el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. PEDRO ANTONIO VALDIVIEZO PALACIOS Consejero Delegado Consejo Regional 574171-1 Autorizan viaje de funcionarios a Ecuador para participar en la Reunión de evaluación del Proyecto “Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Catamayo - Chira” ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 669-2010/GRP-CR Piura, 24 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 modifi cada por Ley Nº 27902, estipula que los Gobiernos Regionales son competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional; Que, de conformidad a lo señalado en el artículo 9° inciso 9.3 de la Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM - Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; Que, el Artículo 83º Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, la Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones según el nivel de carrera grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos Institucionales; Que, con Carta 225-2010 del 04 de noviembre de 2010, la Unidad de Gestión Catamayo – Chira comunica la realización de la reunión del Comité de Seguimiento y Evaluación del Proyecto “Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional Catamayo – Chira cuyos objetivos son, aprobar el informe de actividades – avances 2010 y el Plan Operativo Anual 2011, exposición del nuevo modelo de gestión administrativa y fi nanciera de fuentes externas de cooperación – caso Ecuador y aprobación del Plan de Transferencia, y solicita la participación en dicha reunión en representación del Gobierno Regional Piura del Ing. César Delgadillo Fukusaki y del Ing. Augusto Zegarra Peralta, como representantes titular y alterno del Comité de Seguimiento; Que, con Informe N° 070-2010/GRP-400000 del 16 de noviembre de 2010, Gerencia General Regional solicita a Presidencia Regional, en vista a la imposibilidad de asistencia del Vicepresidente Regional al evento antes señalado, autorizar al Gerente General Regional, conjuntamente con el Ing. Augusto Zegarra Peralta, para asistir a la reunión de evaluación del Proyecto “Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Catamayo – Chira”; Que, con Informe N° 2293-2010/GRP-460000 del 19 de noviembre de 2010, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión concluyendo que el viaje en comisión de servicios solicitado se encuentra justifi cado y conforme a la normatividad legal vigente, debiendo procederse a emitir el Acuerdo de Consejo Regional correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 11 - 2010, celebrada el día 24 de noviembre de 2010, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar, en viaje de Comisión de Servicio a la ciudad de Quito en la República de Ecuador, al Señor Gerente General Regional Dr. Luis Alberto Ortiz Granda, y Señor Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente Ing. Augusto Elías Zegarra Peralta, durante los días 29 de noviembre al 02 de diciembre de 2010, para participar en la Reunión de evaluación del Proyecto “Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Catamayo – Chira”, en representación del Comité de Seguimiento del Proyecto en representación del Gobierno Regional Piura, en el marco de los objetivos que el Perú y el Ecuador buscan a través de la ejecución del Proyecto Binacional Catamayo - Chira que es lograr una gestión integral y compartida de los recursos de la cuenca binacional. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero del presente Acuerdo de Consejo Regional, serán asumidos por el Pliego Presupuestal 457: Gobierno Regional Piura, de acuerdo al siguiente detalle: Gerente General Regional, Dr. Luis Alberto Ortiz Granda. Número de días: 4 Viáticos : US $ 800.00 Total : US $ 800.00 Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Ing. Augusto Zegarra Peralta. Número de días: 4 Viáticos : US $ 800.00 Total : US$ 800.00 Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los funcionarios autorizados por el artículo primero, presentarán al Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto de la comisión de servicios autorizada, asimismo deberá efectuar la rendición de cuentas a los órganos correspondientes, de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. PEDRO ANTONIO VALDIVIEZO PALACIOS Consejero Delegado Consejo Regional 574155-1