Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2010 (15/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2010

vigencia y son de aplicacion en el Ministerio de Cultura hasta la aprobacion de los respectivos documentos de gestion que deberan ser aprobados en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC, del 06 de octubre de 2010, se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que correspondian aprobar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestion del Ministerio de Cultura; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, conforme a lo senalado en el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de realizar una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el literal a) del Articulo 14º de la Ley Nº 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; el Decreto de Urgencia Nº 066-2010, que establece que los documentos de gestion del Instituto Nacional de Cultura INC mantienen vigencia y son de aplicacion en el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR como Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nacion al Antiguo Cementerio de MORDAZA (actual Cementerio General de la Almudena), ubicado en la Plazoleta de la MORDAZA s/n, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo 2º.- APROBAR el plano DBI-001-2010-MC/ DPHCR-SDR del Antiguo Cementerio de MORDAZA (actual Cementerio General de la Almudena), que establece la poligonal del area declarada. Articulo 3º.- Hacer de conocimiento a las autoridades locales y regionales la presente Resolucion sobre la condicion patrimonial del inmueble indicado en el Articulo 1º, asi como la normatividad y leyes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 4º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter cualquier intervencion a realizarse en el inmueble citado en el Articulo 1º de la presente Resolucion, a la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

Declaran patrimonio cultural de la Nacion a monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, Tacna y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 190-2010-VMPCIC-MC
MORDAZA, 1 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 1614-2010-SDIC-DA/INC de fecha 10 de agosto de 2010, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion de dieciseis (16) monumentos arqueologicos prehispanicos registrados en el MORDAZA del Programa Qhapaq Nan, para los cuales se han elaborado las respectivas fichas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion, ficha oficial de inventario del patrimonio arqueologico inmueble; Que, mediante Acuerdo N° 1064 de fecha 26 de agosto de 2010 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nacion los monumentos arqueologicos prehispanicos siguientes: Condormarca, ubicado en la provincia de Huanta, departamento de Ayacucho; Apacheta Yanacocha, Apacheta Chillhuas, Ushnu de Yanacocha y MORDAZA MORDAZA Acraypampa, ubicados en la provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; Yanaorqo, Apacheta Saywaqasa, Banico, Ushnu de Incaperqan, MORDAZA MORDAZA Quebrada Saramayo ­ MORDAZA Capillapampa, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torobamba ­ Uras, MORDAZA MORDAZA Uras ­ Putaqa, MORDAZA MORDAZA Putaqa ­ Cerro MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Putaqa ­ Cerro Yanaorqo ­ Osqococha ­ Chiquintirca, ubicados en la provincia de La Mar, departamento de Ayacucho; MORDAZA MORDAZA Quebrada Huamanhura ­ Patampampa, ubicado entre las provincias de Huanta y Huamanga, departamento de Ayacucho; y MORDAZA MORDAZA Cerro Nahuinpuquio ­ Sacsamarca, ubicado entre las provincias de Huamanga y La Mar, departamento de Ayacucho; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, estando a lo senalado en el inciso 3º del Articulo 26º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, a traves de la cual se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias

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