Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2010 (15/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

430953

cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA IV de matricula CO-2830-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, por las respectivas resoluciones autoritativas citadas en la parte considerativa de la presente resolucion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 433-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de junio de 2009, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA ISLAYA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial N° 101-95-PE, de fecha 27 de febrero de 1995, para operar la embarcacion pesquera NAUTILUS I de matricula CO-4869-PM, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Directoral N° 334-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 14 de MORDAZA de 2010, se aprobo a favor de la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial N° 101-95-PE, modificado por la Resolucion Directoral N° 433-2009-PRODUCEDGEPP para operar la embarcacion pesquera NAUTILUS I de matricula IO-4869-PM; Que, el Articulo 24° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente de la Produccion), en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; y en el caso de autorizaciones de flota para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, solo se otorgaran siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de la flota existente; Que, el numeral 3 del inciso b) y el numeral 1 del inciso c) del Articulo 43° del Decreto Ley N° 25977-Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades naturales y juridicas, requeriran autorizacion de incremento de flota y permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; Que, asimismo, los Articulos 44° y 46° de dicha Ley establecen que las autorizaciones y permisos -entre otros derechos administrativos ­ son derechos especificos que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado y a nivel nacional para el desarrollo de actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto en la Ley y en las condiciones que determine su reglamento; Que, el Articulo 12° del reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, establece que en el caso de recursos hidrobiologicos que se encuentren plenamente explotados, el Ministerio de Pesqueria (actualmente ministerio de la Produccion) no autorizara incrementos de flota ni otorgara permisos de pesca que concedan acceso a esas pesquerias, bajo responsabilidad, salvo que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente en la pesqueria de los mimos recursos hidrobiologicos; Que, el numeral 37.2 del reglamento citado en el parrafo precedente, senala que el tramite para el otorgamiento de la autorizacion de incremento de flota es independiente del permiso de pesca. Sin embargo, dicho permiso de pesca debera solicitarse dentro de un plazo de un (01) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion o de la adquisicion de la embarcacion pesquera. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caduca de pleno derecho. Mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada; Que, a traves de los escritos del visto la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C. solicito autorizacion de incremento de flota para la ampliacion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA a 412.50 m3 , via sustitucion de las embarcaciones no siniestradas NAUTILUS I de matricula IO-4869-PM, con 203.96 m3 de capacidad de bodega y MORDAZA IV de matricula CO-2830PM, con 208.91 m3 de capacidad de bodega, para lo cual alcanza los requisitos establecidos para el Procedimiento N° 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE. Asimismo, amplio su solicitud de incremento de flota y solicito permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA con la capacidad de bodega autorizada de 412.50 m3 , para lo cual alcanza los requisitos establecidos para el Procedimiento N° 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE;

Que, con escrito de registro N° 00066529-2010-8 de fecha 27 de octubre de 2010, la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C., al haber tomado conocimiento de lo manifestado en el Memorando N° 115-2010-PRODUCE/DGEPP, formulo renuncia expresa de los derechos de extraccion de los recursos anchoveta con destino al Consumo Humano Directo y sardina con destino al Consumo Humano Directo y Consumo Humano Indirecto, correspondientes a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-15314PM; Que, asimismo es pertinente senalar que del Certificado de Matricula y el Certificado Nacional de Arqueo N° DI02010041-06-005, emitidos por la Autoridad Maritima, se desprende que la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-15314-PM cuenta con 412.50 m3 de capacidad de bodega; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, por la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C., y cumpliendo con presentar los requisitos conforme al procedimiento Nº 13 y 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; resulta procedente la autorizacion de incremento de flota y permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-15314-PM con 412.50 m3 de capacidad de bodega: Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 7232010-PRODUCE /DGEPP-Dchi, Informe N° 781-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi, Informe N° 968-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dchi e Informe N° 1319-2010-PRODUCE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2009-PRODUCE; Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia expresa formulada por la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C., de los derechos de extraccion de los recursos anchoveta con destino al Consumo Humano Directo y sardina con destino al Consumo Humano Directo e Indirecto, correspondientes a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-15314PM. Articulo 2°.- Otorgar a favor de la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C, autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA de matricula CO-15314-PM, de 412.50 m3 de capacidad de bodega, via sustitucion de las embarcaciones no siniestradas NAUTILUS I de matricula IO-4869-PM, con 203.96 m3 de capacidad de bodega y MORDAZA IV de matricula CO-2830-PM, con 208.91 m3, para dedicarla a la extraccion de recursos hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando red de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm) en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras. Articulo 3º.- En virtud a la autorizacion de incremento de flota otorgado en el articulo 1º de la presente Resolucion, , otorgar a favor de la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C., permiso de pesca para operar la nueva embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-15314-PM y 412.50 m3 de volumen de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa en el ambito del litoral, utilizando redes de cerco con tamano de abertura de malla de ½ pulgada. Articulo 4º.- Incorporar a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-15314-PM y 412.50 m3 de volumen de bodega, en el anexo correspondiente del listado de embarcaciones con permiso de pesca vigente publicado por Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y Resolucion Ministerial N° 086-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion pesquera NAUTILUS I de matricula IO4869-PM y MORDAZA IV de matricula CO-2830-PM, otorgado

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