Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2010 (15/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

430949

las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), a partir de las 00:00 horas del dia 03 de diciembre de 2010 por un periodo de cinco (5) dias calendario, en las areas comprendida entre los 09°30'S (Casma) - 10°29'59"S (Punta Bermejo) y 14°00'S (Pisco) - 15º29'59"S (San Juan); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 321-2010PRODUCE, de fecha 04 de diciembre de 2010, se amplian los alcances de lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 319-2010-PRODUCE, entendiendose que la suspension de actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), comprendido desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru hasta el paralelo 16°00'S, por el plazo de siete (7) dias calendario; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 327-2010PRODUCE, de fecha 11 de diciembre de 2010, se suspendio las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), a partir de las 00:00 horas del 13 de diciembre de 2010 por un periodo de siete (7) dias calendario, en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru hasta el paralelo 16°00'00"S; Que, el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, mediante los Oficios Nº DE-100-331-2010-PRODUCE/IMP y Nº DE-100-333-2010-PRODUCE/IMP de fechas 06 y 14 de diciembre de 2010, informo que debido a los cambios ambientales presentados en el mar peruano, se esta provocando una redistribucion de los recursos vivos, entre ellos la anchoveta; ademas que, al inicio de la MORDAZA temporada de pesca, se han registrado bajos rendimientos, asociados a una alta incidencia de juveniles y presencia de otras especies en las capturas; Que, en tal sentido, el IMARPE recomienda la ejecucion de la Operacion Eureka LXV los dias 16 y 17 de diciembre, con la finalidad de obtener mayor informacion cientifica sobre las areas de distribucion de anchoveta y poder apoyar al monitoreo de las condiciones ambientales, con enfasis en la MORDAZA norte-centro, en el area maritima comprendida entre el 5° S (Paita) y 15° S (San Juan), a una distancia de 100 millas a la costa, y con la participacion de cuarenta (40) embarcaciones de cerco, mayores de 270 m3 de capacidad de bodega, equipadas con redes anchoveteras de 13 mm de tamano de malla; Que, de igual forma, IMARPE senala que el presupuesto total que demande la Operacion Eureka LXV sera cubierto por los armadores o empresas titulares de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras que hayan sido seleccionadas para ejecutar esta actividad cientifica, siendo el costo de participacion, el cual comprende los gastos operativos para ejecutar la citada Operacion, la cantidad de S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Nuevos Soles) por cada embarcacion, monto que debera pagarse al IMARPE a traves de la Cuenta Corriente Nº 0000-281654 del Banco de la Nacion. Que, las inscripciones para la Operacion Eureka LXV, se efectuaran mediante Formato de Inscripcion disponible en la pagina web del IMARPE (www.imarpe.gob.pe), el cual debe enviarse al Fax 453-5053 o al mail mniquen@imarpe. gob.pe hasta las 14:00 horas del dia 15 de diciembre de 2010; Que, asimismo, para el MORDAZA de asignacion de los perfiles por ejecutar, se realizara con la presencia de representantes oficialmente acreditados de las embarcaciones inscritas, en presencia de un notario publico, el dia miercoles 15 de diciembre a las 15:00 horas en la Sede Central de IMARPE. En caso hubiera dos o mas postulantes para un determinado perfil se procedera al sorteo respectivo; Que, los trabajos cientificos, la distribucion equitativa y cumplimiento de los lances de comprobacion, seran realizados por dos (2) representantes del IMARPE en cada embarcacion, uno de los cuales dirigira estas actividades y sera el responsable del embarque, cuidado, manipuleo y desembarque de los materiales que llevan a bordo; Que, en ese contexto, IMARPE presentara dentro de las veinticuatro (24) horas de terminada la Operacion MORDAZA senalada, un Informe Tecnico-Cientifico que sera remitido al Ministerio de la Produccion, el mismo que debera ser publicado en la pagina web o MORDAZA electronico del IMARPE y el Ministerio de la Produccion; Que a traves de los Informes Nºs. 1078 y 1083-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi, de fecha 13 y 14 de diciembre de 2010, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, recoge la recomendacion planteada por el

IMARPE y propone la ejecucion de la Operacion Eureka LXV, en el area y numero de embarcaciones MORDAZA indicada; y ademas senala que los volumenes de captura de anchoveta obtenidos seran descontados de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE) asignados a cada embarcacion; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de los Directores Generales de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2008PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto MORDAZA del Peru IMARPE, la ejecucion de la Operacion Eureka LXV, a partir de las 00:00 horas del dia 16 de diciembre hasta las 24:00 horas del dia 17 de diciembre de 2010, en el area maritima comprendida entre el 5° S (Paita) y 15° S (San Juan), con la participacion de cuarenta (40) embarcaciones de cerco, con permiso de pesca vigente para la extraccion del recurso anchoveta y que cuenten con Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE) asignado para la MORDAZA norte-centro, las que seran convocadas mediante publicacion en la pagina web del IMARPE. Articulo 2º.- La seleccion de las embarcaciones cerqueras estara a cargo del IMARPE, y para tal efecto, conforme al requerimiento, deberan contar con capacidad de bodega mayor a 270 m3, equipadas con red de cerco de 13 mm de tamano de malla. Articulo 3º.- El presupuesto total que demande la Operacion Eureka LXV sera cubierto por los armadores o empresas titulares de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras que hayan sido seleccionadas para ejecutar esta actividad cientifica. Articulo 4º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras que participen en la Operacion Eureka LXV, se encuentran obligados a cumplir las indicaciones y directivas que dicte el IMARPE en el MORDAZA de esta actividad. Asimismo, estan obligados a brindar las facilidades y acomodacion a bordo a dos (2) representantes del IMARPE, que efectuaran los trabajos de la distribucion equitativa y cumplimiento de los lances de comprobacion, asi como otras labores que se le asigne para esta actividad. Articulo 5º.- Los volumenes de captura del recurso anchoveta Engraulis ringens y anchoveta MORDAZA Anchoa nasus que se obtengan en el MORDAZA de la presente resolucion, seran descontados de su Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE) Norte-Centro asignado a la embarcacion pesquera para el ano 2010 en la Resolucion Directoral correspondiente. El registro de los volumenes de pesca de anchoveta sera contabilizado conforme lo establece la normatividad pesquera vigente. Articulo 6º.- Los recursos hidrobiologicos extraidos en el MORDAZA de la Operacion Eureka LXV, podran ser procesados en los establecimientos industriales pesqueros que cuenten con licencia de operacion vigente y con convenio vigente al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 279-2010-PRODUCE. Articulo 7º.- El IMARPE presentara, dentro de las veinticuatro (24) horas de concluida la operacion MORDAZA indicada, a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, el informe final con los resultados obtenidos en la presente ejecucion de la Operacion Eureka LXV, el mismo que sera difundido en la pagina web o MORDAZA electronico del IMARPE y del Ministerio de la Produccion. Articulo 8º.- Para el MORDAZA de asignacion de los perfiles por ejecutar, se realizara con la presencia de representantes oficialmente acreditados de las embarcaciones inscritas, en presencia de un notario publico, el dia miercoles 15 de diciembre a las 15:00 horas en la Sede Central de IMARPE. En caso hubiera dos o mas postulantes para un determinado perfil se procedera al sorteo respectivo; Articulo 9º.- Las inscripciones para la Operacion Eureka LXV, se efectuaran mediante Formato de Inscripcion disponible en la pagina web del IMARPE (www. imarpe.gob.pe), el cual debe enviarse al Fax 453-5053 o al mail mniquen@imarpe.gob.pe hasta las 14:00 horas del dia 15 de diciembre de 2010;

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