Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2010 (05/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 5 de enero de 2010

069-2008/MLV y Nº 085-2009/MLV, ampliando el criterio de incorporacion al referido regimen. Que, a efectos de propiciar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial y Arbitrios, y de esa forma comprender a la mayor cantidad de contribuyentes beneficiarios de dicho regimen, la Gerencia de Rentas ha estimado oportuno ampliar nuevamente el criterio de incorporacion a fin de darle oportunidad a los contribuyentes que estando incorporados se hubieran atrasado en sus pagos o para aquellos que haciendo un esfuerzo regularicen sus deudas tributarias; Que, de acuerdo al memorandum Nº 616-2009/ GR/MDLV la Gerencia de Rentas propone modificar la Ordenanza Nº 085-2009/MLV estableciendo que para ser incorporado al citado regimen, los contribuyentes deben haber cancelado la cuarta cuota del Impuesto Predial y Arbitrios del ano 2009, ademas de no tener deuda de periodos anteriores a dicho ejercicio; Que, lo solicitado por la Gerencia de Rentas obedece a la intencion de propiciar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias del impuesto predial y arbitrios municipales, por lo que en congruencia con ello este Concejo Municipal considera que es pertinente ampliar excepcionalmente el plazo de incorporacion al regimen del Vecino MORDAZA Puntual, por cuanto de esta forma se brinda un incentivo a la generalidad de contribuyentes; En atencion a lo expuesto, contando con la opinion favorable de la Gerencia deAsesoria Juridica mediante Informe Nº 616-09-GAJ/MLV y en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ el Concejo Municipal por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EXCEPCIONALMENTE EL REGIMEN DEL VECINO MORDAZA PUNTUAL Articulo Primero- Modificatoria Modifiquese el articulo 1º de la Ordenanza Nº 0852009/MDLV publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 17 de septiembre del 2009, la cual modifico la primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 0692008/MLV, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 16 de diciembre del 2008, el cual quedara redactado de la siguiente forma: Primera.- Excepciones al criterio de incorporacion en el ejercicio 2009 Con caracter excepcional, para la incorporacion al "Regimen del Vecino MORDAZA Puntual" en los ejercicios 2009 y 2010, no sera aplicable el articulo 3º inciso a) de la Ordenanza Nº 053-2008-MDLV, por lo que se considerara como criterio de incorporacion: a) Haber cancelado la cuarta cuota del Impuesto Predial y Arbitrios del ano 2009 hasta el 31 de diciembre del 2009. b) No mantener deuda pendiente por Impuesto Predial y Arbitrios de periodos anteriores a la cuarta cuota del ejercicio 2009 y de anos anteriores. Articulo Segundo.- Participacion del Regimen del Vecino MORDAZA Puntual Para mantenerse en el Regimen del Vecino MORDAZA Puntual durante el ejercicio 2010, el contribuyente VVP debera cancelar su cuarta cuota trimestral del Impuesto Predial y Arbitrios del 2009 y no mantener deuda de otros periodos a mas tardar, hasta el 31 de diciembre del 2009, asi como el pago de la 1ª cuota trimestral del Impuesto Predial y Arbitrios del ano 2010, dentro del plazo de vencimiento. Articulo Tercero.- Gerencias responsables Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Tecnologia de la Informacion en lo que corresponde a sus funciones. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan Beneficios Tributarios aprobados por la Ordenanza Nº 0142009-MDLP
DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2009-MDLP-ALC
La MORDAZA, 22 de diciembre del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado senala que "las "Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Asimismo, se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se establecen en el Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 014-2009-MDLP; se otorgo Beneficios de Regularizacion Tributaria, a fin de facilitar el pago de las deudas tributarias que tuvieran los contribuyentes del distrito; Que, en el Articulo Decimo MORDAZA de la Ordenanza Nº 014-2009-MDLP, se delega al Sr. MORDAZA las facultades para que, mediante Decreto de Alcaldia, prorrogue la vigencia del presente Beneficio en caso de ser necesario; Que, mediante Memorandum Nº 381-2009-GAT/ MDLP la Gerencia de Administracion Tributaria indica que es necesario prorrogar los Beneficios y disposiciones precisadas en la Ordenanza Nº 014-2009-MDLP dado que aun existen muchos contribuyentes que no han podido cumplir con sus obligaciones tributarias y, que prorrogando dichos beneficios lograremos tambien una mayor recaudacion, por lo cual solicita que la vigencia de la Ordenanza Nº 014-2009-MDLP; extienda hasta el 05/02/2010; Que, mediante Informe Nº 409-2009-GAJ/MDLP, la Gerencia de Asesoria Juridica opina que, resulta Procedente se apruebe via Decreto de Alcaldia, la prorroga hasta el 05/02/2010 del vencimiento de los beneficios tributarios y disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 014-2009-MDLP; Que, mediante Informe Nº 113-2009-GM-MDLP, la Gerencia Municipal remite al Despacho de Alcaldia, la documentacion MORDAZA senalada para la emision del acto administrativo; Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 05/02/2010 los Beneficios Tributarios y disposiciones aprobadas por Ordenanza Nº 014-2009-MDLP. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y a la Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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