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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de enero de 2010 410412 del artículo 1º del Decreto Ley Nº 25680, que dispuso la desconcentración y descentralización del Distrito Judicial de Lima, entre otros, en el Distrito Judicial de Lima Sur, en atención al considerable crecimiento demográfi co bajo la jurisdicción y competencia del Distrito Judicial de Lima y con la fi nalidad de brindar a la ciudadanía un mejor servicio de administración de justicia, en estricta observancia de la garantía constitucional procesal de la tutela jurisdiccional efectiva. Que, a través de la Resolución Administrativa Nº 269- 2008-CE-PJ, de fecha catorce de octubre del dos mil ocho, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, declaran como sede de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur al Distrito de Villa María del Triunfo, Provincia y Departamento de Lima. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 292- 2008-CE-PJ, de fecha dieciocho de noviembre del dos mil ocho, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se modifi có la jurisdicción del Distrito Judicial de Villa María de Triunfo, estableciéndose la conformación de las Salas Superiores mediante la reubicación y conversión de la Octava Sala Civil y Sexta Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima, en la Sala Civil y en Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 134- 2009-CE-PJ, de fecha veintitrés de abril del presente año, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante el cual disponen que las Salas Penal y Civil (con competencia en todas las materias excepto penal), a que se refi ere la Resolución Administrativa Nº 292-2008-CE-PJ, entren en funcionamiento como Salas Descentralizadas de la Corte Superior de Justicia de Lima, con sede en el Distrito de Villa María del Triunfo; así mismo dispone que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y la Gerencia General del Poder Judicial adopten las medidas para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Que, de lo expuesto, la Corte Superior de Justicia de Lima, en estricto cumplimiento de las resoluciones administrativas mencionadas en el considerando precedente, ve por conveniente proceder a conformar las Salas Descentralizadas de la Corte Superior de Justicia de Lima, con sede en Villa María del María del Triunfo, asimismo, los órganos juridisccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima que hayan sido afectados por la novísima Sala Descentralizada; en ese entendido , se encuentra facultado el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima a designar o reasignar a dichos Magistrados que cumplan con las exigencias establecidas para el ejercicio de la función jurisdiccional, en aplicación extensiva a lo establecido en los artículos 219º y 220º del Texto Único Ordenado del la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de Justicia en benefi cio de los justiciables; por consiguiente y en virtud de las facultades conferidas puede designar, promover, reasignar y/o dejar sin efecto las designaciones de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que integran la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la conformación de las Salas Descentralizadas de la Corte Superior de Justicia de Lima, con sede en el Distrito de Villa María del Triunfo, a partir del 04 de enero del 2010, de la siguiente manera: Sala Civil Descentralizada con sede en Villa María del Triunfo: Dra. Patricia Janeth Beltrán Pacheco Presidenta Dr. Juan Manuel Rossell Mercado T Dra. Irma Jiménez Vargas Machuca T Sala Penal Descentralizada con sede en Villa María del Triunfo: Dr. José Flores Valcárcel Presidente Dra. Liliana del Carmen Placencia Rubiños T Dra. Emperatriz Tello Timoteo T Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina de Personal, Oficina Distrital de Control de la Magistratura de Lima, Oficina de Administración Distrital y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 441419-1 Institucionalizan como lema de la actual gestión de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, los conceptos: “Celeridad y Transparencia” CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 03-2010-P-CSJL-PJ Lima, 4 de enero del 2010 Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia. Que, constituye clamor nacional expresado periódicamente por los grandes medios de difusión masiva el requerimiento de una Administración de Justicia con celeridad y transparencia. El Poder Judicial es uno de los pilares que sustenta la arquitectura del sistema democrático en que vivimos. Que, es elemental obligación de quienes conformamos el Poder Judicial dentro del Distrito Judicial de Lima ser consecuentes con ese clamor y estar a la altura de los ingresos que percibimos y a las exigencias gracias a un pueblo sumido en la necesidad y en la pobreza en sus grandes mayorías. Que, en concordancia con el mensaje presidencial a propósito de la apertura del Año Judicial 2010, resulta imperativo elevar a la categoría de lema institucional para la gestión presidencial vigente: “CELERIDAD Y TRANSPARENCIA”, que deberá ser consignado en todos los documentos ofi ciales inherentes al Distrito Judicial de Lima. Que, la instauración del referido lema constituye una muestra de sensibilidad social, pues conllevará institucionalmente a generar convicción colectiva en las autoridades del Distrito Judicial de Lima, magistrados de las distintas instancias y el personal jurisdiccional y administrativo, lo cual repercutirá favorablemente en la prospección de nuestra Corte hacia la colectividad en general. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los numerales 1) 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR como lema de la actual gestión de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, los conceptos: “CELERIDAD Y TRANSPARENCIA”. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 441420-1