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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de enero de 2010 411076 se encuentra en la Zona declarada por la UNESCO como Patrimonio Mundial; Que, de la evaluación del expediente administrativo, la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo, emitió el Acuerdo Nº 08 de fecha 16 de octubre de 2009, considerando que: el tradicional barrio de San Pedro constituye la forma de ocupación colonial del espacio urbano que determinó el carácter que presenta actualmente el Centro Histórico de Cusco; que el inmueble corresponde a una edifi cación de tipo de arquitectura civil doméstica, ubicado en el tradicional Barrio de San Pedro, presenta una tipología de vivienda patio-zaguán de la época colonial, sin embargo contiene elementos arquitectónicos pertenecientes a una arquitectura republicana, producto de posteriores modifi caciones. El terreno de forma irregular en “L”, se encuentra emplazado adecuándose a la topografía del lugar en desnivel y se ubica a una cuadra de la iglesia y convento de San Francisco, en el tradicional Barrio de San Pedro del Centro Histórico del Cusco; Que, el inmueble posee tres niveles, cuyo acceso al primer nivel es a través del zaguán, el mismo que conduce al patio principal de la vivienda el cual presenta arquerías en piedra con galerías, dos de las cuales se encuentran invadidas por ambientes que no constituyen parte de la fábrica original, existe un pasaje que conduce al huerto de la vivienda el que se encuentra en abandono; asimismo, en el primer nivel uno de los lados del patio principal corresponde a un muro ciego de piedra que probablemente corresponda a un muro de andén inca o bien a un muro de contención con piedras y trazo inca reutilizados. Al segundo nivel se accede a través de una escalera en “U” que conduce a las galerías con columnas de madera con zapatas y patio interior distribuyéndose los ambientes a través de este patio, los muros son de adobe y quincha recubiertos con estuco de arcilla y pintados de blanco, los techos son inclinados con cobertura de teja colonial artesanal. El tercer nivel se levanta en la zona norte de la vivienda, con una escalera desde el patio interior, corresponde a época republicana con un tratamiento austero. Que, la fachada principal del inmueble es de estilo neoclásico, se levanta modesta y plana sobre una base de un muro de piedra de parejo rústico, probablemente de inicios de la colonia, comprende dos cuerpos con escasos vanos rectangulares, el primero posee un pórtico de piedra en el ingreso principal. El segundo cuerpo posee 4 ventanas balcón; en general la tipología de la fachada es cerrada hacia la calle, en contraposición con el patio principal; Que, el inmueble fue vivienda del Presidente de la República del Perú, Valentín Paniagua Corazao, quien ejerció mandato durante el período 2000-2001. Que, asimismo el bien presenta características de valor arquitectónico, histórico, urbanístico y tecnológico correspondientes a la época colonial y republicana, por lo que amerita que se conserve y constituya como un bien integrante del patrimonio cultural de la Nación; Que, por los considerandos antes expuestos la Comisión aludida acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, se declare como bien integrante del patrimonio cultural de la Nación al inmueble ubicado en Calle Nueva Baja Nº 536 (antes Casa Nº 162 situada en la calle Nueva Baja Parroquia de San Pedro), distrito, provincia y departamento de Cusco; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director (e) de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de protección que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución de obras en bienes culturales inmuebles; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edifi caciones, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-ED. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR como bien integrante del patrimonio cultural de la Nación al inmueble ubicado en Calle Nueva Baja Nº 536 (antes Casa Nº 162 situada en la calle Nueva Baja Parroquia de San Pedro), distrito, provincia y departamento de Cusco, inscrita en la Partida Electrónica Nº 02017639 de la Ofi cina Registral Cusco, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Hacer de conocimiento a las autoridades locales y regionales la presente Resolución sobre la condición patrimonial del inmueble indicado en el artículo 1º, así como la normatividad y leyes de protección del Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo 3º.- Es obligación de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervención a realizarse en el inmueble antes citado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 444156-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban la nueva versión del Manual de Descripción de Puestos del OSITRAN PRESIDENCIA EJECUTIVA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 002-2010-PD-OSITRAN Lima, 8 de enero de 2010 El Presidente del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN; VISTOS: El Informe Nº 002-10-OPP-GG-OSITRAN de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y el Proyecto de Resolución que adjunta; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 006-2007-CD-OSITRAN del 10 de enero del 2007, modifi cada mediante la Resolución Nº 009-2009-CD- OSITRAN del 25 de marzo del 2009, se aprobó el Manual de Organización y Funciones - MOF de OSITRAN; Que, mediante Resolución Suprema Nº 338-2008-PCM de fecha 10 de diciembre de 2008, se aprobó el nuevo Cuadro de Asignación de Personal, CAP de OSITRAN; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 052- 2009-PD-OSITRAN de fecha 23 de diciembre de 2009, se aprobó la versión actual del Manual de Descripción de Puestos y Competencias – Clasifi cación de Cargos de la Entidad (MDP) de OSITRAN, que incorporaba especifi caciones para distintos cargos ajustándose a lo establecido en el Cuadro de Asignación de Personal aprobado mediante Resolución Suprema Nº 338-2008- PCM; Que, mediante el Informe Nº 002-10-OPP-GG- OSITRAN de vistos de fecha 8 de enero de 2010, la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, presentó y sustentó la propuesta de modifi cación del MDP; respecto a los cargos de Especialista en Atención al Usuario, Asistente de Presidencia, Analista de Gestión I, Auxiliar de Ofi cina