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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de enero de 2010 412246 aprobado por Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Núm. 057-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, al señor Dr. GENARO LINO MATUTE MEJÍA como Coordinador General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción creada por el Decreto Supremo Núm. 016-2010-PCM. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 451486-7 Autorizan viaje de Gerente General de OSIPTEL a la Confederación Suiza para participar en diversos eventos de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2010-PCM Lima, 27 de enero de 2010 Vista, la Carta Núm. 006-PD.RI/2010 del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; y, CONSIDERANDO: Que, por Circular C14/TDAG/CEO, la Ofi cina de Desarrollo de las Telecomunicaciones de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones - UIT ha invitado al Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL a participar en los siguientes eventos bajo su organización: la Octava Reunión del Grupo de Trabajo del Grupo Asesor de Desarrollo de las Telecomunicaciones - GADT, sobre Cuestiones del Sector Privado, el 22 de febrero de 2010; la Tercera Reunión del Grupo de Trabajo del GADT, sobre Desarrollo de Recursos Humanos, el 23 de febrero de 2010; y, la Décimo Quinta Reunión del GADT, los que se llevarán a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 24 al 26 de febrero de 2010; Que, el OSIPTEL entre el 9 y el 11 de setiembre de 2009, en la ciudad de Santa Marta, República de Colombia, ha participado a través de su Gerente General, en las reuniones preparatorias regionales para la Región de las Américas, organizadas por la Ofi cina de Desarrollo de las Telecomunicaciones de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones - UIT, en las que se coordinó a nivel regional los aspectos para el desarrollo de las telecomunicaciones, se evaluaron los avances de los proyectos actuales y futuros de la región, lográndose un compromiso con el proceso para la Conferencia Mundial de Desarrollo de las Telecomunicaciones del año 2010 - CMDT-10; Que, la Décimo Quinta Reunión del GADT y sus reuniones previas son de relevancia para el sector de las telecomunicaciones y regulación en el país, en la medida que en ellas se evaluarán los resultados de las seis reuniones preparatorias regionales para la Conferencia Mundial de Desarrollo de las Telecomunicaciones del año 2010 - CMDT-10; Que, en la medida que el OSIPTEL ha participado en las Reuniones Preparatorias Regionales para la Región de las Américas es necesario asegurar los avances y compromisos alcanzados con los resultados de la reuniones preparatorias celebradas en las otras regiones que forman parte de la UIT; y las reuniones del GADT son una oportunidad para ello; Que, las citadas reuniones del GADT buscan identifi car los asuntos de carácter regional y mundial que deben tratarse para impulsar el avance de las telecomunicaciones y de las tecnologías de la información, teniendo en cuenta las necesidades urgentes que afrontan los estados miembros y los miembros del sector; Que, asimismo, en los mencionados eventos del GADT se examinará la aplicación del Plan de Acción de Doha, con miras a proporcionar una contribución estratégica para la CMDT-10 que orientará la labor del Sector de Desarrollo de las Telecomunicaciones de la UIT durante los próximos cuatro años; Que, la presencia del OSIPTEL en estas reuniones es importante para analizar y debatir temas que son de interés institucional y preparatorios para la CMDT-10; Que, las funciones del OSIPTEL se insertan dentro de los objetivos del Sector de Desarrollo de las Telecomunicaciones de la UIT, al permitir que los benefi cios de las Tecnologías de la Información y Comunicación alcancen a todos los habitantes; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto y viáticos serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con lo establecido por la Ley Núm. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Núm. 047-2002-PCM; la Ley Núm. 29289, la Ley Núm. 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alejandro Jiménez Morales, Gerente General del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 20 al 27 de febrero de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Viáticos US$ 1 820,00 Pasajes US$ 2 150,94 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 451486-8 AGRICULTURA Establecen requisitos zoosanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de leche y productos lácteos de la especie bovina, de origen y procedencia Colombia RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 004-2010-AG-SENASA-DSA La Molina, 22 de enero de 2010