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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de enero de 2010 412263 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Arequipa y Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 006-2010/SBN-GO-JAR San Isidro, 18 de enero de 2010 Visto el Expediente N° 005-2010/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 21 842 167,54 m², ubicado en el kilómetro 1028 de la Carretera Arequipa - Tacna, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 21 842 167,54 m², ubicado en el kilómetro 1028 de la Carretera Arequipa - Tacna, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Informe Técnico N° 2121-2009-Z.R.N° XII/ OC-BC de fecha 26 de octubre de 2009, la Zona Registral XII – Sede Arequipa, señala que el terreno se encuentra en zona en que las bases gráfi cas - matriz total y comunidades campesinas - no tienen anotaciones de inscripciones registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 15 de octubre de 2009, se verifi có que el citado terreno es de naturaleza eriaza, con suelo de textura arenosa, con topografía plana; asimismo se observó que no existe ningún tipo de construcción; Que, no obstante la transferencia de competencias efectuada a favor del Gobierno Regional de Arequipa, en materia de la administración de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, al expedirse la Ley N° 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en la Primera Disposición Complementaria se ha precisado que los predios del Estado identifi cados como de alcance nacional y los comprendidos en proyectos de interés nacional, permanecerán bajo competencia de la SBN y/o de la entidad titular del bien o responsable del proyecto, de conformidad con la normatividad vigente y lo establecido en el Reglamento de la citada Ley; Que, con Ofi cio N° NC-73-SBBI-N°0587 del 05 de junio de 2009, el Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea del Perú, indica que el referido predio es colindante con el área que ocupa la Base Aérea de La Joya, área destinada a la Defensa Nacional, por lo que según señala, resulta urgente contar con el mismo para dar seguridad a la Base Aérea mencionada; Que, de conformidad con el inciso f) del artículo 14° de la Ley N° 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, constituye una función y atribución exclusiva de esta Superintendencia, identifi car y disponer la reserva de los bienes de alcance nacional para desarrollar proyectos de interés nacional; Que, según prescribe el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 21 842 167,54 m²; de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, y la Directiva N° 001- 2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva N° 003-2004/SBN, aprobada por Resolución N° 014-2004, que regula el trámite de inscripción de primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Resolución N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono, con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la SBN y Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0018-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 14 de enero de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 21 842 167,54 m², ubicado en el kilómetro 1028 de la Carretera Arequipa - Tacna, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.- EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 450407-1 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 007-2010/SBN-GO-JAR San Isidro, 20 de enero del 2010 Visto el Expediente N° 236-2009/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 7 587,95 m2, ubicado frente a la Avenida Los Portales s/n, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de naturaleza eriaza de 7 587,95 m2, ubicado frente a la Avenida Los Portales s/n, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Informe Técnico Nº 9674-2008- SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 10 de noviembre de 2008, la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº XI - Sede Lima, señala que el terreno en consulta se encuentra en zona donde no se aprecia información con antecedentes gráfi cos registrales;