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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2010 (30/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de enero de 2010 412478 ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LOS PLAZOS DEL BENEFICIO POR PAGO ADELANTADO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2010 Y LA FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL MES DE ENERO DE 2010 Artículo 1. Modifíquese los plazos para acogerse a los benefi cios establecidos en la sexta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal Nº 000070-2009, conforme a los siguientes términos: “Sexta.- Benefi cio por pago adelantado Los contribuyentes que hasta el 15 de Febrero de 2010, opten por la cancelación total de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2010, tendrán un descuento del 8% sobre el monto de la deuda insoluta de dicho ejercicio. En caso de producirse, dicha cancelación total entre el 16 de Febrero de 2010 y el 27 de Febrero de 2010, los contribuyentes obtendrán el 5% de descuento sobre el monto insoluto de dicho año”. Artículo 2. Modifíquese la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal Nº 000070- 2009, en cuanto al vencimiento del pago de los arbitrios municipales del mes de Enero de 2010, por el siguiente texto: MES FECHA DE VENCIMIENTO ENERO 27/02/10 Artículo 3. Facultades Reglamentarias Facúltese al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, para que mediante Decreto Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 452401-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA Aprueban habilitación urbana para uso residencial de terreno ubicado en el Fundo Moyopampa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 033-2010-MDSE Santa Eulalia, 13 enero del 2010. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA PROVINCIA DE HUAROCHIRI VISTO; el Expediente Técnico presentado por la Asociación de Propietarios Vista Alegre, registrado con Nº 1293-2009, a fi n de que se apruebe la Habilitación Urbana, para uso Residencial del terreno de 73,003.28 metros cuadrados, ubicado en el Fundo Moyopampa zona Norte y Sur, Jurisdicción del Distrito de Santa Eulalia Provincia de Huarochirí, Departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Habilitación Urbana es el procedimiento que implica el cambio de uso del predio rústico o eriazo a urbano, dotándolo de los servicios básicos indispensables, área de equipamiento para recreación pública y servicios públicos complementarios; Que, en la Inspección Ocular practicada por el área técnica de la Administración Municipal se verifi có que la mayoría de los lotes se encuentran asentados con casas de material noble, encontrándose algunas construcciones hasta de tres pisos, los cuales cuentan con sistema de agua y sistema de Alcantarillado con tubería de 8”, los cuales se encuentran en perfecto estado de funcionamiento; Que, la Asociación ha cumplido con presentar los documentos requeridos para el presente trámite por la Ley Nº 26878, por lo que se concluye que el presente trámite es procedente, indicándose asimismo que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos y con cancelar los derechos administrativos estipulados por el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigentes; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo 11 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas y el Reglamento de Construcciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Habilitación Urbana para uso Residencial del terreno de 73,003.28 metros cuadrados, en el Fundo Moyopampa, Jurisdicción del Distrito de Santa Eulalia Provincia de Huarochirí, Departamento de Lima, conforme al plano de lotización (lámina A-1) y el siguiente cuadro de áreas: AREA BRUTA DEL TERRENO 73,003.28 m2. AREA AFECTADA ZONIFICACIÓN 73,003.28 m2. AREA PARA APORTES REGLAMENTARIOS • Ministerio de Educación (1.1 %) 800.00 m2. • SERPAR (10.61 %) 7,477.21 m2. NOTA: (*) Existe un défi cit de 660.07 m2. (0.9 %) en el Aporte Reglamentario para Ministerio de Educación. (**) Existe un défi cit de 286.15 m2. (0.39 %) en el Aporte Reglamentario para SERPAR. • DISTRIBUCIÓN DEL AREA UTIL DE VIVIENDAS: El Área Útil de Viviendas se distribuye de la siguiente manera: CUADRO RESUMEN MANZANA AREA (m2) TOTAL A 5,817.75 m2. B 9,850.00 m2. C 9,614.21 m2. D 8,499.15 m2. E 8,347.50 m2. F 5,991.48 m2. G 2,147.12 m2. H 5,084.21 m2. 50,267.21 m2. AREA DE AVENIDAS Y CALLES 14,991.86 m2. AREA DE PARQUES Y ZONA DEPORTIVA (H) 7,744.21 m2. AREA TOTAL 73,003.28 m2. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el plazo de 30 días contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Tercero.- REMITIR a la Municipalidad Provincial de Huarochirí para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ELIAS TOLEDO ESPINOZA Alcalde 451503-1