Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2010 (30/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de enero de 2010 412470 VISTO, el Codifi cado Nº 44435-2009, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Chorrillos, remite los actuados administrativos conteniendo la Resolución Gerencial Nº 352/2009-GODU-MDCH, de fecha 23 de octubre de 2009, aprobando la Habilitación Urbana Nueva, solicitada por la empresa VLT TRADING S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Gerencial Nº 352/2009- GODU-MDCH, de fecha 23 de octubre de 2009 (fs.122 al 129), expedida por la Municipalidad Distrital de Chorrillos, se resuelve Aprobar de conformidad con el Plano signado con el Nº 006-2009-MDCH-GODU-SGCHU, el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva, para Uso Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB), del terreno de 18,971.680 m², constituido por la Sub Sección D-1-B, Sección “D”, del ex Fundo Santo Toribio de Mogrovejo, del Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima; Que, con Informe Nº 163-2009-MML-GDU-SPHU- DRD, de fecha 23 de diciembre de 2009 (fs.142 al 144), la División de Revisión de Diseño de ésta Subgerencia manifi esta, que la presente Habilitación Urbana Nueva, para Uso Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB), del terreno de 18,971.68 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Chorrillos, mediante la Resolución Gerencial Nº 352/2009-GODU-MDCH, de fecha 23 de octubre de 2009, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 1044- MML, Nº 341-MML y Nº 836-MML, y al Planeamiento Integral de la zona, conforme al Plano signado con el Nº 070-2001- MML-DMDU-DHU, aprobado mediante Resolución Nº 053- 2001-MML/DMDU/DHU, de fecha 08 de agosto de 2001, expedida por ésta Corporación, la misma que se encuentra inscrita registralmente, respecto a las secciones viales aprobadas; Que, mediante Informe Nº 249-2009-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 23 de diciembre (fs. 145 al 147), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad del terreno de 18,971.68 m², materia del presente trámite de Habilitación Urbana, a favor de la empresa VLT TRADING S.A.; el mismo que consta inscrito en la Partida Nº 11340650, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima (fs. 14 al 17); de igual manera la administrada ha acreditado su condición de persona jurídica y la representatividad de la misma, conforme consta en la Partida Nº 03027812 (fs. 18 y 19); en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señaladas en los Informes Nº 163-2009-MML-GDU-SPHU- DRD y Nº 249-2009-MML-GDU-SPHU-AL, ambas de fecha 23 de diciembre de 2009, respectivamente; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer La Conformidad de la Resolución Gerencial Nº 352/2009-GODU-MDCH, de fecha 23 de octubre de 2009, expedida por la Municipalidad Distrital de Chorrillos; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 1044-MML, Nº 341-MML, Nº 786-MML, Nº 836-MML, Nº 812-MML, Nº 916-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079, Resolución Nº 053-2001-MML/ DMDU/DHU, de fecha 08 de agosto de 2001 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución Gerencial Nº 352/2009-GODU-MDCH, de fecha 23 de octubre de 2009, expedida por la Municipalidad Distrital de Chorrillos, que resuelve Aprobar de conformidad con el Plano signado con el Nº 006-2009-MDCH-GODU- SGCHU, el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva, para Uso Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB), del terreno de 18,971.68 m², constituido por la Sub Sección D- 1-B, Sección “D”, del ex Fundo Santo Toribio de Mogrovejo, del Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la empresa VLT TRADING S.A.; y a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROSA CACERES VALENCIA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 451582-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ate DECRETO DE ALCALDÍA N° 003 Ate, 22 de enero de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO el Informe Nº 014 -2010-MDA/OGP de la Ofi cina General de Planifi cación; el Informe Nº 046-2010- MDA/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; sobre la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) adecuándolo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1014 e implementando la Ordenanza N° 159-MDA y el Proveído N° 262-2010/MDA/ GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 28607, señala que las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo dispuesto en el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1014, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”, el 16 de mayo del 2008, se establecieron medidas para propiciar la inversión en materia de servicios públicos y obras públicas de infraestructura y que las disposiciones contenidas en el citado Decreto son aplicables a las empresas privadas y entidades del sector público que realizan la prestación de servicios públicos esenciales, entre los que incluye el agua potable y alcantarillado. Que el artículo 4° de la precitada norma, dispone la eliminación de trabas burocráticas en el acceso a los servicios públicos, señalando que las autoridades de cualquier nivel de gobierno, al establecer montos por derecho de tramitación para los procedimientos administrativos para acceso o conexión domiciliaria, a los usuarios y operadores de los servicios públicos, no podrán establecer montos mayores al 1% (uno por ciento) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente por dicho concepto.