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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de enero de 2010 412476 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban regularización de habilitación urbana ejecutada para uso residencial de predio ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 023-2010-GM/MDSMP San Martín de Porres, 14 de enero de 2010 VISTO: El Expediente Nº 22292 (24/04/2007), 50030 (06/11/2007), 37889 (05/08/2008), 41337-01-2009 (30/09/2009) y sucedáneos, promovidos por la Cooperativa de Vivienda Huaytapallana Limitada, sobre Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada; CONSIDERANDO: Que, a través del Expediente Nº 22292 (24/04/2007), 50030 (06/11/2007), 37889 (05/08/2008), 41337-01- 2009 (30/09/2009) y sucedáneos, la Cooperativa de Vivienda Huaytapallana Limitada, peticiona la aprobación de la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Zonal (CZ) y Comercio Vecinal (CV) del predio de 21,769.34 m2, Sub Parcela 1 de la Parcela Nº 10343, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, inscrita a favor de la citada cooperativa en el Asiento C de la Partida Nº 11990532 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima; Que, con el Acuerdo de la Comisión Técnica de fecha 27 de octubre de 2009 (Sesión Nº 010-2009), la Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, emitió dictamen favorable para aprobar la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada del predio descrito en el párrafo precedente, el mismo que tendrá un Uso Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Zonal (CZ) y Comercio Vecinal (CV), en razón al cual por RDM se estableció un área útil de 895.33 m2 (7%) como aporte por Recreación Pública, un área útil de 255.81 m2 (2%) como aporte por Municipalidad Distrital (Público), un área útil de 127.90 m2 (1%) como aporte por Renovación Urbana, un área útil de 255.81 m2 (2%) como aporte por Ministerio de Educación y un área útil de 255.81 m2 (2%) como aporte por SERPAR; por CZ se determinó un área útil de 81.75 m2 (2%) como aporte por Municipalidad Distrital (Público), un área útil de 122.62 m2 (3%) como aporte por Renovación Urbana, y un área útil de 204.37 m2 (5%) como aporte por SERPAR, y; por CV se fi jó un área útil de 72.47 m2 (2%) como aporte por Municipalidad Distrital (Público), un área útil de 108.70 m2 (3%) como aporte por Renovación Urbana, y un área útil de 181.17 m2 (5%) como aporte por SERPAR; donde acumulativamente se evidenció un défi cit de 410.03 m2 como aporte por Municipalidad Distrital (Pública), 359.22 m2 como aporte por Renovación Urbana, 255.81 m2 como aporte por Ministerio de Educación, y 106.16 m2 como aporte por SERPAR, que deberán redimirse en dinero en su integridad antes de la recepción de la obra; Que, de la inspección ocular efectuada por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, en el área de terreno materia del presente procedimiento administrativo, se observó que existe el cien por ciento (100%) de viviendas construidas en función a los lineamientos establecidos en la Resolución Ministerial Nº 179-99-MTC, y que cuenta con obras de alumbrado público, instalación de red domiciliaria, agua potable, alcantarillado, calzadas, parte de las aceras, ornamentación de parque y señalización, que implica considerar la existencia de una Habilitación Urbana Ejecutada, en cuyo procedimiento administrativo, para su regularización, se verifi có la concurrencia de los requisitos y condiciones legales, que sustentarían su aprobación, tal como se colige del Informe Nº 0001- 2010-SGCyHU-GDU-MDSMP de fecha 04 de enero de 2010; Estando a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley General de Habilitaciones Urbanas – Ley Nº 26878 y Reglamento Nacional de Construcciones, así como de conformidad a lo previsto en el literal a) del Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 136-2009/MDSMP de fecha 19 de marzo de 2009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Zonal (CZ) y Comercio Vecinal (CV) del predio de 21,769.34 m2, Sub Parcela 1 de la Parcela Nº 10343, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, inscrita a favor de la citada cooperativa en el Asiento C de la Partida Nº 11990532 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, que deberá sujetarse al Plano de Lotización Nº 063-2009-DHUC-GDU/MDSMP y la Memoria Descriptiva debidamente aprobada por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Cooperativa de Vivienda Huaytapallana Limitada para que, dentro de los tres (03) meses de notifi cado el presente acto administrativo, ejecute las obras necesarias para culminar con su Habilitación Urbana, como es la obra de aceras, de manera integridad, el cual deberá sujetarse a los planos debidamente aprobados por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, así como a las características y especifi caciones técnicas siguientes: El diseño se hará según los cuadros siguientes: CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCIÓN ÁREA (m2) Área Bruta del Terreno 21,769.34 Área Afecta Vía Metropolitana 1,268.07 Área Afecta a Aportes 20,501.27 Área Útil 12,149.74 Área para Parques Zonales 534.19 Área para Parque 2,280.28 Área de Compensación* 34.60 * Resultado de la cesión efectuada entre la Cooperativa de Vivienda Huaytapallana Limitada y la Asociación de Vivienda Señor de Los Milagros, de manera viceversa, cuyo plano de compensación deberá presentarse y aprobarse antes en la etapa de recepción de obras. CUADRO RESUMEN DE MANZANAS MANZANA LOTES ÁREA (m2) N 1 al 26 5,302.39 O 1 al 29 4,413.95 P 1 al 19 2,433.40 TOTAL 74 12,149.74 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS ORDENANZA Nº 836-MML 15/09/2005 APORTES RDM CZ CV ÁREA REGLAMEN- TARIA PRO- PUESTA DÉFICIT % ÁREA (m2) % ÁREA (m2) % ÁREA (m2) ÁREA (m2) ÁREA (m2) ÁREA (m2) R e c r e a c i ó n Pública 7 895.33 - - - - 895.33 2,280.28 - SERPAR 2 255.81 5 204.37 5 181.17 641.35 535.19 106.16 R e n o v a c i ó n Urbana 1 127.90 3 122.62 3 108.70 359.22 359.22