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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2010 (30/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de enero de 2010 412464 sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme lo contempla el artículo 39º de la norma acotada; Que, el Consejo Regional de Amazonas en un acto democrático, plasmado en la Sesión Ordinaria Nº 001 de fecha 06 de enero del dos mil diez, por mayoría simple de sus miembros ha elegido al Consejero Delegado para el período 2010, conforme a Ley, recayendo el cargo en el señor Consejero Regional por la provincia de Chachapoyas Dr. Rolando RAMOS CHUQUIMBALQUI, siendo esto así y con las facultades conferidas por el artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, el Consejo Regional por mayoría simple; ACORDO: Artículo Primero.- DESIGNAR, al Dr. Rolando RAMOS CHUQUIMBALQUI, Consejero por la Provincia de Chachapoyas, como CONSEJERO DELEGADO del Consejo Regional Amazonas, para el período comprendido entre el 06 de enero del 2010 hasta el 31 de diciembre del año 2010; Artículo Segundo.- DISPONER, el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta; Artículo Tercero.- PUBLICAR, el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Firmaron: Ing. Oscar Ramiro ALTAMIRANO QUISPE, Presidente del Gobierno Regional Amazonas; Dr. Rolando RAMOS CHUQUIMBALQUI, José Santos RAMIREZ ZEGARRA, Levi TIWI PUJUPAT, Antun KUJI JAWIAN, Mariano HERNANDEZ ESCALANTE, Manuel SALAZAR MONTOYA y Marina del Carmen MARQUINA DE OCAMPO. POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado Gobierno Regional de Amazonas 451524-1 Aprueban las Comisiones Ordinarias de Consejo Regional para el año 2010 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 002-2010-GRA/CR-SO En Sesión Ordinaria Nº 001 del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas de fecha 06 de enero del dos mil diez, llevada a cabo en la provincia de Chachapoyas sede del Gobierno Regional Amazonas y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Que, el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la ley Nº 27902, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo establecido con el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902, indica; Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos institucionales; Que, el inciso o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la Ley Nº 29053 en concordancia con el inciso o) del artículo 14º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Amazonas, establece que es atribución del Presidente Regional ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, en concordancia con el artículo 78º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 207-2008-GRA/CR, establece: Que en la primera Sesión Ordinaria de cada año, el Consejo Regional elige a los miembros de cada Comisión Ordinaria, aplicando los principios de pluralidad, equidad, proporcionalidad y especialidad. Ningún miembro del Consejo Regional podrá integrar más de cuatro Comisiones ni menos de dos, debiendo presidir solo una de ellas y; Siendo esto así, el Pleno del Consejo Regional, con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; ACORDO: Artículo Primero.- APROBAR, las Comisiones Ordinarias de Consejo Regional para el año 2010, quedando de la siguiente manera: COMISIÓN ORDINARIA DE FISCALIZACIÓN: 1. Marina del Carmen MARQUINA DE OCAMPO. 2. Mariano HERNANDEZ ESCALANTE. 3. Manuel SALAZAR MONTOYA. COMISIÓN ORDINARIA DE PLANEAMIENTO: 1. Manuel SALAZAR MONTOYA. 2. Levi TIWI PUJUPAT. 3. Mariano HERNANDEZ ESCALANTE. COMISIÓN ORDINARIA DE INFRAESTRUCTURA: 1. Mariano HERNANDEZ ESCALANTE. 2. Manuel SALAZAR MONTOYA. 3. Marina del Carmen MARQUINA DE OCAMPO. COMISIÓN ORDINARIA DE DESARROLLO SOCIAL: 1. José Santos RAMIREZ ZEGARRA. 2. Marina del Carmen MARQUINA DE OCAMPO. 3. Rolando RAMOS CHUQUIMBALQUI. COMISIÓN ORDINARIA DE CONSTITUCIÓN, NORMAS, ASUNTOS LEGALES Y DESCENTRALIZACIÓN: 1. Rolando RAMOS CHUQUIMBALQUI. 2. José Santos RAMIREZ ZEGARRA. 3. Antun KUJI JAWIAN. COMISIÓN ORDINARIA DE RECURSOS NATURALES Y GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE: 1. Antun KUJI JAWIAN 2. Rolando RAMOS CHUQUIMBALQUI. 3. Levi TIWI PUJUPAT. COMISIÓN ORDINARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PROMOCIÓN DE INVERSIONES: 1. Levi TIWI PUJUPAT 2. Antun KUJI JAWIAN. 3. José Santos RAMIREZ ZEGARRA. Artículo Segundo.- PUBLICAR, el presente Acuerdo en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Firmaron: Ing. Oscar Ramiro ALTAMIRANO QUISPE, Presidente del Gobierno Regional Amazonas; Dr. Rolando RAMOS CHUQUIMBALQUI, José Santos RAMIREZ ZEGARRA, Levi TIWI PUJUPAT, Antun KUJI JAWIAN, Mariano HERNANDEZ ESCALANTE, Manuel SALAZAR MONTOYA y Marina del Carmen MARQUINA DE OCAMPO. POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado 451526-1