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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (12/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de febrero de 2010 413704 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 124-2010-DE/SG Lima, 10 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 0072 de fecha 25 de enero de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América realizará coordinaciones con personal involucrado en operaciones de paz del Centro de Operaciones de Paz (CECOPAZ) del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en apoyo del programa de Iniciativa Global de Operaciones (GPOI); Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, al MAYOR ANDRES FIGUEROA JR del Ejército de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, para realizar coordinaciones con personal involucrado en operaciones de paz del Centro de Operaciones de Paz (CECOPAZ) del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en apoyo del programa de Iniciativa Global de Operaciones (GPOI), del 12 de febrero al 29 de setiembre de 2010. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 457134-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Índices de Distribución del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea - FOCAM, correspondientes al año 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 081-2010-EF/15 Lima, 10 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28451 crea el Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM como un fondo intangible destinado a contribuir al desarrollo sostenible de los departamentos por donde pasan los ductos principales conteniendo los hidrocarburos de los Lotes 88 y 56; Que, el artículo 2º de la mencionada Ley establece que constituyen recursos del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM, el 25% de las regalías que corresponden al Gobierno Nacional provenientes de los Lotes 88 y 56, luego de efectuadas las deducciones derivadas del pago del Canon Gasífero al que se refi ere el artículo 11º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 042- 2005-EF, Reglamento de la Ley de creación del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM, precisa que dicho fondo se compone del 25% de los recursos que corresponden al Gobierno Nacional de las regalías procedentes de los Lotes 88 y 56, luego de efectuado el pago del Canon Gasífero y otras deducciones correspondientes a PERUPETRO S.A., OSINERGMIN, y el Ministerio de Energía y Minas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 28451 establece los porcentajes de distribución del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28451, incluido por la Ley Nº 28622, establece que el gobierno regional, los gobiernos locales de las provincias de Atalaya, Coronel Portillo, Padre Abad y Purús, y las universidades públicas del departamento de Ucayali son benefi ciarios del 2,5% del total de los ingresos que recibe el Estado peruano por concepto de regalías, y establece los porcentajes de distribución; Que, en los artículos 4º y 5º del Decreto Supremo Nº 042-2005-EF, modifi cados por el Decreto Supremo Nº 185-2005-EF, se contempla los porcentajes y criterios de distribución de los recursos del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades públicas de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Ica, Ucayali y Lima, excluyendo a Lima Metropolitana y se establece que los índices de distribución se determinarán anualmente mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, para las transferencias a efectuarse en el mes de enero de cada año; Que, mediante los Ofi cios Nºs. 057-2010-EM/VME, 090- 2010-INEI/DTDIS y 063-2010-SE-DGPU/DE, el Ministerio de Energía y Minas, el Instituto Nacional de Estadística e Informática y la Asamblea Nacional de Rectores, respectivamente, han remitido la información acerca de las circunscripciones por las que atraviesa el sistema de transporte desde Camisea a Lima y su longitud en cada jurisdicción, la información estadística disponible de población, Necesidades Básicas Insatisfechas y superfi cie, así como la relación de universidades públicas con su respectiva ubicación geográfi ca; Que, en ese sentido resulta necesario aprobar los Índices de Distribución del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM del año 2010; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28451 y el Decreto Supremo Nº 042-2005-EF y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébense los Índices de Distribución del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM correspondientes al año 2010, a ser aplicados a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades Públicas de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Ica, Ucayali y Lima, exceptuando Lima Metropolitana, conforme a los Anexos Nº 1 y Nº 2 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Los Anexos Nº 1 y Nº 2 a que se refi ere el Artículo 1º serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe/DGAES/DistribucionRecursos/FOCAM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 457245-1