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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (14/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de febrero de 2010 413863 funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 457885-4 Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Bélgica para participar en la IX Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú con la Unión Europea RESOLUCIÓN SUPREMA N° 060-2010-RE Lima, 13 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, la VIII Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú con la Unión Europea tuvo lugar en la ciudad de Lima, del 18 al 23 de enero de 2010; habiéndose reunido las mesas de Agricultura, Reglas de Origen, Propiedad Intelectual, Servicios e Inversiones, Asuntos Institucionales y Solución de Controversias y Desarrollo Sostenible, produciéndose grandes avances que contribuirán con el cierre y culminación del proceso de negociación en una próxima ronda. Que, durante la próxima ronda se tiene previsto abordar temas sensibles de signifi cativa importancia para nuestro país y que aún no han sido resueltos como elementos esenciales, reglas de origen para la pesca marina, desarrollo sostenible, CETICOS y draw-back; las partes convinieron llevar a cabo la IX Ronda de Negociaciones del mencionado acuerdo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 22 al 26 de febrero de 2010; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Subsecretaría de Asuntos Económicos Nº SAE0065/2010, de 01 de febrero de 2010; y el Memorándum de la Dirección de Finanzas Nº FIN0073/2010, de 08 de febrero de 2010, que certifi ca la disponibilidad presupuestal para el presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modifi catoria la Ley Nº 28807, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viaje; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 22 al 26 de febrero de 2010, a fi n que participen en la IX Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú con la Unión Europea: • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Antonio Pomareda Montenegro, Director General de la OMC y Negociaciones Económicas Internacionales de la Subsecretaría de Asuntos Económicos; • Consejera en el Servicio Diplomático de la República Milagros Elena Miranda Rojas, funcionaria de la Dirección General de la OMC y Negociaciones Económicas Internacionales de la Subsecretaría de Asuntos Económicos; y, • Doctor Juan José Ruda Santolaria, Asesor Jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 – Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiéndose rendir cuentas documentadas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económ US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Jaime Antonio P o m a r e d a Montenegro 2,325.00 260.00 5+2 1,820.00 31.00 Milagros Elena Miranda Rojas 2,325.00 260.00 5+2 1,820.00 31.00 Juan José Ruda Santolaria 2,325.00 260.00 5+2 1,820.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión de servicios, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 457885-5 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Colombia para participar en la III Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Política (2+2) Perú - Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 061-2010-RE Lima, 13 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, en la Declaración Conjunta suscrita por los Presidentes de la República del Perú y Colombia, el 28 de marzo de 2007, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se decidió crear el Mecanismo de Consulta y Coordinación Política (2+2), integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa de ambos países, con el propósito de desarrollar una mayor cooperación