Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2010 (14/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de febrero de 2010

Aprueban la homologacion de equipos analizadores de gases a favor de Igardi Herramientas S.A. y disponen expedir los certificados correspondientes
RESOLUCION DIRECTORAL N° 001-2010-MTC/16
MORDAZA, 8 de enero de 2010 Vistas, las solicitudes presentadas por IGARDI HERRAMIENTAS S.A., a fin que se le conceda la homologacion del Analizador de Gases, MORDAZA Tecnotest, modelo Stargas 898 y del Analizador de Gases, MORDAZA Brain Bee Automotive, modelo AGS-688 para la medicion de emisiones vehiculares; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, se establecieron los Limites Maximos Permisibles de emisiones contaminantes de vehiculos automotores que circulen en la Red Vial, determinandose la obligacion de homologar y autorizar los equipos a ser usados en el Control Oficial de estos limites por las autoridades competentes, a fin de asegurar la calidad y confiabilidad de las mediciones para dicho control; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC del 28 de febrero de 2002, se establecio el procedimiento para homologacion y autorizacion de equipos a utilizarse en el control oficial de limites maximos permisibles de emisiones contaminantes para vehiculos automotores, cuyo articulo 4º y siguientes preven el procedimiento de homologacion, determinando los requisitos a seguir a fin de que se otorgue; Que, en virtud del Decreto Supremo N° 014-2003MTC, se modifico el mencionado Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC, en cuanto las acciones correspondientes a la Direccion General de Medio Ambiente del ex Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion fueron transferidas a la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. presento dos solicitudes de homologacion una mediante P/D Nº 150057 y la otra con P/D Nº 150072, por lo que atendiendo a lo dispuesto por el articulo 116.2 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se ha procedido a acumular la solicitudes en un solo escrito siempre que se trate de asuntos conexos que permitan tramitarse y resolverse conjuntamente (...); Que, de acuerdo con el Informe Nº 702-2009MTC/16.01 de la Direccion de Gestion Ambiental se ha precisado que los equipos sub examine cumplen con los requisitos tecnicos establecidos en el Anexo Nº 3 Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC; en igual sentido, el Informe Nº 001-2010-MTC/16.CIM senala que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos legales contenidos en el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; De conformidad con la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007MTC, Decreto Supremo N° 033-2001-MTC, Decreto Supremo N° 047-2001-MTC, Decreto Supremo N° 007-2002-MTC y Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; SE RESUELVE: Articulo 1°.- APROBAR la homologacion de los equipos Analizador de Gases, MORDAZA Tecnotest, modelo Stargas 898, con Ficha de Homologacion Nº 018-G, Codigo N° G-016-2010-DGASA-MTC, expidiendose el Certificado N° 033 y del Analizador de Gases, MORDAZA Brain Bee Automotive, modelo AGS-688, con Ficha de Homologacion Nº 019-G, Codigo N° G-017-2010-DGASA-MTC, expidiendose el Certificado N° 034 a favor de la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. Dicha aprobacion tiene vigencia de dos (02) anos contados desde la publicacion de la presente Resolucion Directoral, siendo pasible de ser renovada a solicitud de parte y encontrandose sujeta a las acciones que realice la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, en el cumplimiento de sus funciones.

Articulo 2°.- EXPEDIR a favor de la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A., los Certificados Nº 033 y 034 correspondientes a los equipos senalados en el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3°.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolucion Directoral, cuyo costo, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC, debera correr por cuenta de la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. Articulo 4°.- El uso del equipo homologado requerira de la previa Autorizacion de Uso, emitida por esta Direccion General, para efectuar el Control Oficial de los Limites Maximos Permisibles de conformidad con los articulo 15º y siguientes del Decreto Supremo Nº 0072002-MTC. Articulo 5°.- El titular esta obligado a comunicar los cambios o modificaciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformacion o funcionamiento, asi como en la informacion presentada para esta autorizacion, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NATTY MORDAZA MORDAZA Directora General Direccion General de Asuntos Socio Ambientales

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Rectifican error material incurrido en la R.D. N° 249-2008-MTC/12
RESOLUCION DIRECTORAL N° 005-2010-MTC/12
MORDAZA, 6 de enero del 2010 Vista, la solicitud de TAM LINHAS AEREAS sobre rectificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 249-2008MTC/12 del 18 de diciembre del 2008, se concedio a TAM LINHEAS AEREAS, Permiso de Operacion de Aviacion Comercial para el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; Que, mediante documento de Registro Nº 042230 del 06 de MORDAZA del 2009, TAM LINHAS AEREAS solicito la rectificacion de la razon social consignada en la citada Resolucion Directoral, por haberse consignado erroneamente la letra "E" en la palabra "LINHEAS"; Que, la citada Resolucion incurre en un error material al haber consignado erroneamente la razon social de TAM LINHAS AEREAS, debiendo omitirse la letra "E" de la palabra "LINHEAS"; Que, el Articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, contempla la rectificacion de errores, senalando que el error material o aritmetico en los actos administrativos puede ser rectificado con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, visto el error material consignado en la Resolucion Directoral N° 249-2008-MTC/12 del 18 de diciembre del 2008, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, demas disposiciones legales vigentes: SE RESUELVE: Articulo 1°.- Rectificar con efecto retroactivo, el error material incurrido en la Resolucion Directoral N° 249-2008MTC/12 del 18 de diciembre del 2008, que otorgo a TAM LINHEAS AEREAS Permiso de Operacion para el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, precisandose que la razon social de la compania es TAM LINHAS AEREAS. Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion

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