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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2010 (01/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de julio de 2010 421535 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 071-2010-MDP/C DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2010-MDP/C Pachacámac, 1 de junio del 2010 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, precisa que las Municipalidades Provincial y Distritales son Órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2010-MDP/A se prorrogó hasta el 31 de mayo del año 2010, la vigencia de la Ordenanza Nº 071-2010-MDP/C que prorroga el plazo de vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al mes de enero, febrero, marzo, abril del Ejercicio Fiscal 2010”, de igual forma, este plazo fue extensivo al benefi cio de descuento del 10% del monto insoluto de Arbitrios Municipales, así como para presentar declaración jurada. Que, en virtud de la facultad conferida en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 071-2010-MDP/C, resulta pertinente mediante Decreto de Alcaldía prorrogar la vigencia de la misma, a efectos de promover e incentivar que los contribuyentes cumplan en forma oportuna con el pago de sus obligaciones tributarias. Que, estando al Informe Nº 081-2010-MDP/OR a través del cual la Ofi cina de Rentas recomienda la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 071-2010-MDP/ C, así mismo, en aplicación del Artículo 42º y uso de las facultades conferidas en el Artículo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 071-2010-MDP/C hasta el 30 de junio del año 2010. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Renta y Unidades que la conforman, así como a la Ofi cina de Informática y Estadística el cumplimiento del presente Decreto y a la Secretaría General y Unidad de Imagen Institucional la publicación y difusión de la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 512905-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 068-2010-MDP/C DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2010-MDP/C Pachacámac, 1 de junio del 2010 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, precisa que las Municipalidades Provincial y Distritales son Órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza Nº 068-2010-MDP/C, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 3 de febrero del 2010, se aprobó “EL PROGRAMA DE BENEFICIO PARA LA REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA”, dirigido a aquellos contribuyentes, obligados y administrados que mantengan obligaciones tributarias y multas administrativas pendientes de pago al 31 de diciembre de 2009. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2010-MDP/A de fecha 30 de marzo del 2010 se prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 068-2010-MDP/C por un periodo de 60 días calendarios; Que, virtud de la facultad conferida en la Sexta Disposición Complementaria de la acotada Ordenanza, resulta pertinente mediante Decreto de Alcaldía prorrogar la vigencia de la misma, a efectos de alcanzar los objetivos establecidos en el Artículo 1º y 2º de la Ordenanza. Que, estando al Informe Nº 082-2010-MDP/OR emitido por la Ofi cina de Rentas, así mismo, en aplicación del Artículo 42º y uso de las facultades conferidas en el Artículo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 068-2010-MDP/C hasta el 31 de julio del año 2010. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Rentas, Ofi cina de Informática y Estadística, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Desarrollo Económico y Turístico, Gerencia de Servicios a la Ciudad el cumplimiento del presente Decreto y a la Secretaría General y Unidad de Imagen Institucional la publicación y difusión de la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 512906-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2011 de la Municipalidad ORDENANZA Nº 006-2010-MDLP La Perla, 24 de junio del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 24 de Junio del 2010, el Dictamen de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, sobre el PROYECTO DE ORDENANZA DEL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2011 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA, Y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”, la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, norman la participación vecinal en el desarrollo local. Que, el Proceso del Presupuesto Participativo está normado y regulado por la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, la Ley Nº 29298 - Ley modifi catoria de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de