Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2010 (03/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
LEY Nº 29551
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

421603

Universitaria, otorgando a nombre de la Nacion el grado de bachiller y el titulo profesional respectivo, equivalente a los otorgados por las universidades del pais. Dichos MORDAZA y titulos son validos para el ejercicio de la docencia de nivel superior y universitario asi como para la realizacion de estudios de maestria y doctorado, dentro del MORDAZA de la Ley num. 23733, Ley Universitaria. Los MORDAZA y titulos que expide la Escuela Superior de Formacion Artistica Publica ­ MORDAZA (ESFAP ­ ANCASH) deben ser inscritos en el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores para los fines pertinentes y bajo la responsabilidad del director general o de quien haga sus veces." Articulo 3º.- Derogatoria Deroganse o dejanse sin efecto los dispositivos legales que se oponen a la presente Ley. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- Requisitos El Director de la Escuela Superior de Formacion Artistica Publica ­ MORDAZA (ESFAP ­ ANCASH) debe cumplir con los requisitos establecidos en el articulo 34º de la Ley num. 23733, Ley Universitaria. SEGUNDA.- Planes de estudio La Escuela Superior de Formacion Artistica Publica ­ MORDAZA (ESFAP ­ANCASH), en uso de su autonomia, coordina con la Asamblea Nacional de Rectores para la organizacion de los respectivos planes de estudio, en aplicacion de la Ley num. 23733, Ley Universitaria. DISPOSICION TRANSITORIA UNICA.- Plazo de adecuacion La Escuela Superior de Formacion Artistica Publica ­ MORDAZA (ESFAP ­ANCASH), para el cumplimiento de los articulos anteriores, adecua su estructura academica y administrativa a los requisitos que establece la Ley num. 23733, Ley Universitaria. Se otorga para tal efecto el plazo de seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, al uno de MORDAZA de dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 514630-3

LEY QUE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA COMISION ESPECIAL REVISORA DEL CODIGO DE LOS NINOS Y ADOLESCENTES
Articulo Unico.- Prorroga de plazo de vigencia Prorrogase el plazo de vigencia, a que se refiere el articulo 2º de la Ley num. 28914, Ley que Crea la Comision Especial Revisora del Codigo de los Ninos y Adolescentes, hasta el 27 de enero de 2011. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, al uno de MORDAZA de dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 514630-4

RESOLUCION LEGISLATIVA N° 29552
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSION DE MORDAZA A DON MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DESTACADO DEPORTISTA NACIONAL DE LUCHA LIBRE
Articulo 1º.- Objeto de la Resolucion Legislativa Concedese pension de MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ascendente a dos (2) remuneraciones minimas vitales, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado. Articulo 2º.- Naturaleza de la pension de MORDAZA La pension de MORDAZA a que se refiere el articulo 1º es personal, intransferible y no genera derecho a pension de sobrevivientes.

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