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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de julio de 2010 421618 SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los factores de recursos hidrobiológicos marinos y continentales, de productos, así como los valores de recursos hidrobiológicos amazónicos, correspondientes al año 2010, que serán utilizados por las autoridades administrativas competentes para la imposición de multas, de conformidad con la normativa vigente, los cuales se detallan en cinco (05) Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial: Anexo I: Factores, expresados en unidades impositivas tributarias (UIT), de recursos marinos – peces y de productos. Anexo II: Factores, expresados en unidades impositivas tributarias (UIT), de recursos marinos - invertebrados. Anexo III: Factores, expresados en unidades impositivas tributarias (UIT) de recursos continentales (ríos y lagos). Anexo IV: Valores de recursos continentales amazónicos destinados al consumo humano directo, expresados en kilogramos. Anexo V: Valores de recursos amazónicos ornamentales prohibidos de extraerse. Artículo 2.- Establecer que los factores y valores aprobados en el artículo anterior de la presente Resolución Ministerial son de aplicación inmediata, sin embargo podrán aplicarse de manera retroactiva a las infracciones cometidas con anterioridad, en los casos que su aplicación sea más favorable al agente infractor. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción ANEXO I FACTORES EXPRESADOS EN UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) DE RECURSOS MARINOS - PECES Y DE PRODUCTOS RECURSO FACTOR (UIT) AGUJA 1.27 AGUJILLA 0.86 ANCHOVETA CHI 0.10 ANCHOVETA CHD 0.23 ANCHOVETA CHD Artesanal 0.02 ANGELOTE 0.99 ANGUILA 0.63 ATUN 1.45 AYANQUE o CACHEMA 1.44 BABUNCO 0.54 BACALAO 3.71 BACHA 0.43 BAGRE 0.31 BARBUDO 0.50 BARRILETE 0.64 BATEA 0.73 BERECHE 0.34 BERRUGATA 1.18 BLANQUILLO 0.27 BOBO 0.59 BONITO 0.70 BORRACHO 1.13 BOTELLA 0.51 CABALLA 0.34 CABEZA DURA 0.20 CABINZA 0.56 CABRILLA 1.92 RECURSO FACTOR (UIT) CAGALO 1.13 CAGON 0.31 CALLANA 0.77 CAMOTILLO 0.12 CARAJITO 0.37 CHAMACA 0.80 CHAVELO o CHAVELITA 0.56 CHERELLA 2.06 CHERLO 1.06 CHILINDRINA 0.65 CHIRI 0.51 CHITA 2.96 CHULA 0.73 CHULLO 1.47 CHUMBO 0.47 COCO o SUCO 0.60 COJINOVA 2.54 CONGRIO 1.08 CONGRIO BIO BIO 0.67 CONGRIO GATO 1.41 CONGRIO ROJO 2.11 CORCOBADO 0.85 CORVINA 2.25 CORVINA DORADA 0.89 DIABLICO 0.25 DIABLO 0.89 DONCELLA 0.81 DORADO 0.77 ESPEJO 0.48 FORTUNO 1.15 GALLINAZA 1.06 GUABINA 1.37 GUITARRA 0.88 HOJA 0.42 JERGUILLA 0.69 JUREL 0.33 JUREL OJON 0.35 LENGUADO 4.58 LENGÜETA 0.85 LEONORA 1.09 LISA 0.68 LORNA 0.49 MACHETE 0.35 MANTA RAYA 0.56 MARAÑO 0.23 MAROTILLA 0.56 MERLUZA 0.62 MERO 3.10 MIS MIS 0.38 MOJARRILLA 0.38 MORENA 0.45 OFENSIVO 0.29 OJO DE UVA 1.82 PALABRITAS 0.37 PALMERA 0.75 PAMPANO 0.96 PARAMO 1.43 PARDO 1.41 PATA SECA 0.44 PEJE BLANCO 1.53 PEJE PERRO 1.09 PEJE ZAMBA 0.85 PEJERREY 0.52 PEJESAPO 1.21