Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2010 (03/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
TITULO V

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2010

Culminada la verificacion, la relacion de postulantes aptos debera ser publicada en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA por un termino no menor de dos (2) dias calendario. De comprobarse la existencia de alguna incompatibilidad respecto de un postulante que hubiese sido declarado apto, la Comision de Seleccion lo declarara inhabil y lo retirara en cualquier etapa del procedimiento de seleccion. Sobre esta decision no cabe recurso impugnativo alguno. TITULO IV DE LA EVALUACION Articulo 11º.- De la Evaluacion.El procedimiento de evaluacion tendra dos fases: la evaluacion curricular y la evaluacion personal, las cuales precluiran al vencimiento de su termino respectivamente, pasando a la siguiente fase aquellos que hayan obtenido las mas altas calificaciones en la fase anterior, conforme se senala en los articulos siguientes. Los puntajes obtenidos en cada fase no son acumulativos. Articulo 12º.- De la Evaluacion Curricular. La Comision de Seleccion evaluara la documentacion presentada por cada uno de los postulantes declarados como aptos. Para dicho efecto la Comision de Seleccion adoptara principalmente, segun sea el caso, los siguientes criterios, entre otros: - Conocimiento de la problematica forestal y ambiental, - Conocimiento tecnico sobre la materia, y, - Conocimiento en materia de supervision y fiscalizacion de recursos forestales y de fauna silvestre. En cualquier momento del procedimiento de seleccion, cuando la Comision de Seleccion lo considere necesario, podra solicitar a cualquier postulante la aclaracion curricular pertinente. La evaluacion curricular culminara en un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles, contados desde el dia siguiente de cumplido el termino para la publicacion de postulantes aptos. El puntaje MORDAZA sera de 100 puntos. Como MORDAZA seran diez (10) los postulantes que pasaran a la etapa de evaluacion personal al haber alcanzado la mejor calificacion curricular. Una vez culminada la evaluacion curricular, la Comision de Seleccion publicara por dos (2) dias calendario en el MORDAZA electronico de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA, la lista de los postulantes a los que hace mencion el parrafo anterior, en orden alfabetico y senalando el nombre completo, asi como su numero de Documento Nacional de Identidad. Articulo 13º.- De la Evaluacion Personal.La Comision de Seleccion citara a los postulantes que calificaron en la fase anterior a una entrevista personal. El puntaje MORDAZA de esta fase sera de cien (100) puntos. Para efecto de la evaluacion personal, la Comision de Seleccion adoptara los siguientes criterios, entre otros: - Vision estrategica del sector forestal y de fauna MORDAZA, - Conocimiento tecnico sobre la materia de competencia del Tribunal, - Capacidad de sintesis y analisis, - Personalidad. Las entrevistas se llevaran a cabo en un plazo no mayor de ocho (8) dias habiles, contados a partir de culminada la publicacion de la lista de postulantes que calificaron en la evaluacion curricular.

DE LA SELECCION Articulo 14º.- De la Lista de Postulantes.Culminada la evaluacion, la Comision de Seleccion elegira a los postulantes que hayan obtenido la mejor evaluacion personal, los que integraran la lista que debera ser presentada, con su respectivo informe, ante el Presidente del Consejo de Ministros, dentro de un plazo MORDAZA de tres (3) dias habiles contados desde la fecha de culminacion de la etapa de evaluacion. El numero de postulantes que integren la lista no podra ser superior a seis (6). Una vez efectuada la entrega de la lista final culmina el procedimiento de seleccion y cesan las funciones de la Comision de Seleccion con respecto a dicho procedimiento. Articulo 15º.- De la imposibilidad de la Comision de Seleccion para reabrir las etapas del procedimiento.Una vez realizada la publicacion de cada una de las etapas del procedimiento de seleccion: declaracion de postulantes aptos, evaluacion curricular, evaluacion personal y conformacion de la lista final; la Comision de Seleccion queda impedida de reabrir cualquiera de las etapas precluidas. TITULO VI DE LA DESIGNACION Articulo 16º.- De la designacion.El Presidente del Consejo de Ministros presenta al Presidente de la Republica la lista final con los postulantes elegidos. El Presidente de la Republica designa a los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna MORDAZA, mediante Resolucion Suprema la cual sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el periodo establecido en el Articulo 30° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, aprobado por el Decreto Supremo Num. 024-2010-PCM. En caso el Presidente de la Republica desestime la designacion de uno o mas miembros del Tribunal Forestal y de Fauna MORDAZA en base a la lista final de postulantes elegidos por la Comision de Seleccion, correspondera realizar un MORDAZA concurso publico para elaborar una lista de postulantes, para ocupar la(s) plaza(s) que aun se encuentre(n) vacante(s.) 513339-1

Aprueban mecanismo y plazo de implementacion de la nueva metodologia de determinacion de costos para las municipalidades provinciales y distritales clasificadas como de MORDAZA "A" por el Programa de Modernizacion Municipal
RESOLUCION DE SECRETARIA DE GESTION PUBLICA Nº 001-2010-PCM-SGP MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM aprueba la metodologia para la determinacion de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en cumplimiento del articulo 44º inciso 6 de la Ley Nº 27444, MORDAZA que considera en su Primera Disposicion Complementaria Final lograr la implementacion gradual de la metodologia, mediante el establecimiento de mecanismos y plazos aprobados por Resolucion de la Secretaria de Gestion Publica;

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