Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2010 (03/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

421615

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 1 586,30 : US $ 660,00 : US $ 31,00

o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo 3 306

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido profesional, debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del profesional cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 514630-9

Del 16/6/2010 al 30/6/2010

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TRAGODARA Viceministro de Economia 514609-1

EDUCACION
Autorizan por unica vez la reevaluacion de profesores postulantes en el Programa de Incorporacion convocado mediante R.M. Nº 0134-2010-ED a traves de la aplicacion de nueva Prueba Nacional Clasificatoria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0197-2010-ED MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 01342010-ED se convoco a la realizacion del "Programa de Incorporacion a la MORDAZA Publica Magisterial para profesores con titulo pedagogico de las areas de gestion pedagogica e institucional que estan nombrados segun el regimen de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado modificada por Ley Nº 25212", el cual fue aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0131-2010-ED; Que, la primera etapa del Programa de Incorporacion consiste en la aplicacion de la Prueba Nacional Clasificatoria, siendo necesario que los postulantes obtengan catorce (14) puntos o mas en la escala vigesimal para clasificar a la MORDAZA etapa del proceso; Que, de los resultados de la Prueba Nacional Clasificatoria, aplicada el 27 de junio de 2010, se verifica que 8,740 postulantes obtuvieron entre 11 y 13.99, pero no lograron el puntaje necesario para clasificar a la MORDAZA etapa; Que, uno de los objetivos de la Ley de la MORDAZA Publica Magisterial es hacer un reconocimiento economico, acorde con las capacidades de los profesores, las que se verifican a traves de las evaluaciones que se han previsto en el Programa de Incorporacion 2010; Que, es afan del Gobierno brindar la oportunidad de gozar del referido reconocimiento, a todos los profesores que logren demostrar sus capacidades en las evaluaciones senaladas, por lo que el Ministerio de Educacion considera pertinente reevaluar a aquellos profesores que lograron un puntaje de (11) puntos o mas en la escala vigesimal en la Prueba Nacional Clasificatoria; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar excepcionalmente y por unica vez, la reevaluacion de los profesores postulantes en

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 014-2010-EF/15.01 MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo Nº 318-2009-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2010; Que, por Decreto Supremo Nº 138-2010-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto Supremo Nº 318-2009-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 16 al 30 de junio de 2010; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional

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