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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2010 (03/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de julio de 2010 421614 080,00) para la ejecución de los proyectos que resultaron ganadores del segundo concurso de FONIPREL, de acuerdo con el Anexo N°1 que se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En nuevos soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados 1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos 36 895 080,00 (Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL) ------------------- TOTAL INGRESOS 36 895 080,00 =========== EGRESOS En nuevos soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 22 295 040,00 -------------------- TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 22 295 040,00 ============ PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 14 600 040,00 -------------------- TOTAL GOBIERNOS LOCALES 14 600 040,00 ============ TOTAL EGRESOS 36 895 080,00 ============ Artículo 2°.- Procedimientos para la aprobación 2.1 Autorízase a los Titulares de los Pliegos para aprobar mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refi ere el artículo 1° de la presente norma, dentro de los cinco (5) días de aprobada ésta, a nivel de actividades y proyectos. Copia de dicha resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras, de corresponder, para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dichos recursos serán registrados en la Fuente de Financiamiento “Recursos Determinados”, dentro del rubro que contiene las participaciones. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos, solicita a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Proyectos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 514630-7 Autorizan viaje de profesional del Ministerio a EE.UU. para participar en la Ronda Específica de Acceso a Mercados y Reglas de Origen para la suscripción de un TLC entre Perú y Corea RESOLUCIÓN SUPREMA N° 084-2010-EF Lima, 2 de julio de 2010 Visto el Memorando N° 050-2010-EF/15.01 de fecha 23 de junio de 2010, del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, los días 8 y 9 de julio de 2010, se desarrollará en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, la Ronda Específi ca de Acceso a Mercados y Reglas de Origen para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio (TLC) entre el Perú y Corea; Que, el objetivo principal del Tratado de Libre Comercio del Perú con Corea es el fortalecimiento de las relaciones comerciales entre ambos países, en particular en materia de Acceso a Mercados (Productos No Agrícolas y Agrícolas), el cual está dentro del ámbito del Ministerio de Economía y Finanzas, asimismo la importancia de esta Ronda Específi ca de Negociación se centra en continuar la discusión del capítulo de Acceso a Mercados, en lo que se refi ere a las canastas y a los plazos de desgravación arancelaria; Que, mediante Ofi cio N° 214-2010-MINCETUR/DM, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de un funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas, cuya presencia sea requerida por los distintos grupos de negociación; Que, el señor José Carlos Farfán Vásquez, Asistente en Servicio Económico Financiero II de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, ha sido designado para participar en la mencionada ronda; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dicho viaje, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N° 27619 y N° 29465, el Decreto de Urgencia N° 001-2010 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio del señor José Carlos Farfán Vásquez, Asistente en Servicio Económico Financiero II de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 7 al 10 de julio de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.