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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2010 (05/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de julio de 2010 421701 cada entidad, término que comprende a los Gobiernos Regionales de acuerdo con el Artículo I, inciso 5., del Título Preliminar de la mencionada ley, señala en su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante ésta para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada ley; Que, el proyecto de TUPA de la Dirección Regional de Producción - Gobierno Regional de Lambayeque correspondiente al Año 2010, comprende cuarenta y ocho (48) procedimientos administrativos; y, consignándose seis (06) procedimientos adicionales referidos a los servicios que presta dicha entidad, detallándose en cada uno de ellos los requisitos correspondientes, califi cándose cada procedimiento con indicación de la dependencia donde se inicia el trámite y la autoridad que aprueba el trámite, así como la autoridad que resuelve la impugnación respectiva; se especifi ca también el derecho de pago en función de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT, que para el ejercicio fi scal 2010 asciende a Tres mil seiscientos y 00/100 nuevos soles (S/. 3,600.00); criterios que se ajustan al contenido que debe tener el TUPA previsto por el Artículo 37º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y los Lineamientos a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38º, numeral 38.1, de la Ley Nº 27444, tratándose de los Gobiernos Regionales el TUPA es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, debiendo entenderse por analogía con los Gobiernos Locales, que se trata de Ordenanza Regional; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APRUÉBASE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Producción - Gobierno Regional de Lambayeque - Año 2010, el mismo que en un número de veinticinco (25) folios, comprende cuarenta y ocho (48) procedimientos administrativos, y seis (06) procedimientos adicionales referidos a los servicios que presta dicha entidad, cuyo texto íntegro corre adjunto a la presente disposición regional formando parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el texto íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Producción - Gobierno Regional de Lambayeque aprobado conforme al Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional, en el diario encargado de los avisos judiciales de la capital de la región, sin perjuicio de su difusión a través de otros medios, conforme a ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. NERY SALDARRIAGA DE KROLL Presidenta Regional 514329-1 Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Colegio Militar “Elías Aguirre” - Año 2010 ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2010-GR.LAMB./CR Chiclayo, 24 de junio de 2010 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Ordinaria de fecha 15 de junio de 2010, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 30º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, cada entidad, término que comprende a los Gobiernos Regionales de acuerdo con el Artículo I, inciso 5., del Título Preliminar de la mencionada ley, señala en su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante ésta para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada ley; Que, el proyecto de TUPA del Colegio Militar “Elías Aguirre” correspondiente al Año 2010, comprende once (11) procedimientos administrativos, detallándose en cada uno de ellos los requisitos correspondientes, califi cándose cada procedimiento con indicación de la dependencia donde se inicia el trámite y la autoridad que aprueba el trámite, así como la autoridad que resuelve la impugnación respectiva; se especifi ca también el derecho de pago en función de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT, que para el ejercicio fi scal 2010 asciende a Tres mil seiscientos y 00/100 nuevos soles (S/. 3,600.00); criterios que se ajustan al contenido que debe tener el TUPA previsto por el Artículo 37º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y los Lineamientos a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38º, numeral 38.1, de la Ley Nº 27444, tratándose de los Gobiernos Regionales el TUPA es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, debiendo entenderse por analogía con los Gobiernos Locales, que se trata de Ordenanza Regional; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APRUÉBASE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Colegio Militar “Elías Aguirre” - Año 2010, el mismo que en un número de dos (02) folios, comprende once (11) procedimientos administrativos, cuyo texto íntegro corre adjunto a la presente disposición regional formando parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el texto íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Colegio Militar “Elías Aguirre” aprobado conforme al Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional, en el diario encargado de los avisos judiciales de la capital de la región, sin perjuicio de su difusión a través de otros medios, conforme a ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. NERY SALDARRIAGA DE KROLL Presidente Regional 514332-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican funciones de la Procuraduría Pública Municipal en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 1400 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA