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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de julio de 2010 421693 Montaje Electromecánico, Pruebas y Puestas en Servicio de la Línea de Transmisión 60 kV Majes - Corire - Chuquibamba y Subestaciones, Pequeño Sistema Eléctrico Chuquibamba II y III Etapa, Pequeño Sistema Eléctrico Pomata II y III Etapa, Línea de Transmisión 60 kV Puquio – Coracora y Subestaciones, Pequeño Sistema Eléctrico Coracora I y II Etapa, liquidación que estableció un monto final de contrato de US$ 8 549 796,25 incluido el IGV, correspondiendo la suma de US$ 2 334 582,09 incluido el IGV a la Obra Línea de Transmisión 60 kV Majes - Corire - Chuquibamba y Subestaciones, ubicado en las provincias de Caylloma, Castilla y Condesuyos, en el departamento de Arequipa; Que, con Resolución Directoral Nº 122-2010-EM/ DGER del 28 de mayo de 2010, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Línea de Transmisión 60 kV Majes - Corire - Chuquibamba y Subestaciones, ubicada en las provincias de Caylloma, Castilla y Condesuyos, en el departamento de Arequipa, la misma que estableció un monto total de inversión ajustado a la fecha de transferencia de S/. 15 368 198,83; Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Electrificación Rural, es competente en materia de electrificación rural; Que, asimismo, el artículo 18º de la citada Ley y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal y en su caso a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la Liquidación Final del Proyecto Línea de Transmisión 60 kV Majes - Corire - Chuquibamba y Subestaciones, ubicado en las provincias de Caylloma, Castilla y Condesuyos, en el departamento de Arequipa, corresponde efectuar la transferencia de los bienes que conforman dicho proyecto a la Empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 007- 2008-VIVIENDA; en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas modifi catorias; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Línea de Transmisión 60 kV Majes - Corire - Chuquibamba y Subestaciones, ubicado en las provincias de Caylloma, Castilla y Condesuyos, en el departamento de Arequipa, fi nanciados por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, a la Empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. – SEAL y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 514201-1