Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2010 (05/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 5 de MORDAZA de 2010

al Estado de los bienes al termino de la concesion, entre otros, establecidas en el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesiones al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo N° 059-96-PCM; todo lo cual permite contar con postores de experiencia y calidad, asi como con financiamiento solido, lo que posibilita el ofrecimiento de mejores condiciones para el desarrollo de la infraestructura objeto del MORDAZA de promocion privada correspondiente; Que, con el objeto de facilitar y promover la participacion del sector privado en la provision de infraestructura de uso publico, es necesario precisar que, en aquellos casos en los que en aplicacion de las normas vigentes el MORDAZA de promocion deba llevarse a cabo bajo la modalidad de asociacion en participacion, el MORDAZA de promocion correspondiente debera comprender la suscripcion de un contrato de concesion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Del diseno de los procesos de promocion de la inversion privada que incorporan la suscripcion de un contrato de asociacion en participacion En los casos en los cuales la participacion de la inversion privada en proyectos de infraestructura publica de servicios publicos incorporados al MORDAZA de promocion de la inversion privada a cargo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, se realice a traves de la modalidad de asociacion en participacion, el diseno del MORDAZA de promocion correspondiente debera considerar la celebracion de dicho contrato como una obligacion de la sociedad concesionaria en virtud a la relacion juridica principal que sera el contrato de concesion correspondiente, constituyendose la suscripcion del contrato de asociacion en participacion como una de las condiciones de la fecha de cierre de la relacion concesional. Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 514703-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban transferencia de bienes que conforman el Proyecto Linea de Transmision 60 kV Majes - Corire Chuquibamba y Subestaciones a la empresa SEAL
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 279-2010-MEM/DM MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, previa Licitacion Publica Internacional Nº OSP/ PER/083/103-1 JBIC (Grupo Nº 04), con fecha 01 de diciembre de 2004, la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas (hoy Direccion General de Electrificacion Rural) y el Consorcio del Norte suscribieron el Contrato Nº 04-028-EM/DEP para la Ejecucion de las Obras Civiles, Montaje Electromecanico, Pruebas y Puestas en Servicio de la Linea de Transmision 60 kV Majes - Corire Chuquibamba y Subestaciones, Pequeno Sistema Electrico Chuquibamba II y III Etapa, Pequeno Sistema Electrico Pomata II y III Etapa, Linea de Transmision 60 kV Puquio ­ Coracora y Subestaciones, Pequeno Sistema Electrico Coracora I y II Etapa, en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, por un monto de US$ 7 773 250,15 incluidos impuestos y un plazo de ejecucion de 225 dias calendario; Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 05 de MORDAZA de 2007, se dispuso la fusion del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificacion Rural mediante la Aplicacion de Fondos Concursables ­ Proyecto FONER y la Direccion Ejecutiva de Proyectos, creandose la Direccion General de Electrificacion Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, la obra Linea de Transmision 60 kV Majes - Corire - Chuquibamba y Subestaciones, ubicada en las provincias de Caylloma, MORDAZA y Condesuyos, en el departamento de MORDAZA, ha quedado concluida y ha sido recibida, segun consta en el Acta de Recepcion Provisional de Obra de fecha 24 de marzo de 2006; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 29909-EM/DGER de fecha 15 de diciembre de 2009, se aprobo la Liquidacion Final del Contrato Nº 04028-EM/DEP para la Ejecucion de las Obras Civiles,

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

4. 5.

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