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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de julio de 2010 422314 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 006-2010-MPH-CAEP de la Comisión de Administración, Economía y Planeamiento; y, CONSIDERANDO; Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; otorgando potestad tributaria para crear modifi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas dentro de su jurisdicción y con limites que señale la Ley conforme lo establece el numeral 4) del Artículo 195º de la Constitución. Que, de conformidad al Artículo 32º inciso “f” del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece como forma de pago de la deuda tributaria, otros medios que la Administración Tributaria apruebe. Asimismo, en el penúltimo párrafo del citado Artículo, se establece que: “Los Gobiernos Locales mediante Ordenanza Municipal podrán disponer que el pago de sus Tasas y Contribuciones se realicen en especies; los mismos que serán valuados, según el valor de mercado en la fecha en que se efectúen. Excepcionalmente, tratándose de impuestos municipales, podrán disponer el pago en especie a través de bienes inmuebles, debidamente inscritos en Registros Públicos, libres de gravámenes y desocupados; siendo el valor de los mismos el valor de autovalúo del bien o el valor de tasación comercial del bien efectuado por el Concejo Nacional de Tasaciones, el que resulte mayor”. Que, a través del Informe Nº 227-2010-MPH-GAT/ CECCH, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la aprobación del Proyecto de Ordenanza que Regula los Procedimientos para el Pago de deudas Tributarias y no Tributarias bajo la Modalidad de Bienes y/ o Servicios, propuesta por la Gerencia de Administración Tributaria; Asimismo, con Informe Nº 121-2010-MPH-GM, la Gerencia Municipal recomienda elevar los actuados al Pleno de Sesión de Concejo para su aprobación. Que, mediante Informe Técnico Nº 009-29010-MPH- GAT/MPH, la Gerencia de Administración Tributaria informa que el presente Proyecto de Ordenanza tiene la fi nalidad de regular el procedimiento especial sobre el pago de deudas tributarias y no tributarias bajo la modalidad de canje de bienes y/o servicios, a efecto que los contribuyentes puedan cumplir con el pago de las mismas mediante la entrega de bienes muebles, inmuebles o la prestación de servicios a la Municipalidad Provincial de Huaral; y, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS BAJO LA MODALIDAD DE CANJE DE BIENES Y/O SERVICIOS Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula los Procedimientos para el Pago de Deudas Tributarias y no Tributarias bajo la modalidad de canje de Bienes y/o Servicios, que consta de VI Capítulos, 27 Artículos y 5 Disposiciones Finales; que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 007- 99-MPH, así como toda norma que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza y su Anexo en la página web de la institución Municipal (www.munihuaral.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.perú.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 519028-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA Autorizan viaje de Alcalde y Regidor a España en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-2010-MDSE Santa Eulalia, 28 de mayo del 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA EULALIA PROVINCIA DE HUAROCHIRI, DEPARTAMENTO DE LIMA Visto; en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de Mayo del 2010, el Concejo Distrital de Santa Eulalia de Acopaya; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, preceptúa que los Gobiernos Locales tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, la que radica en la facultad de ejercer actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico nacional, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa a través de la emisión de Ordenanzas Municipales; Que, con fecha 15 de mayo del 2010 se ha procedido a dar lectura de la carta remitida por la CADECOPE y el Acuerdo de Colaboración entre el Ayuntamiento de Barcelona y la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia. El Señor Alcalde, manifi esta que la Entidad referida ha donado cuatro vehículos recolectores de basura a este Municipio, y es necesario viajar personalmente con un Regidor a la ciudad de Barcelona – España, para recepcionar las llaves de las maquinarias, documentación pertinente, por lo que el Teniente Alcalde, don Marín García Rosado propone que el Regidor de Obras, don Juan Arroyo Palomino acompañe en su viaje a España a la Autoridad para recepcionar la mencionada donación. Los Regidores Jorge Cajavilca León, Isabel Chilingano Quispe y José Francia Huacache, expresaron su satisfacción por el logro efectuado en bien de la Comunidad Local del Distrito de Santa Eulalia, para mantener limpia la ciudad; En uso de las facultades y atribuciones que confi ere el inciso 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; ACUERDA Artículo Primero.- Autorizar el viaje al Dr. Elías Saturnino Toledo Espinoza, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia y de don Juan Arroyo Palomino, Regidor de Obras a la ciudad de Barcelona – España, por un período de diez (10) días para realizar las gestiones necesarias en relación a la donación de cuatro vehículos recolectores de basura. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia, a don Marín García Rosado, Teniente Alcalde, durante los días de ausencia del Titular de la Entidad. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia y Tesorería de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia a fi n de que realicen los trámites respectivos ante el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) para el desembolso económico que ocasione el viaje de las autoridades. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELIAS TOLEDO ESPINOZA Alcalde 519927-1