Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2010 (16/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
Senor (a):

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2010

San MORDAZA Nº 761, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Banca 519380-1

Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Ica la conversion de oficina especial ubicada en el distrito de Majes, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, en agencia
RESOLUCION SBS Nº 7092 - 2010 MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Ica (CMAC Ica) para que se le autorice la conversion de su Oficina Especial ubicada en el distrito de Majes, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, en Agencia; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion correspondiente para la conversion solicitada; Que, mediante Resolucion SBS Nº 9337-2008 de fecha 26 de setiembre de 2008 se autorizo el funcionamiento de la citada Oficina en la modalidad de Oficina Especial; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion S.B.S. Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion S.B.S. Nº 12883-2009 y Memorandum Nº 347-2010-SABM; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Ica (CMAC Ica) la conversion de su Oficina Especial ubicada en la Habilitacion MORDAZA Centro Poblado de Servicios Basicos El Pedregal Manzana 3E, Lote E-3, Sub Manzana 3E, distrito de Majes, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA en Agencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas (a.i.) 519230-1

Sirvase tomar nota que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, esta Superintendencia ha resuelto emitir la presente MORDAZA de caracter general, que establece precisiones para la remision de la informacion relativa a la contratacion de las polizas de responsabilidad civil profesional de los intermediarios de seguros o de reaseguros de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Registro del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolucion SBS N° 816-2004, y sus modificatorias, cuya publicacion se sujeta a lo dispuesto en el numeral 3.2 del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS: 1. Alcance La presente Circular es de aplicacion a los corredores de seguros y de reaseguros, a que aluden los articulos 337° y 342° de la Ley General. 2. MORDAZA y periodicidad de reporte de la informacion relativa a las polizas de responsabilidad civil profesional de los intermediarios de seguros o de reaseguros Los corredores de seguros y de reaseguros, de conformidad con lo establecido en el articulo 22° y 25° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros y sus modificatorias, respectivamente, estan obligados de contratar con una empresa de seguros una poliza de responsabilidad civil profesional que garantice el correcto y cabal funcionamiento de la responsabilidad asumida en el ejercicio de sus funciones. En tal sentido, para los fines de supervision del cumplimiento de la obligacion senalada en el parrafo precedente, los corredores de seguros y de reaseguros deberan remitir con periodicidad anual, dentro de los (5) cinco dias anteriores al vencimiento de la poliza vigente, informacion relacionada a la contratacion o renovacion de las polizas de responsabilidad civil profesional, considerando los siguientes aspectos, en el formato cuyo llenado se detalla en el anexo adjunto: a) Ano de la poliza b) MORDAZA de poliza c) Compania de seguros con la que contrata la poliza. d) Numero de la poliza, certificado o cobertura provisional e) Numero de la renovacion f) Fecha de emision de la poliza o de la cobertura provisional g) Fecha de inicio de vigencia de la poliza h) Fecha de fin vigencia poliza i) Nombre del contratante j) Nombre del asegurado k) Monto de la prima l) Suma Asegurada m) Forma de pago: al contado, diferido o fraccionado n) Fecha de pago al contado, diferido o fraccionado o) Numero de cuotas: cuando el pago es fraccionado p) Cronograma: cuando el pago es fraccionado 3. Remision de la informacion por medios electronicos Para efectos de la remision de la informacion senalada en el punto precedente, los supervisados deberan ingresar a las siguientes direcciones: · Corredores de seguros y reaseguros personas juridicas: http://www.sbs.gob.pe/PortalSBS/seguros/polizas/ comision_login_(nuevo)CJ.asp · Corredores de seguros personas naturales: http://www.sbs.gob.pe/PortalSBS/seguros/polizas/ comision_login_(nuevo).asp Y seguir las instrucciones que se detallan en el anexo, que forma parte integrante de la presente Circular y que se publica en el MORDAZA institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0012009-JUS.

Establecen precisiones para la MORDAZA de polizas de responsabilidad civil profesional de corredores de seguros y de reaseguros
CIRCULAR Nº CS-21-2010 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2010 CIRCULAR Nº CS- 21 -2010 CR- 5 -2010 --------------------------------------------------------Ref.: MORDAZA de polizas de responsabilidad civil profesional de corredores de seguros y de reaseguros ---------------------------------------------------------

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