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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de julio de 2010 422453 Desarrollo Concertado de la Provincia de Barranca que incorpora la participación ciudadana, defi ne las políticas públicas y la articulación de las acciones del estado con las necesidades y prioridades de la población en el ámbito provincial. Al respecto la ley Orgánica de Municipalidades en el Artículo Nº 97 defi ne “al Plan de Desarrollo Concertado como instrumento de gestión, orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales, los que son aprobado por los respectivos concejos distritales o provinciales”. Así, el Plan de Desarrollo Concertado defi ne en la visión al 2021 “Barranca provincia amigable, próspera y segura, orgullosa de Caral patrimonio de la humanidad, con un territorio ordenado en un ambiente saludable, que cumple un rol estratégico, articulador, exportador y en donde se práctica la justicia, cultura y equidad” incorporando un elemento de identidad que coincide con una característica sustancial del Plan de Desarrollo Turístico al evidenciar la tendencia del destino turístico de predominancia cultural y arqueológica. Por lo mismo el Eje de Desarrollo ED1: Desarrollo económico, Turístico y Financiero, señala que corresponde: “Implementar políticas de promoción y articulación de las actividades agropecuarias, pesqueras, turísticas, de servicios, e industriales, generadoras de bienestar humano, social y fuentes de trabajo” lo que se concreta en el Objetivo específi co 1.4. : “Impulsar y posesionar el desarrollo de la actividad turística de la provincia en forma sostenible e integral generando circuitos turísticos con la región, mancomunidad “Caral Huayhuash” y otros. Que, considerando que la Ley Nº 29408 Ley General de Turismo en el artículo Nº 1 “declara de interés nacional el turismo como política prioritaria de Estado para el desarrollo del país y establece que los ministerios, gobiernos regionales, gobiernos locales y las entidades públicas vinculadas a las necesidades de infraestructura y servicios para el desarrollo sostenible de la actividad turística deben considerar en sus planes, presupuestos, programas, proyectos y acciones, los requerimientos del sector turismo formulados por el ente rector de esta actividad”. También declara al Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR) “como instrumento de planeamiento y gestión del sector turismo de largo plazo en el ámbito nacional” (Título IV, Artículo 11); y como tal dicho documento establece que “cada destino debe contar con un Plan de Desarrollo Turístico que incluya un plan operativo. En dicho plan se deben concretar las acciones necesarias para implementar las estrategias en el territorio de una forma pragmática y efectiva. Que, los destinos que no cuenten con esta herramienta deberán realizar dicho estudio como primer paso imprescindible para el ordenamiento turístico de su territorio” (7), lo que justifi ca la formulación del Plan Integral de Desarrollo Turístico para la Provincia de Barranca. A su vez establece otros lineamientos que a su vez, son recogidos como propuestas o metodologías dentro del mencionado plan, a saber: 1. Cada destino turístico posee o debe poseer un ente gestor válido y reconocido en territorio, con competencias en materia turística. Las regiones, provincias y distritos del territorio al que se circunscribe le confiarán y delegarán la gestión y coordinación de las actuaciones que se refieran a su destino de manera integral y no a las particularidades específicas de cada uno de ellos. Dichas instituciones políticas locales estarán debidamente representadas en la toma de decisiones en materia turística. El ente gestor será el encargado de la planifi cación estratégica de desarrollo turístico de cada destino, así como de la ejecución de las acciones consideradas para su mejora y mayor competitividad… Los entes gestores de cada destino y MINCETUR articularán las líneas estratégicas a seguir bajo una marca paraguas común a todos ellos. Dicha marca deberá ser la común a todo el territorio del Perú. 2. La política y vocación turística será consensuada con MINCETUR, para lo que es necesario mantener una comunicación fl uida utilizando las herramientas previstas. Estas medidas permiten concertar políticas turísticas complementarias dentro del destino integral Perú. 3. Cada destino turístico tiene una delimitación georeferencial, dentro de los términos regional-provincial- distrital que lo componen. El territorio que compone el destino posee una continuidad geográfi ca cerrada con unas características geográfi cas y culturales similares, así como una identidad turística homogénea. 4. Los destinos deben poseer un potencial turístico capaz de articular productos avanzados competitivos. Es decir, necesitan contar con recursos y servicios sufi cientes en cantidad y calidad para poder estructurar una oferta comercial competitiva y con personalidad propia. 5. Cada destino llevará asociado un modelo de desarrollo turístico propio, basado en un producto específi co: propuesta principal de venta (PPV). Los productos turísticos a desarrollar en cada destino son complementarios entre sí. Esto mejora la competitividad de la oferta y la imagen turística del Perú y a fi n de tener una oferta diversa se combinarán circuitos y corredores con otros destinos. Para estructurar su Propuesta Principal de Venta, cada destino deberá tener identificados y definidos tanto sus recursos principales como aquellos que son susceptibles de ser puestos en valor y reforzar el producto principal o generar nuevos productos en destino. Para ello, debe aprovechar su inventario de recursos turísticos y los recursos del Viceministerio de Turismo. 6. Los productos turísticos deben poner en valor el uso turístico del destino teniendo presente la variable de la demanda. Es decir, los productos turísticos deben encaminarse principalmente a segmentos (o nichos particularmente) de demanda específicos que faciliten y encaucen su posterior comunicación y comercialización. 7. Cada destino debe contar con un Plan de Desarrollo Turístico que incluya un plan operativo. En dicho plan se deben concretar las acciones necesarias para implementar las estrategias en el territorio de una forma pragmática y efectiva…. Los destinos que no cuenten con esta herramienta deberán realizar dicho estudio como primer paso imprescindible para el ordenamiento turístico de su territorio. 8. Los destinos deben poseer una imagen-marca defi nida en el mercado que sea fácilmente reconocible por los consumidores y acorde con su identidad y la estrategia comunicativa representativa del territorio para que pueda ser utilizada en los soportes de comunicación sin generar “ruidos” comunicacionales. Que, considerando que desde esa perspectiva el documento de formulación de Plan Integral de Desarrollo Turístico de la Provincia de Barranca presentado está estructurado en 6 capítulos y sus respectivos Anexos.. En el primer Capítulo se plantea el Marco metodológico general adoptado durante la fase de identifi cación, jerarquización (noviembre 2008 a abril 2009) FODA distritales de los atractivos turísticos del ATB y, en la fase de formulación (mayo-septiembre 2009). El Capítulo 2 está dedicado al Análisis Estratégico (AE); en el que se consideran aquellos aspectos exógenos y endógenos al ATB. En lo referente a las variables exógenas, reseñamos y analizamos las tendencias en los arribos y fl ujos de turistas a escala global y, en particular, al relacionado con el referente a nuestro Continente Americano (Norte, Centro, Sudamérica y el Caribe). Los aspectos endógenos o análisis interno, se desarrolla en 7 Acápites: • Estructura de oferta y demanda turística nacional y regional. • Gestión y política turísticas nacional y regional. • Territorio del destino y propuesta de zonifi cación económico ecológica turística. • Producto turístico- ATB. • Promoción y comercialización. • Calidad. • Seguridad. Que, el Capítulo 3 se dedica a los aspectos metodológicos específi cos: seguido para la realización de talleres distritales (con personalidades notables y municipalidades involucradas), realizados con dos objetivos: a) lograr el reconocimiento de los atractivos identifi cados por nuestros especialistas, asignar una valoración local